ORDENANZA Nº 125/MDVMT - Aprueban Reglamento para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento a establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios en Villa María del Triunfo

Fecha de disposición10 Diciembre 2010
Fecha de publicación10 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 10 de diciembre de 2010
430696
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General, la tramitación de la publicación que corresponde
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
575645-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Precisan alcances de condonación a
que se refiere la Ordenanza Nº 209-
MDSM mediante la cual se aprobó
beneficio de regularización tributaria y
no tributaria en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 020-2010-MDSM
San Miguel, 3 de diciembre del 2010
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
VISTOS, el Informe Nº 93-2010-GRAT/MDSM emitido
por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria,
el informe Nº 592-2010-GAJ/MDSM emitido por la
Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando Nº 481-
2010-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal de la
Municipalidad de San Miguel;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 209-MDSM, se aprobó
el benef‌i cio de regularización tributaria y no tributaria en el
distrito de San Miguel, en cuyo numeral 2.1.2 del artículo
segundo de la citada ordenanza, establece los alcances
del presente benef‌i cio, respecto del impuesto predial y los
arbitrios municipales;
Que, de acuerdo a la segunda disposición f‌i nal de
la ordenanza invocada, se faculta al alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de aquella;
Que, el artículo 42º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía
establecen, entre otras disposiciones y de aplicación de
las ordenanzas, normas que regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario;
Que, es política institucional brindar las mejores
facilidades a los vecinos del distrito, para que puedan
cumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias,
dentro de sus posibilidades de pago;
Estando a lo expuesto, y con cargo a dar cuenta
al Concejo Municipal, en uso de sus facultades que le
conf‌i ere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972,
SE DECRETA:
Artículo 1º.- PRECISAR que la condonación a la que
se ref‌i ere el numeral 2.1.2 del artículo 2º de la Ordenanza
Nº 209-MDSM comprende asimismo la condonación del
50% del monto insoluto de los arbitrios municipales por
las deudas de los años anteriores hasta el 2005, mediante
pago al contado del total de su deuda.
Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente
decreto a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria,
a la Of‌i cina de Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Imagen
Institucional y a las Subgerencias de Informática y Tesorería.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
575779-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban Reglamento para el
otorgamiento de la Licencia Municipal
de Funcionamiento a establecimientos
comerciales, industriales, profesionales
y/o de servicios en Villa María del
Triunfo
ORDENANZA Nº 125/MDVMT
Villa María del Triunfo ,29 de Octubre de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo en
Sesión Ordinaria de fecha 29 de Octubre del 2010,el
informe de la Subgerencia de Administración Tributaria
Nº 2474-2009-SGAT-GR/MVMT, el informe Legal Nº
541-2009-GAJ/MVMT y el Dictamen de la Comisión de
Desarrollo Económico Local Nº 001-2010/CDEL/MVMT
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley
Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son gobiernos locales con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, asimismo, el Artículo 195º de la Norma
Constitucional, establece que los gobiernos locales
promueven el desarrollo y la economía local, la prestación
de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía
con las políticas y planes nacionales de desarrollo;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que
los gobiernos locales representan al vecindario, promueven
la adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las
circunscripciones de su jurisdicción;
Que, el Artículo 79º numeral 3), inciso 3.6.2 de la citada
Norma Legal asigna funciones específ‌i cas y exclusivas de
las Municipalidades Distritales en materia de organización
del espacio físico y uso del suelo-: para normar, regular y
otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y regularizar la
f‌i scalización de construcción, remodelación de inmuebles
y declaratorias de fábrica;
Que, el Artículo 83º numeral 3.6 del Cuerpo Legal
Precedente establece como función exclusiva de las
Municipalidades Distritales “otorgar licencias para
apertura de establecimientos comerciales, industriales y
profesionales”;
Ley Nº 28976 en su Artículo 5 establece que las
Municipalidades Distritales, así como las Municipalidades
Provinciales, cuando les corresponda conforme a Ley,
son las encargadas de evaluar las solicitudes y otorgar
las licencias de funcionamiento, así como de f‌i scalizar
las mismas y aplicar las sanciones correspondientes,
de acuerdo con las competencias previstas en la Ley Nº
Que, el numeral 2.1) del Artículo 203° de la Ley Nº
prescribe que excepcionalmente cabe la Revocación de
los Actos Administrativos, con efectos a futuro, cuando la
facultad de revocatoria ha sido expresamente establecida
por una norma con rango legal y siempre que se cumplan
con los requisitos previstos en dicha Norma;
Que, en este sentido es necesario adoptar las acciones
pertinentes que permitan el cabal cumplimiento de las
funciones específ‌i camente señaladas en la normatividad
de la materia, mediante la aprobación de la presente
Ordenanza, que tiene por f‌i nalidad normar los aspectos
técnicos y administrativos para la obtención de las Licencias
de Funcionamiento, así como los procedimientos que la

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