ACUERDO N° 338-2012-CMPC - Aprueban el saneamiento físico legal de inmuebles de propiedad de la Municipalidad
Fecha de disposición | 16 Abril 2013 |
Fecha de publicación | 16 Abril 2013 |
El Peruano
Martes 16 de abril de 2013 492947
Sanciones y Medidas Preventivas, que forma parte de la
presente ordenanza
Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones
que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ofi cial El Peruano.
Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente norma
local en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus anexos en
el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe/conforme a los lineamientos
descritos en la Ley Nº 29091.
Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación, distribución y notifi cación de la presente
ordenanza municipal.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veintisiete días del
mes de marzo del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
924738-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
Aprueban el saneamiento físico legal
de inmuebles de propiedad de la
Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 338-2012-CMPC
Cajamarca, 14 de noviembre de 2012
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 07
de Noviembre de 2012, el Informe Técnico Legal Nº 291-
2012-MPC-OGA-ULySG-ACP/EGVG; Ofi cio Nº 093-2012-
CAAyF-MPC, de la Comisión de Asuntos Administrativos y
Financieros, adjuntando el Dictamen Nº 43-2012-CAAyF-
MPC y Proveído de Alcaldía Nº 2459-2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de
la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de
Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, “Las Municipalidades
son Gobiernos Locales con Autonomía Política, Económica
y Administrativa en los asuntos de su competencia; en
concordancia con lo preceptuado en el Art. II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972”.
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58º
los bienes inmuebles de las municipalidades se inscriben
en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el
mérito del acuerdo de concejo correspondiente.
Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 291-
2012-MPC-OGA-ULySG-ACP/EGVG, el Jefe (e) de
Control Patrimonial, remite a la Comisión de Asuntos
Administrativos y Financieros, la relación de 09 predios
municipales para su saneamiento físico legal a favor de
la entidad, siendo necesario la emisión de un Acuerdo de
Concejo, a fi n de ser inscritos en Registros Públicos.
Que, mediante Dictamen Nº 43-2012-CAAyF-MPC de
la Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros de
la Municipalidad Provincial de Cajamarca, se aprueba la
solicitud emitida por Control Patrimonial, para efectuar la
inscripción en los Registros Públicos de la SUNARP de
nueve (09) inmuebles de propiedad municipal.
Por voto unánime de los señores Regidores, con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta para tomar el
SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- APROBAR, el Saneamiento Físico Legal
de nueve (09) inmuebles de propiedad municipal, de
acuerdo al cuadro siguiente:
Nº NOMBRE DE LA
PROPIEDAD
UBICACIÓN ÁREA DE
TERRENO
(M2)
CÓDIGO
LOTIZACIÓN DIRECCIÓN Nº PREDIAL CATASTRAL
1 TERRENO SANTA ROSA DE
LIMA JR.SAN MARCOS S/N 786.00 990000036614 F-11-6-10
2 RECREACION SANTA ROSA DE
LIMA JR.SANTA SARITA S/N 1,600.03 000000030029 F-11-7-20
3 TERRENO LOS ANGELES CA. SIN NOMBRE 1 S/N 718.32 990000030078 A-21-4-1
4 RECREACION LOS ANGELES CA. SIN NOMBRE 1 S/N 1,279.38 990000030079 A-21-6-1
5 RECREACION LOS ANGELES CA. SIN NOMBRE 1 S/N 1,803.84 990000030080 A-21-7-1
6 PLATAFORMA DEPORTIVA MAGNA VALLEJO SAN FERNANDO 400 633.11 000000030441 C-1-3-11
7 TERRENO MOLLEPAMPA JR. ELIAS AGUIRRE (CDRA. 4) S/N 1,255.71 990000073551 D-18-7-7
8 RECREACION SAN SEBASTIAN JR. CUMBE MAYO (CDRA. 2) S/N 925.25 990000052396 C-6-6-25
9 TERRENO VISTA BELLA AV. PERU 1400 104.45 000000030068 E-7-18-16
Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Oficina General de Administración para que a través de Control Patrimonial
realice la inscripción de los bienes inmuebles señalados en el artículo precedente en los Registros Públicos de la
Zona Registral Nº II Sede Chiclayo, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, así como de los demás
trámites correspondientes conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RAMIRO A. BARDALES VIGO
Alcalde Provincial
924788-1
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