Designan representante del CND ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley N° 28391

Fecha de disposición25 Noviembre 2004
Fecha de publicación25 Noviembre 2004
Pág. 281006
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 25 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecno-
logía e Innovación Tecnológica, el CONCYTEC, es el
organismo rector del Sistema de CTel, encargado de
dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las ac-
ciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e
innovación tecnológica;
Que, de conformidad con lo dispuesto por la mencio-
nada Ley Nº 28303, el Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica- CONCYTEC, es
un organismo público descentralizado adscrito a la Presi-
dencia del Consejo de Ministros, con autonomía científi-
ca, administrativa, económica y financiera, con régimen
laboral de la actividad privada;
Que, la Presidencia del CONCYTEC impulsó la crea-
ción de un Consorcio con el Centro de Planeamiento
Estratégico de la Presidencia del Consejo de Ministros
con el Ministerio de la Producción a fin de auspiciar la
Elaboración del Plan Nacional de Biotecnología, que en
el CONCYTEC viene efectuando el consultor Alexander
Grobman, y cuya versión Final estará lista en enero del
2005;
Que, los temas materia de estudio y preparación re-
ferente a “Biodiversidad y Biotecnología” son de alta
especialización y de gran importancia estratégica para
la función rectora que cumplirá el CONCYTEC dentro
del contexto de la nueva ley. Por ello, es necesario con-
tar con un profesional que esté al nivel de los objetivos
que se persiguen, a fin que elabore una propuesta de
Programa Especial para la valorización de la biodiver-
sidad acuática y terrestre, en el marco del Plan Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica;
Que, el Dr. Carlos Antonio Malpica Lizarzaburu, es
Ingeniero Agrónomo del Instituto Nacional Agronómico
París - Grignon (Francia) y Doctor de la Universidad de
París 7 (Francia), diplomado en Microbiología general
del Instituto Pasteur (Francia) y en la Escuela Diplomá-
tica de Madrid, con lo que acredita tener la especializa-
ción en ciencias naturales, con amplia experiencia en
organismos públicos y privados a nivel internacional,
acreditando tener experiencia en la gestión de ciencia,
tecnología e innovación tecnológica, contando en su
cartera de clientes a importantes entidades públicas y
privadas, cumpliendo los requisitos establecidos por el
inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el
artículo 111º de su Reglamento;
Que, asimismo, el artículo 111º del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y
normas modificatorias, señala que, los servicios
personalísimos son los Contratos de Locación de Servi-
cios celebrados con personas naturales o jurídicas cuan-
do para dicha contratación se haya tenido en cuenta y
como requisito esencial la persona del locador, ya sea
por sus características inherentes, particulares o
especiales o por su determinada calidad, profesión, cien-
cia, arte u oficio;
Que, la Oficina de Programas del CONCYTEC, me-
diante Informe Nº 01-2004-CONCYTEC-DGPROG in-
forma, ha evaluado la necesidad de dicha contratación y
las cualidades personales del Dr. Carlos Malpica Lizar-
zaburu, concluyendo que es el profesional idóneo dada
su reconocida y amplia trayectoria en el tema de Biodi-
versidad y Biotecnología, para cumplir con el objetivo de
elaborar los planes la propuesta de Programa Especial
de valorización de la biodiversidad acuática y terrestre;
Que, para tal efecto, la Oficina de Planificación y Pre-
supuesto por Memorando Nº 427-2004-CONCYTEC-
OPP, informa que se cuenta con la disponibilidad presu-
puestaria para efectuar la contratación del citado profe-
sional;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido su
opinión favorable a través del Informe Nº 199-2004-
CONCYTEC-OAJ;
Que, el presente proceso está incluido en el Plan
Anual de Adquisiciones;
Con la visación de la Jefa de la Oficina de Políticas de
Ciencia y Tecnología, Jefa de Planificación y Presupues-
to, de la Jefa de la Oficina de Administración, del Jefe de
la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director Ejecutivo;
De conformidad con la Tercera Disposición Transito-
ria de la Ley Nº 28303, con el Decreto Legislativo Nº 112,
con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto
Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- EXONERAR al Consejo Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CON-
CYTEC del proceso de Adjudicación Directa Selectiva
para la contratación de los servicios de consultoría es-
pecializada para la elaboración de los planes, estrate-
gias y políticas para la valorización de la biodiversidad
acuática y terrestre, mediante la modalidad de servicios
personalísimos, hasta un total de S/.55,800.00 (CIN-
CUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUE-
VOS SOLES) incluidos los impuestos de ley, los cuales
serán cancelados en la forma que se establezca en el
contrato.
Artículo Segundo.- APROBAR la contratación del
Dr. Carlos Antonio Malpica Lizarzaburu, mediante el pro-
ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad
con el inciso h) del artículo 19º del TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas mo-
dificatorias.
Artículo Tercero.- La contratación a que se refieren
los artículos precedentes será realizada por la Oficina
de Administración , por un período máximo de 4 meses
y hasta por el importe de S/. 55,800 ( CINCUENTA Y
CINCO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SO-
LES) incluido los impuestos de ley. El monto a pagar
será en partes y en las oportunidades previstas en el
contrato.
Artículo Cuarto.- La contratación se hará con car-
go a la siguiente cadena presupuestal: Programa: 007
Ciencia y Tecnología; Subprograma 0025 Investigación
Aplicada; Actividad 1.00266 Generación, Transferencia
y Adaptación de Tecnología; Componente: 3.0752 Inno-
vación y Transferencia de Tecnología.
Artículo Quinto.- REMITIR la presente resolución
así como los Informes técnico y legal emitidos por la
Dirección General de Programas y de Asesoría Jurí-
dica respectivamente, a la Contraloría General de la
República dentro de los diez (10) días naturales si-
guientes a la fecha de aprobación de la presente Re-
solución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BENJAMÍN A. MARTICORENA CASTILLO
Presidente
21266
CONSEJO NACIONAL DE
DESCENTRALIZACIÓN
Designan representante del CND ante
la Comisión Multisectorial encargada
de elaborar el Reglamento de la Ley
Nº 28391
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 085-CND-P-2004
San Isidro, 24 de noviembre de 2004
VISTOS:
La Ley Nº 28391, Ley de Formalización de la Propie-
dad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones
Informales, Centros Urbanos Informales y Urbaniza-
ciones Populares, la Resolución Suprema Nº 246-2004-
JUS, constituyen Comisión Multisectorial encargada de
elaborar el Reglamento de la Ley Nº 28391, y el Oficio Nº
332-2004-COFOFRI/CN de fecha 24 de noviembre de
2004 de la Coordinadora Nacional de la Formalización y
Directora General del Proyecto Derechos de Propiedad
Urbana de la Comisión de Formalización de la Propiedad
Informal - COFOPRI solicitando la designación de los
representantes del Consejo Nacional de Descentrali-
zación en la citada Comisión; y,

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