2926 016-2000/MVMT - Otorgan autorización temporal a comerciantes para ejercer actividades en inmediaciones o interior del cementerio municipal

Fecha de publicación01 Noviembre 2000
Fecha de disposición01 Noviembre 2000
Pág. 194572
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 1 de noviembre de 2000
como desistimiento del recurrente a cualquier medio
impugnativo que hubiera interpuesto sobre las deudas
que constituyen el monto a fraccionar.
Artículo Séptimo.- CAUSALES DE PERDIDA DE
BENEFICIO
Los contribuyentes que dejen de abonar dos cuotas
mensuales consecutivas o incurran en cualquiera de
las causales de pérdida del derecho contenidas en el
Reglamento de Fraccionamiento aprobado por el De-
creto de Alcaldía Nº 10-99-DASS, modificado por el
Decreto de Alcaldía Nº 02-2000-MSS, perderán los
beneficios que establece la presente Ordenanza, de-
jándose sin efecto el convenio de fraccionamiento sus-
crito a su amparo.
Artículo Octavo.- Encargar a la Oficina de Rentas y
Oficina de Ejecución Coactiva el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Artículo Noveno.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
12478
MUNICIPALIDAD DE
VILLA MARÍA DEL
TRIUNFO
Amplían plazo de Ordenanza Nº 012-
2000/MVMT sobre beneficios concedi-
dos a contribuyentes que concurran a
pagar deudas tributarias pendientes
ORDENANZA Nº 015-2000/MVMT
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE
VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
29.SETIEMBRE.2000, bajo la presidencia del señor
Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asis-
tencia de los señores regidores Sra. Ana Sinche Rosa-
les, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel
Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sra.
Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadi-
llo, Sra. María Lora Figueroa y Sr. Javier Salas Zama-
lloa; se trató sobre la prórroga de la Ordenanza Nº 012-
2000/MVMT; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2000/MVMT se
prorrogó la concesión de beneficios tributarios a los
contribuyentes que voluntariamente concurrieran a
pagar sus deudas, antes de ser pasibles de fiscaliza-
ción tributaria;
Que, es potestad del Pleno del Concejo prorrogar la
vigencia de la mencionada Ordenanza;
De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley
Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades y Art. 60º del
Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal; y
con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31.OCTU-
BRE.2000 la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2000/
MVMT.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Despacho de
Alcaldía emita las disposiciones complementarias para el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Villa María del Triunfo, 29 de setiembre del 2000.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
12476
Otorgan autorización temporal a co-
merciantes para ejercer actividades en
inmediaciones o interior del cemente-
rio municipal
ORDENANZA Nº 016-2000/MVMT
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE
VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20.OC-
TUBRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr.
Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los
señores regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra.
Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano
Yrribaren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra.
Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldona-
do, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escaja-
dillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zama-
lloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre Tasas en el
Cementerio Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, a fin de controlar y fiscalizar a los comerciantes
que hacen uso y aprovechamiento del Cementerio Muni-
cipal en determinadas fechas en las cuales se incrementa
el comercio, se hace indispensable otorgarles una Autori-
zación Temporal para que ejerzan sus actividades;
De conformidad con los Arts. 36º, inc. 3) y 110º de la Ley
Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y Decreto Legis-
lativo Nº 776 sobre Tributación Municipal; con el voto
Unánime de los señores Regidores; y la dispensa de la
lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente:
O R D E N A N Z A
Autorización Temporal a Comerciantes en el
Cementerio Municipal Virgen de Lourdes
Artículo Primero.- OTORGAR Autorización Tempo-
ral a los comerciantes o aquéllos que presten un servicio,
que se establezcan en las inmediaciones o interior del
Cementerio Municipal "Virgen de Lourdes" - Nueva Espe-
ranza, los días 31 de octubre y 1 y 2 de noviembre del 2000.
Artículo Segundo.- El monto de la Tasa -incluido el
derecho de trámite administrativo- a aplicarse por la
autorización de tres o menos días, es la siguiente:
a) Puestos y/o Kioscos Grandes (2 x 6) S/. 80.00
b) Puestos y/o Kioscos Pequeños (2 x 2) S/. 30.00
c) Puestos y/o Kioscos Pequeños (alimentos y/o bebidas) (2 x 2) S/. 50.00
d) Puestos y/o Kioscos Medianos (alimentos y/o bebidas) (2 x 4) S/. 60.00
e) Puestos y/o Kioskos Grandes (alimentos y/o bebidas) (2 x 6) S/. 100.00
f) Puestos y/o Kioscos Mayoristas (alimentos y/o bebidas) (3 x 6) S/. 150.00
g) Autorización ingresos Mototaxis (vale por 4 días) S/. 100.00
h) Banda de Músicos y/o conjuntos (por día) S/. 50.00
i) Uso de servicios higiénicos (por persona en el cementerio) S/. 0.50
j) Ambulantes (por día) S/. 5.00
k) Instalación baño particular c/u (por 4 días) S/. 50.00
Villa María del Triunfo, 20 de octubre del 2000.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
12479

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