1916 118-2004-RE 119-2004-RE - Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España a prestar servicios en las Fuerzas Armadas Españolas

Fecha de publicación03 Abril 2004
Fecha de disposición03 Abril 2004
Pág. 265992
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de abril de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP,
mediante Oficio Nº 078-2004-ITP/DE, del 2 de febrero
de 2004 alcanza al Despacho Viceministerial de
Pesquería el proyecto de Convenio Interinstitucional
PRODUCE-ITP de Apoyo Financiero para el Desarrollo
de Investigaciones y Eventos de Capacitación en el
Sector Pesca, el cual incluye el Programa de Investiga-
ción Científica y Tecnológica y el Programa de Capacita-
ción Técnica al Sector Pesquero Artesanal y al Sector
Pesquero Industrial; los que en conjunto requieren un
financiamiento para su ejecución por el valor de S/.130
000,00;
Que, el objetivo del citado Convenio consiste en
instrumentar el desarrollo de proyectos de investiga-
ción y la ejecución de cursos de capacitación a cargo
del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, a fa-
vor del sector pesquero nacional, en concordante con
los lineamientos políticos del Sector Producción;
Que, mediante Oficio Nº 175-2004-PRODUCE/OGD-
PE-Opies, del 3 de marzo de 2004, la Oficina General
de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, solicita a la
Oficina General de Administración la evaluación de la
solicitud expresada en el primer considerando, a efec-
tos de emitir la viabilidad presupuestal correspondien-
te; Que, la Oficina General de Administración, a través
del Oficio Nº 708-2004-PRODUCE/OGA-Oppp, del 8 de
marzo de 2004 alcanzó a la Oficina General de Desarro-
llo y Planeamiento Estratégico el Informe Técnico Nº
014-2004-PRODUCE/OGA-Oppp, estableciendo la via-
bilidad presupuestal respectiva;
Con la visación de las Oficinas Generales de Ase-
soría Jurídica, Desarrollo y Planeamiento Estratégico
y de Administración; y, con la opinión favorable del
Viceministro de Pesquería;
De conformidad con la Ley Nº 27209, Ley de Ges-
tión Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2004, la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funcio-
nes del Ministerio de la Producción, y la Ley Nº 27785,
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República; y, en uso de las
atribuciones conferidas por los literales i), m) y p) del
artículo 11º del Reglamento de Organización y Funcio-
nes del Ministerio de la Producción, aprobado median-
te Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y
modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Apoyo Interins-
titucional entre el Ministerio de la Producción y el Institu-
to Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, de Apoyo Finan-
ciero para el Desarrollo de Investigaciones y Eventos
de Capacitación en el Sector Pesca, a realizarse en el
período comprendido entre marzo y noviembre de 2004,
cuyo Programa de Capacitación Técnica forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería
a suscribir el Convenio a que se refiere el artículo prece-
dente.
Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi-
nistración a cumplir con el egreso que demande el cum-
plimiento de la presente Resolución, en función a su
capacidad presupuestal y disponibilidad financiera en
el presente año, hasta por el monto de S/. 130 000.00
(Ciento Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, se afectará al Presupuesto
del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Función 12:
Pesca; Programa 044: Promoción de la Producción
Pesquera; Subprograma 0117: Fomento a la Pesca;
Actividad 1.00345: Normar, Promover y Desarrollar la
Actividad Pesquera; Componente 3.00491: Desarrollo
de Investigación Tecnológica Aplicada; Meta 0001:
Investigación Científica y Tecnológica, Fuente de
Financiamiento 09: Recursos Directamente Recauda-
dos, Año Fiscal 2004.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA
Ministro de la Producción
06593
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan a ciudadanos peruanos resi-
dentes en el Reino de España a prestar
servicios en las Fuerzas Armadas Es-
pañolas
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 118-2004-RE
Lima, 2 de abril de 2004
CONSIDERANDO:
Que, don Víctor Luis Asencios Falconí, José Gerardo
Pasache Fernández y doña Ruth Juana Frisancho Clavijo,
ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España,
solicitan autorización del señor Presidente de la Repúbli-
ca, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas;
Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución
Política del Perú, establece que el Presidente de la Repú-
blica, autorizará a los peruanos para servir en un ejército
extranjero;
Que, en consecuencia, es necesario expedir la autori-
zación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del
creto Legislativo Nº 560; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a los ciudadanos peruanos resi-
dentes en el Reino de España, que a continuación se indi-
ca, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas
Españolas.
Nº de Apellidos y Nombre del solicitante DNI LM
Orden
1 Asencios Falconí, Víctor Luis 41639956 0000215770
2 Pasache Fernández, José Gerardo 41251717 -------------------
3 Frisancho Clavijo, Ruth Juana 41820591 4028690834
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-
res.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS
Ministro de Relaciones Exteriores
06745
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 119-2004-RE
Lima, 2 de abril de 2004
CONSIDERANDO:
Que, diez (10) ciudadanos peruanos residentes en el
Reino de España, solicitan autorización del señor Presi-
dente de la República, para poder servir en las Fuerzas
Armadas Españolas;
Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Po-
lítica del Perú, establece que el Presidente de la República,
autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero;
Que, en consecuencia, es necesario expedir la autori-
zación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del
creto Legislativo Nº 560; y,

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