CIRCULAR Nº 006-2010-BCRP - Índice de reajuste diario a que se refiere el art. 240 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de marzo de 2010

Fecha de disposición02 Marzo 2010
Fecha de publicación02 Marzo 2010
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Año XXVII - Nº 10915
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
ECONÓMICA Y
SOCIAL DEL PERÚ
PODER EJECUTIVO
ENERGIA Y MINAS
R.S. N° 028-2010-EM.- Aprueban Adenda a la Primera
Cláusula Adicional del Contrato de Concesión del Sistema
de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el
departamento de Ica 414896
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
D.S. N° 001-2010-MIMDES.- Aprueban Reglamento del
Consejo de Adopciones 414898
R.S. N° 001-2010-MIMDES.- Autorizan transferencia al
Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas
para la adquisición de micronutrientes destinados a
benef‌i ciarios del Subprograma Infantil del Programa
Integral de Nutrición 414901
R.M. Nº 122-2010-MIMDES.- Disponen reincorporar
o reubicar directamente al MIMDES a ex trabajadores
inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados
Irregularmente 414902
PRODUCE
R.M. Nº 044-2010-PRODUCE.- Suspenden las actividades
extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en
área del dominio marítimo que comprende las localidades
entre Atico y Matarani 414904
R.M. Nº 047-2010-PRODUCE.- Establecen Régimen
Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente
al año 2010 414905
SALUD
R.S. N° 003-2010-SA.- Autorizan viaje de profesionales
de la salud y brigadistas del Ministerio para participar
en acciones de asistencia humanitaria en Haití
414907
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
RR.SS. N°s. 009 y 010-2010-MTC.- Autorizan viajes
de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil a Chile, EE.UU., Brasil, Argentina, Guatemala,
Cuba, Venezuela y Colombia, en comisión de servicios
414908
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
R.J. Nº 060-2010-J-OPE/INS.- Modif‌i can R.J. N° 046-
2009-J-OPE/INS mediante la cual se desconcentraron
diversas facultades en el Director General de
Administración 414911
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fe de Erratas Res. Nº 042-2010-OS/CD 414913
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. Nº 060-2010-INEI.- Aprueban seis Cédulas Censales
que serán utilizadas en el “II Censo Nacional Universitario
2010” 414913
R.J. Nº 061-2010-INEI.- Aprueban Índices Unif‌i cados
de Precios de la Construcción para las seis Áreas
Geográf‌i cas, correspondientes al mes de febrero de 2010
414913
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Res. Nº 206-2010-TC-S1.- Sancionan a la empresa
Asociación de Productores Agropecuarios Artesanales y
Panif‌i cadores “Jóvenes 2007” con inhabilitación temporal
para participar en procesos de selección y contratar con el
Estado 414914
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 052-2010-P-CSJCL/PJ.- Establecen
procedimiento a seguir en caso de impedimento legal
de un magistrado o de discordia en determinada sala
penal de la Corte Superior de Justicia del Callao
414916
Sumario
414895
Lima, martes 2 de marzo de 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 2 de marzo de 2010
414896
Res. Adm. Nº 175-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del Primer Juzgado Transitorio de Paz
Letrado de Lima 414917
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Circular Nº 006-2010-BCRP.- Índice de reajuste diario a
que se ref‌i ere el Art. 240 de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al
mes de marzo de 2010 414918
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Res. Nº 063-2009-PCNM.- Sancionan con destitución a
magistrado por su actuación como Presidente y Vocal de
la Corte Superior de Justicia de San Martín 414918
Res. Nº 013-2010-PCNM.- Destituyen a magistrado por
su actuación como Juez Provisional del Segundo Juzgado
Penal de Pisco de la Corte Superior de Justicia de Ica
414922
Res. Nº 067-2010-CNM.- Declaran infundada nulidad y
recurso de reconsideración interpuestos contra la Res.
N° 063-2009-PCNM 414923
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 422-2010-MP-FN.- Designan Coordinadoras
Nacionales de los Programas “Fiscales Escolares” y
“Jóvenes Líderes hacia un futuro mejor” y nombran o
designan f‌i scales en despachos de f‌i scalías provinciales
de prevención del delito de Lima 414924
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ordenanza Nº 190-A/MDC.- Declaran de prioridad e interés
distrital la perspectiva de Igualdad de Oportunidades entre
Mujeres y Varones, como equidad de género 414925
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARA
R.A. Nº 025-2010-A/MDP/HVCA.- Exoneran de proceso
de selección la adquisición de equipo y maquinaria por
situación de emergencia 414926
PROYECTO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. Nº 044-2010-OS/CD.- Proyecto de resolución que
modif‌i ca las tarifas de los Sistemas Secundarios de
Transmisión de las empresas Red Eléctrica del Sur S.A.
e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., para el período
mayo 2010 - abril 2011 414928
SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. N° 043-2010-OS/CD.- Proyecto de Resolución que f‌i ja
los Precios en Barra aplicables al período comprendido entre
el 1 de mayo de 2010 y el 30 de abril de 2011 2 al 16
PODER EJECUTIVO
ENERGIA Y MINAS
Aprueban Adenda a la Primera Cláusula
Adicional del Contrato de Concesión del
Sistema de Distribución de Gas Natural
por Red de Ductos en el departamento
de Ica
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 028-2010-EM
Lima, 1 de marzo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 046-2008-EM,
de fecha 21 de octubre de 2008, se otorgó a la Sociedad
Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del
Perú S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento
de Ica, asimismo, se aprobó el Contrato de Concesión
del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos en el departamento de Ica a suscribirse entre el
Ministerio de Energía y Minas y la Sociedad Concesionaria
Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C., con
intervención de Transportadora de Gas del Interior S.A.
