61 056-2003-AL/CPB - Autorizan contratación mediante adjudicación directa de menor cuantía de servicios de fiscalización, cobranza y procuraduría de acreencias de empresas de telefonía

EmisorProvincial de Barranca
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 8 de abril de 2003
Que, siendo así, resulta necesario prorrogar la de-
claratoria de urgencia de la adquisición de combustible
para la flota vehicular de la Municipalidad Distrital de
Bellavista, aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 006-
2003-MDB;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la
Oficina de Asesoría Legal, expresada mediante Informe
Legal Nº 053-2003/MDB.OAJ del 21 de marzo del 2003;
con el voto mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de
las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le
confiere y con dispensa del trámite de aprobación de ac-
tas;
ACUERDA:
Artículo 1º.- Aprobar la prórroga de la declaratoria de
urgencia de la adquisición de combustible para la flota
vehicular de la Municipalidad Distrital de Bellavista, apro-
bada por Acuerdo de Concejo Nº 006-2003-MDB; prórroga
que se deberá mantener vigente sólo hasta la culminación
del proceso de selección correspondiente, conforme a la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su
Reglamento.
Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Acuer-
do de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y remitir copia
certificada del mismo a la Contraloría General de la Repú-
blica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio-
nes del Estado, dentro del plazo de ley.
Regístrese y comuníquese.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
06771
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Autorizan contratación mediante
adjudicación directa de menor cuan-
tía de servicios de fiscalización, co-
branza y procuraduría de acreencias
de empresas de telefonía
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 056-2003-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 20 de marzo del
2003, el pedido del Regidor Provincial Lic. Jorge Marín
Taboada Samanamud, sobre contratación de una Empre-
sa Fiscalizadora; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno
local. Son personas jurídicas de derecho público con auto-
nomía, política económica y administrativa en los asuntos
de su competencia;
Que, mediante el Informe Nº 040-2003-DR-MPB la
Gerencia de Rentas, se acredita la necesidad de contra-
tar los servicios de una persona natural o jurídica espe-
cializada en Fiscalización, Asesoría, Procuraduría y
Cobranza para la recuperación de deuda no tributaria
que tienen las Empresas de Telefonía, con la Municipali-
dad;
Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM
señala en su artículo 19º que están exonerados de los
procesos de Licitación Pública o Concurso Público o Ad-
judicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones
o contrataciones que se realicen: h) para servicios per-
sonalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Regla-
mento;
Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que
se encuentran exonerados del respectivo proceso de
selección, los contratos de locación de servicios cele-
brados con personas naturales o jurídicas para cuando
dicha contratación se haya tenido en cuenta y como
requisito esencial a la persona del Locador, ya sea por
sus características inherentes particulares o especiales
o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u
oficio;
Que, por su parte, el artículo 20º del mismo cuerpo
legal señala que las adquisiciones y contrataciones antes
referidas, se realizarán mediante el proceso de Adjudica-
ción de Menor Cuantía, debiendo aprobarse mediante
Acuerdo de Concejo Municipal;
Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.
Nº 013-2001-PCM, señala en su artículo 105º que de
producirse los supuestos señalados en el artículo 19º de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
que determinan la necesidad de efectuar procesos de
Adjudicación de Menor Cuantía, la Municipalidad hará
las adquisiciones o contrataciones mediante acciones
inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier
medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correo
electrónico, de una cotización que cumpla con los requisi-
tos establecidos en las bases, con autorización expresa
del titular del Pliego, debiendo indicarse en la resolución
exoneración el Órgano encargado de realizar el proceso
de contratación;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante In-
forme Nº 266-2003/OAJ-MPB del visto, opina que los
servicios de Fiscalización, Asesoría, Procuraduría y Co-
branza de rentas municipales, que requiere la Munici-
palidad ante las acreencias, tienen un carácter persona-
lísimos;
Que, la Municipalidad en la actualidad no cuenta con
los recursos económicos suficientes, así como el personal
técnicamente especializado para realizar la recuperación
de las acreencias que tengan las empresas de Telefonía
con la Municipalidad;
Que, visto y analizado el tema en Sesión Ordinaria de
Concejo, se acordó aprobar las recomendaciones plantea-
das por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe
Nº 266-2003/OAJ-MPB; y,
Estando a las consideraciones expuestas, con el voto
unánime de los Regidores presentes, y con dispensa de
lectura de acta, se:
ACUERDO:
Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso
de selección correspondiente a la contratación de los
servicios de la Empresa J.J. & W.S.R.L. para la Fiscali-
zación, Cobranza y Procuraduría de las acreencias que
tienen las Empresas de Telefonía a la Municipalidad.
Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección Municipal,
efectuar la contratación referida mediante el proceso
de selección de Adjudicación Directa de Menor Cuan-
tía.
Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina de Secretaría
General, remita copia del acuerdo correspondiente y del
informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría
General de la República, dentro de los DIEZ DÍAS hábiles
siguientes a su emisión, así como la publicación en el Dia-
rio Oficial El Peruano.
Artículo 4º.- La Unidad de Logística y Control Patrimo-
nial, queda encargada de la publicación del presente acuer-
do en el Diario Oficial El Peruano.
Dado en la Casa Municipal, a los treintiún días del mes
de marzo del dos mil tres.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ELGAR MARREROS SAUCEDO
Alcalde
06775

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