2420 196-99-COFOPRI/GG - Amplían alcances de Directiva N°005-99-COFOPRI referida a la formalización de la propiedad de posesiones informales en diversas provincias del departamento de Lambayeque .
Fecha de publicación | 23 Agosto 1999 |
Fecha de disposición | 23 Agosto 1999 |
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NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 23 de agosto de 1999
par en el mencionado evento, habiendo evaluado la Geren-
cia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de
Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho
viaje; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley
de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1º
de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para
1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Reso-
lución Ministerial Nº 292-98-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor PEDRO SHI-
MABUKURO MIYAGUI, Médico, Jefe del Servicio de Eco-
Tomografía del Hospital Nacional "Guillermo Almenara
Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad
de New Orleans, EE.UU., del 1 de setiembre al 31 de octubre
de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del
Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 944.00
Viáticos : US$ 2,259.00
Tarifa uso de aeropuerto : US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales-
quiera fuese su clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
10862
RESOLUCION SUPREMA
Nº 097-99-TR
Lima, 20 de agosto de 1999
VISTO: El Oficio Nº 311-PE-ESSALUD-99 del Presi-
dente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Miami, EE.UU., se llevará a cabo
LA PASANTIA EN ONCOLOGIA UROLOGICA PROS-
TACTECTOMIA RADICAL, organizado por el Cedars
Medical Center, del 1 de setiembre al 31 de octubre de
1999;
Que, el señor EFRAIN CONCHA URDAY, Médico, Jefe
de División de Nefro-Urología del Hospital Nacional del Sur
- Arequipa del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido
propuesto para participar en el mencionado evento, habien-
do evaluado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de la
Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de
autorizar dicho viaje; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley
de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1º
de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para
1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Reso-
lución Ministerial Nº 292-98-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor EFRAIN CON-
CHA URDAY, Médico, Jefe de División de Nefro-Urología
del Hospital Nacional del Sur - Arequipa del Seguro Social
de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Miami, EE.UU., del 1
de setiembre al 31 de octubre de 1999, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente resolu-
ción.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del
Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 1,012.00
Viáticos : US$ 2,399.00
Tarifa uso de aeropuerto : US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales-
quiera fuese su clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
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M T C
Amplían alcances de Directiva Nº 005-
99-COFOPRI referida a la formaliza-
ción de la propiedad de posesiones
informales en diversas provincias del
departamento de Lambayeque
COMISION DE FORMALIZACION DE
LA PROPIEDAD INFORMAL
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL
Nº 196-99-COFOPRI/GG
Lima, 6 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del Artículo 3º del Decreto Supremo
Nº 009-99-COFOPRI/GG que aprueba el Texto Unico
Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propie-
dad Formal, establece que son funciones de COFOPRI el
asumir de manera exclusiva y excluyente, las competen-
cias correspondientes a la formalización de la propiedad
hasta el otorgamiento de los títulos de propiedad; para
ejercer sus competencias, COFOPRI dictará directivas
que serán de obligatorio cumplimiento para todas las
entidades del Estado vinculadas al proceso de formaliza-
ción de la propiedad, desde que sean notificadas;
Que, según lo establecido por el Artículo 27º de la misma
norma, COFOPRI asumirá competencia a través del citado
Programa de Formalización de la Propiedad, que se pondrá
en funcionamiento progresivamente en todo el país, de
acuerdo a un cronograma que establecerá COFOPRI me-
diante Directiva;
Que, según lo establece el literal m) del Artículo 8º del
Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-
98-MTC, el Presidente de COFOPRI está facultado para apro-
bar Directivas que establezcan el cronograma de aplicación
progresiva del Programa de Formalización de la Propiedad en
todo el país, conforme a lo dispuesto por el Artículo 28º del
Decreto Legislativo Nº 803;
Que, en mérito al inciso y) del referido artículo, mediante
Resolución de Presidencia Nº 045-98-COFOPRI/PC, de fe-
cha 23 de setiembre de 1998, se delegó en el Dr. Miguel
Delgado Barreda, Gerente General de la Comisión de For-
malización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la facultad
de aprobar las Directivas, mediante las cuales se establezca
el cronograma de aplicación progresiva del Programa de
Formalización de la Propiedad en todo el país, con cargo a
dar cuenta a la presidencia de la institución;
Que, el primer párrafo del Artículo 52º del Estatuto
establece que las Directivas de carácter y/o aplicación gene-
ral aprobadas por COFOPRI serán debidamente publicadas;
Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 021-
99-COFOPRI/GG se aprobó la Directiva Nº 005-99-COFO-
PRI, sobre Normas para la asunción progresiva de compe-
tencias para la formalización de la propiedad de Asenta-
mientos Humanos en las provincias de Chiclayo y Lambaye-
que, departamento de Lambayeque;
Que, por Resolución de Gerencia General Nº 172-99-
COFOPRI/GG de fecha 5 de julio del año en curso, se amplió
el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Central de
COFOPRI a la provincia de Ferreñafe, departamento de
Lambayeque;
Que, en mérito a lo expuesto resulta necesario que la
Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede
Central Lima - Ciudad Lambayeque se encargue de efectuar
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