CIRCULAR Nº B 2227-2015 - Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre junio 2015 - agosto 2015

Fecha de disposición13 Junio 2015
Fecha de publicación13 Junio 2015
El Peruano
Sábado 13 de junio de 2015 554971
La Superintendencia publica a través de su página
web, información de las sanciones que imponga y que
hayan quedado rmes. La publicación se efectúa por un
período de dos años contado desde la fecha en que la
resolución quedó rme.
En los meses de enero y julio de cada año, la
Superintendencia, a través de la UIF-Perú, comunica
al Colegio de Notarios de la jurisdicción respectiva y al
Consejo del Notariado, la relación de notarios sancionados
durante el semestre anterior.”
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1249893-1
Actualización del monto máximo de
cobertura del Fondo de Seguro de
Depósitos correspondiente al trimestre
junio 2015 – agosto 2015
CIRCULAR Nº B-2227- 2015
CIRCULAR Nº B-2227-2015
F- 567-2015
CM-415-2015
CR-283-2015
Lima, 10 de junio de 2015
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Ref.: Actualización del monto máximo
de cobertura del Fondo de Seguro
de Depósitos correspondiente al
trimestre junio 2015 – agosto 2015
-------------------------------------------------
Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones
conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley Nº 26702 y sus modi catorias, así como de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General,
esta Superintendencia dispone la actualización trimestral,
correspondiente al periodo junio 2015 – agosto 2015,
del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo
de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º
de la mencionada Ley General, y sobre la base de las
condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2
del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
dispone la publicación de la presente circular.
En tal sentido, el monto máximo de cobertura que
reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante
el periodo junio 2015 – agosto 2015 se indica a
continuación:
COBERTURA DEL
FONDO DE SEGURO DE
DEPOSITOS JUNIO 2015 – AGOSTO 2015 (*)
Monto en Nuevos Soles 94,885
(*) Actualización para el trimestre junio 2015 – agosto 2015 en
base a la Variación IPM diciembre 1998 – mayo 2015: 1.53040818
Atentamente,
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1249892-1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje de Presidente y
Magistrado del Tribunal Constitucional
a Costa Rica y Uruguay, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 070-2015-P/TC
Lima, 9 de junio de 2015.
VISTAS
La Carta de invitación de fecha 2 de febrero de 2015,
cursada por el Presidente de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos y el Director del Programa Estado
de Derecho para Latinoamérica – Fundación Konrad
Adenauer, a la Presidencia del Tribunal Constitucional;
y,
CONSIDERANDO
Que mediante la comunicación de la referencia, se
invita al Presidente del Tribunal Constitucional y a una/un
magistrada/o más de la institución para participar del XXI
Encuentro de Presidentes y Magistrados de Tribunales y
Salas Constitucionales de América Latina, que se llevará
a cabo en la ciudad de San José Costa Rica, del 18 al 20
de junio de 2015;
Que en la carta de invitación, los organizadores señalan
que asumirán los costos de hospedaje y alimentación de
las personas que integren la delegación, durante los días
que dure el evento;
Que el Secretario General ha informado que
el Pleno ha tomado conocimiento de la invitación
y autorizado el viaje en su sesión de fecha 17 de
marzo de 2015, estimando que la participación del
Presidente, magistrado Óscar Marco Antonio Urviola
Hani, es muy importante y valiosa, dado que en
el evento se debatirán cuestiones complejas del
ámbito constitucional, que permitirán enriquecer la
jurisprudencia de éste Tribunal;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
7 de la Ley N.º 28301, Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional, el Reglamento Interno de Trabajo,
la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N.º 047-2002-
PCM, su modificatoria el Decreto Supremo N.º 056-
2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final de la
Ley N.º 28411 y la Directiva N.º 001-2013-DIGA/TC
aprobada por Resolución de Dirección General N.º
24/2013-DIGA/TC.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor
Presidente, magistrado Óscar Marco Antonio Urviola
Hani, del 17 al 20 de junio de 2015, a la ciudad de San
José, Costa Rica, para los nes que se exponen en la
presente.
Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto
en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del
Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
COMISIONADO FECHA DE VIAJE PASAJE
AÉREO VIÁTICOS
ÓSCAR MARCO ANTONIO
URVIOLA HANI DEL 17 AL 20 DE
JUNIO DE 2015 S/. 3,160.93 US$ 430.00
Artículo Tercero.- La presente resolución no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días
calendario siguientes de realizado el referido viaje, el
magistrado informará sobre los resultados obtenidos
con motivo de su participación en la actividad antes
mencionada.
Artículo Quinto.- Comunicar la presente resolución a la
Presidencia, a la Secretaría General, la Dirección General

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