Comentarios: las simples virtudes de la catedral

AutorGuido Calabresi
Cargo del AutorProfesor Emerito y ex Decano de la Escuela de Derecho de la Universidad de Yale
Páginas407-414
COMENTARIOS: LAS SIMPLES VIRTUDES DE LA CATEDRAL 407
Comentarios: las simples virtudes de la catedral ∗∗
Hay algo extraño en el hecho de tomar parte en la discusión sobre el tra-
bajo de uno mismo. Mi suegra era una artista y odiaba ir a las ex-
hibiciones de sus pinturas, ella se sentía desnuda cuando las personas
miraban sus trabajos y los discutían casi como si ella no estuviese presente.
Es muy parecido cuando uno escucha sus escritos siendo analizados, “¿Yo dije
eso? ¿Realmente dije eso? ¡Claro que no dije eso!” O, por el contrari o, “¡Claro
que dije eso! ¿Quién podría pensar que no lo hice? Obviamente esa idea es-
taba ahí. ¡Cualquiera podría darse cuenta de que estaba ahí!”; pero, ¿Quién

Siendo un profesor de responsabilidad por productos defectuosos, su-
          -
ducto, un artefac to, ese artefacto debe hablar por sí mismo, debe ser tomado
con todo aquello que sus usuarios encuen tren en él, o encuentren qué le falta,
y uno no puede exonerarse por completo de los daños ocasionados por un
posible uso del producto diciendo: “Yo no pretendía que fuese usado de esa
manera”; a pesar de ello, uno está tentado a sugerir cómo debe y cómo no debe
emplearse su artefacto, y por eso estoy aquí.
Estoy muy contento al ver que Douglas Melamed también está
acá, me hubiera gustado que saltase inesperadamente de un pastel,
desafortunadamen te no hay un pastel, pero él está aquí y ustedes han te-
Artículo publicado en la Revista de Derecho Themis 36 en el año 1997.
∗∗ Originalmente publicado en The Yale Law Journal, volumen 106, número 7, Mayo 1997,
bajo el titulo: “Remarks: The Simple Virtues of the catedral”. Se reproduce con expreso
consentimiento escrito de su autor y de The Yale Law Journal Company, Inc.
El presente artículo ha sido traducido por el Dr. Carlos A. Patrón Salinas, ex miembro
del Comité Directivo de Themis – Revista de Derecho. Agradecemos al Dr. Patrón por
haberlo cedido para su publicación.

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