ESP., en su calidad de operador calif‌i cado;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2009-EM,
se aprobó la Primera Cláusula Adicional del Contrato de
Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos en el departamento de Ica, estableciéndose
que todos los plazos y obligaciones de la Sociedad
Concesionaria relacionadas o vinculadas con el diseño,
suministro de bienes y servicios, la construcción y puesta
en Operación Comercial del Sistema de Distribución,
incluyendo los indicados en la Cláusulas 3.2.2 (a), 3.2.2
(b), 4.1 y 9.21, así como los plazos establecidos en la
Cláusula 14 del referido contrato, quedan suspendidos
hasta que el Concedente no reciba una comunicación
por parte de la Sociedad Concesionaria que establezca
que las restricciones en el suministro y transporte de gas
no afectan el desarrollo de la Concesión dentro del plazo
máximo de doce (12) meses contados a partir de la Fecha
de Cierre, caso contrario, vencido el referido plazo, el
contrato quedará automáticamente resuelto, sin que haga
falta ninguna formalidad o acto posterior de las Partes o
de terceros;
Que, mediante Escritura Pública de fecha 30 de
setiembre de 2009, la Sociedad Concesionaria cambió
su denominación Social de Transcogas Perú S.A.C., a
CONGAS PERU S.A.C.;
Que, por medio de la Carta S/N de fecha 16 de
diciembre de 2009, CONGAS PERU S.A.C. solicita la
prórroga de los plazos estipulados en el Contrato BOOT
de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red
de Ductos para el departamento de Ica, por un plazo de
doce (12) meses adicionales o hasta que se realice la
respectiva convocatoria de asignación de capacidad de
transporte que le permita contar con la disponibilidad de
dicho servicio;
Que, la Comisión de evaluación de la modif‌i cación
del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de
Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de
Ica, designada mediante Resolución Ministerial Nº 080-
2010-MEM/DM, ha analizado la solicitud presentada por
la empresa concesionaria y ha recomendado los términos
de la modif‌i cación del contrato;
Que, resulta necesario emitir la Resolución Suprema
que aprueba la modif‌i cación de la Primera Cláusula
Adicional del Contrato de Concesión del Sistema de
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 2 de marzo de 2010 414897
Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el
departamento de Ica y designar al funcionario que deberá
de intervenir en la misma a nombre del Estado;
Que, en atención a lo establecido en el Texto Único
Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural
por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 040-2008-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Adenda a la Primera Cláusula
Adicional del Contrato de Concesión del Sistema de
Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el
departamento de Ica, que como anexo forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizar al Ingeniero Ernesto Sebastián
Barreda Tamayo, Director General de Hidrocarburos, a
suscribir en nombre del Estado Peruano, la minuta y la
escritura pública que resulten necesarias para implementar
la Adenda de la Primera Cláusula Adicional del Contrato
de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural
por Red de Ductos en el departamento de Ica a que se
ref‌i ere el artículo 1º de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
ADENDA A LA PRIMERA CLÁUSULA ADICIONAL
AL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL SISTEMA DE
DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR RED DE
DUCTOS EN EL DEPARTAMENTO DE ICA
Conste por el presente documento la adenda a la
Primera Cláusula Adicional al Contrato para el diseño,
suministro de bienes y servicios y construcción del Sistema
de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos para el
Departamento de Ica y la Explotación de los Bienes de la
Concesión (“la Adenda”), que suscriben de una parte:
- El Estado Peruano actuando a través del Ministerio de
Energía y Minas, con domicilio en Av. Las Artes N° 260, Lima
41, Perú, debidamente representado por el Director General
de Hidrocarburos Sr [ ] identif‌i cado con DNI N° [ ], debidamente
facultado mediante Resolución Suprema N°[ ] (“Concedente”);
y de la otra parte
- Congas Perú S.A.C., (antes Transcogas Perú
S.A.C.) con domicilio en Av. La Encalada 1388 Of‌i cina
804, distrito de Santiago de Surco, Lima, con RUC
Nº 20519485487, inscrita en el Registro de Personas
Jurídicas de la Of‌i cina Registral de Lima y Callao,
según consta en la partida electrónica Nº 11399486,
debidamente representada por el señor [ ], identif‌i cado
con Documento Nacional de Identidad N° [ ], según
poderes que constan inscritos en la partida electrónica
Nº [ ] (“Sociedad Concesionaria”).
- Interviene en la Adenda a la Primera Cláusula
Adicional, Transportadora de Gas del Interior S.A.
