Chávarry afrontará proceso por encubrimiento real

Por María Isabel Álvarez

Sentado en el banquillo de los acusados, el fiscal supremo Pedro Chávarry Vallejos escuchó ayer la resolución que ordenó la apertura de un proceso penal en su contra por el presunto delito de encubrimiento real en agravio del Estado.La investigación fue dispuesta por el juez supremo instructor Hugo Núñez Julca, tras una audiencia en la que la fiscalía presentó los cargos contra Chávarry, a raíz de la denuncia de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos.Al fiscal supremo se le atribuyen dos hechos: la remoción de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del equipo especial, a pocos días de suscribirse el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht, así como el pedido de información sobre el convenio con la constructora, que tenía carácter de reservado durante su negociación.Para el juez, hay indicios suficientes para determinar la existencia del delito de encubrimiento real, el único de los que se imputaban a Chávarry y que fue aprobado por el Congreso, y el que representa una menor sanción penal, comparado con otros delitos que le atribuyó la fiscalía.El delito de encubrimiento real sanciona a la persona que dificulta la acción de la justicia con la desaparición u ocultamiento de la prueba del delito. Se castiga con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.Chávarry Vallejos afrontará el proceso con comparecencia simple. El juez Núñez Julca sostuvo que la fiscalía no solicitó ninguna medida coercitiva contra el fiscal supremo.?Procedimiento?El caso por encubrimiento real se tramita bajo los lineamientos del Código de Procedimientos Penales de 1940. El delito imputado a Chávarry no está incluido en la ley que dispuso el adelanto de la entrada en vigencia del nuevo código.Así, el proceso penal incluye dos etapas: la instrucción o período de investigación y el juicio.El juez resolvió que para el caso de Chávarry se iniciará un proceso penal sumario, que tendrá como plazo 90 días.?Es sumario en el entendido de que el delito no es grave y el plazo de la instrucción es un plazo breve, a diferencia del proceso ordinario, que se prolonga por más tiempo?, explicó el abogado penalista Luis Lamas Puccio a El Comercio.El...

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