2615 030-GP-GCRH-ESSALUD-2002 - Imponen sanción de destitución a cirujano-dentista del Hospital de Emergencias Grau de la Gerencia Departamental de Lima

Fecha de publicación30 Abril 2002
Fecha de disposición30 Abril 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 30 de abril de 2002
Tercero.- De conformidad con el Artículo 207º de la Ley
los recursos impugnativos son Reconsideración, Apelación
y Revisión, pudiendo ser presentados en el término de quin-
ce (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de
la notificación, ante la Gerencia de Personal de la Geren-
cia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. Arenales
Nº 1402- sétimo piso - Jesús María, Lima.
Regístrese y comuníquese.
RAFAEL NOE QUIROZ
Gerente de Personal (e) - GCRH
7690
INADE
Autorizan al Proyecto Especial Chira
Piura contratar servicios de vigilancia,
resguardo y custodia mediante
procedimiento de adjudicación de
menor cuantía
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 085-2002-INADE-1100
Lima, 25 de abril del 2002
VISTO:
El Oficio Nº 789-2002-INADE-PECHP-8401, del Direc-
tor Ejecutivo del Proyecto Especial Chira Piura; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un
Organismo Público Descentralizado dependiente del Mi-
nisterio de la Presidencia, con personería jurídica de dere-
cho público interno y autonomía técnica, económica, finan-
ciera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupues-
tal del Sector Ministerio de la Presidencia;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 056/2002-IN-
ADE-PECHP-8401, de fecha 11 de marzo del 2002, el Pro-
yecto Especial Chira Piura ha declarado en situación de
urgencia la contratación de los servicios de vigilancia, res-
guardo y custodia de la infraestructura e instalaciones del
Proyecto Especial, por el lapso de sesenta (60) días calen-
dario, a partir del 1 de abril del 2002, de acuerdo al inciso
c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;
Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecu-
tivo del Proyecto Especial, solicita la exoneración del
Concurso Público Nacional Nº 01/2002-INADE-PECHP-
8401, por la causal de situación de urgencia, para contra-
tar por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, la
adquisición de los servicios de vigilancia, resguardo y cus-
todia de la infraestructura e instalaciones de dicha entidad,
por el monto de S/. 81 111,43;
Que, el Artículo 20º del Texto Único citado, prescribe
que las adquisiciones y contrataciones que se efectúen en
situación de urgencia, se realizarán mediante el proceso
de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo la exoneración
aprobada por Resolución del Titular del Pliego;
Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las reso-
luciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los
procesos de selección, se sustentarán necesariamente en
un informe técnico-legal previo que contendrá la justifica-
ción técnica y legal de la adquisición o contratación;
Que, la situación de urgencia aludida, tiene su sustento
en que, habiéndose declarado desierto el Concurso Públi-
co Nacional Nº 01/2002-INADE-PECHP-8401, por haber
quedado válida una sola oferta, la continuación del proce-
so de selección hasta la suscripción del contrato, dejaría la
infraestructura hidráulica e instalaciones del Proyecto Es-
pecial sin la prestación de los servicios requeridos, ponien-
do en serio peligro el patrimonio del Estado, toda vez que
el contrato de la empresa que brinda dichos servicios, ha
finalizado el 31 de marzo del 2002, conforme se encuentra
descrito en los Informes Nºs. 007/2002-INADE-PECHP-
Imponen sanción de destitución a
cirujano-dentista del Hospital de Emer-
gencias Grau de la Gerencia Depar-
tamental de Lima
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 030-GP-GCRH-ESSALUD-2002
Lima, 27 de febrero de 2002
VISTA:
El Acta Nº 04-CPAD-ESSALUD-2002, de la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de
Lima y Callao, sobre el proceso administrativo disciplinario
instaurado mediante Resolución de Gerencia Nº 008-GP-
GCRH-ESSALUD-2002, referente al Expediente Nº 2001-
26-CPAD.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 008-GP-
GCRH-ESSALUD-2002, instauró proceso administrativo
disciplinario al servidor Manuel Marcial Osorio Milla, Ciru-
jano - Dentista del Hospital de Emergencias Grau de la
Gerencia Departamental Lima, por presunta falta de ca-
rácter administrativo disciplinario tipificada como ausencias
injustificadas, prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera-
ciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislati-
vo Nº 276;
Que, mediante Carta Nº 0023-CPAD-ESSALUD-2002 de
fecha 17 de enero del año en curso, la Comisión Perma-
nente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y
Callao, procede a notificar al servidor Manuel Marcial Oso-
rio Milla la citada resolución, en el domicilio señalado en el
Informe Nº 1212-LP-UCAEL-DP-SGAYF-GDLI-ESSALUD-
2001 para que en el término de ley presente su descargo;
Que, por Carta Nº 050-SGADA-GDA-SG-ESSALUD-
2002 de fecha 28 de enero del año en curso, la Subgeren-
cia de Administración Documentaria y Archivo de la Ge-
rencia de Administración y Archivo, devuelve a la mencio-
nada Comisión, la carta indicada en el párrafo precedente,
con la indicación de que la calle República de Panamá no
existe en el distrito de Jesús María;
Que, el día 9 de febrero del año en curso, se procede a
notificar en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de
Gerencia Nº 008-GP-GCRH-ESSALUD-2002; transcurrido
el plazo de ley para que el servidor Manuel Marcial Osorio
Milla presente su descargo de acuerdo a ley, éste no ha
cumplido con presentarlo;
Que, del análisis y evaluación del expediente, así como
de la documentación que obra en el principal, se desprende
que se le encuentra responsabilidad administrativa disci-
plinaria al servidor Manuel Marcial Osorio Milla, al no ha-
berse reincorporado a su centro de labores el día 31 de
agosto del año 2001, al haber vencido su licencia sin goce
de haber, concedida mediante Resolución Jefatural Nº 539-
DP-SGAYF-GDLI-ESSALUD-2001 conforme se despren-
de del Informe Legal plasmado en la Carta Nº 820-OAL-
GDLIMA-ESSALUD-2001;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
170º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra-
tiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo
recomendado en el Acta Nº 04-CPAD-ESSALUD-2002 por
la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis-
ciplinarios de Lima y Callao, así como por las facultades
delegadas mediante Resolución de Gerencia General
Nº 731-GG-ESSALUD-2000;
SE RESUELVE:
Primero.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTI-
TUCIÓN al servidor MANUEL MARCIAL OSORIO MILLA,
Cirujano - Dentista del Hospital de Emergencias Grau de
la Gerencia Departamental Lima, por haber incurrido en
falta disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas,
prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec-
tor Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, por
las razones expuestas en la parte considerativa de la pre-
sente resolución.
Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución a la parte
interesada con las formalidades de ley.

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