E.S.P., sociedad debidamente constituida y existente de
conformidad con las leyes de la República de Colombia, con
domicilio en [ ], inscrita en [ ]; debidamente representada
por el Sr [ ], identif‌i cado con [ ]; debidamente facultado
al efecto mediante [ ], para prestar su conformidad con
las estipulaciones de la presente Adenda (“Operador
Calif‌i cado”).
Para efectos de la presente Adenda, el Concedente, la
Sociedad Concesionaria y el Operador Calif‌i cado podrán
ser referidos de manera individual como “Parte” y de
manera conjunta como “Partes”.
Las Partes celebran la presente Adenda en los
términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA - DEFINICIONES
Toda referencia efectuada en esta Adenda a “Cláusula
“ o “Anexo” se deberá entender efectuada a Cláusulas o
Anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido
contrario. Los términos que f‌i guren en mayúsculas en la
Adenda y que no se encuentren expresamente def‌i nidos
en ésta, corresponden al contrato, a las leyes aplicables,
o a términos que son corrientemente utilizados en
mayúsculas.
CLÁUSULA SEGUNDA - ANTECEDENTES
2.1. Mediante Resolución Suprema Nº 046-2008-EM,
de fecha 21 de octubre de 2008, se otorgó a la Sociedad
Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del
Perú S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento
de Ica, asimismo, se aprobó el Contrato de Concesión
del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos en el departamento de Ica a suscribirse entre el
Ministerio de Energía y Minas y la Sociedad Concesionaria
Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C., con
intervención de Transportadora de Gas del Interior S.A.
ESP., en su calidad de operador calif‌i cado.
2.2. Por otro lado, mediante Escritura Pública de
fecha 23 de octubre de 2008, la Sociedad Concesionaria
cambió su denominación Social de Transportadora de Gas
Internacional del Perú S.A.C., a Transcogas Perú S.A.C.
2.3. Mediante Resolución Suprema Nº 015-2009-EM,
se aprobó la Primera Cláusula Adicional del Contrato de
Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos en el departamento de Ica, estableciéndose
que todos los plazos y obligaciones de la Sociedad
Concesionaria relacionadas o vinculadas con el diseño,
suministro de bienes y servicios, la construcción y puesta
en Operación Comercial del Sistema de Distribución,
incluyendo los indicados en la Cláusulas 3.2.2 (a), 3.2.2
(b), 4.1 y 9.21, así como los plazos establecidos en la
Cláusula 14 del referido contrato, se suspenden hasta
que el Concedente no reciba comunicación por parte de
la Sociedad Concesionaria que las restricciones en el
suministro y transporte de gas no afectan el desarrollo
de la Concesión dentro del plazo máximo de doce (12)
meses contados a partir de la Fecha de Cierre, caso
contrario, vencido el referido plazo, el contrato quedará
automáticamente resuelto, sin que haga falta ninguna
formalidad o acto posterior de las Partes o de terceros.
2.4. Por medio de la carta s/n de fecha 16 de
diciembre de 2009 (Expediente Nº 1948951), Congas
Perú S.A.C. solicita la prórroga de los plazos estipulados
en el “Contrato BOOT de Concesión de Distribución de
Gas Natural por Red de Ductos para el departamento de
Ica”, por un plazo de doce (12) meses adicionales o hasta
que se realice la respectiva convocatoria de asignación
de capacidad de transporte que le permita contar con la
disponibilidad de dicho servicio.
2.5. Mediante Of‌i cio Nº 319-2010-OS/GFGN-ALGN
de fecha 19 de febrero de 2010 el OSINERGMIN remite
el Informe Nº 023-2010-OS/GFGN-ALGN que señala que
no existen obligaciones contractuales exigibles ya que
dichas obligaciones se encuentran suspendidas según lo
establecido en la Primera Cláusula Adicional del “Contrato
BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos para el departamento de Ica”, asimismo
señala que respecto a las obligaciones normativas no se
evidencia su incumplimiento.
2.6. La Sociedad Concesionaria declara que a la fecha
de la suscripción de la presente Adenda está próxima a
suscribir el contrato de suministro de gas natural con el
Productor, en mérito de lo cual se levantaría la restricción
de suministro de gas natural y que para levantar la
restricción de transporte requiere como mínimo contratar
45 MMPCD en f‌i rme.
CLÁUSULA TERCERA - MODIFICACIONES AL
CONTRATO
La Partes acuerdan modif‌i car los numerales 2.3 y
2.4 e incorporar los numerales 2.5 y 2.6 de la Cláusula
Segunda del Contrato BOOT en los términos siguientes:
“CLÁUSULA SEGUNDA - MODIFICACIONES AL
CONTRATO
(...)
2.3 La suspensión señalada en la cláusula 2.2
se mantendrá hasta que la Sociedad Concesionaria
comunique al Concedente que ha suscrito el Contrato de
Servicio de Transporte en f‌i rme de gas por un volumen
mínimo de 45 MMPCD. Para dicho efecto la Sociedad
Concesionaria se obliga a participar en todos los procesos
de Oferta Pública de asignación de capacidad de transporte
que se convoquen a f‌i n de obtener la capacidad referida.

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