ORDENANZA Nº 000059 - Modifican Ordenanza que creó el Bono Chalaco de Compensación para Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito que Fallezcan en las Vías de la Provincia Constitucional del Callao

Fecha de publicación03 Diciembre 2010
Fecha de disposición03 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de diciembre de 2010 430347
Que, este Planeamiento Integral tiene por f‌i nalidad
continuar con el proceso de régimen especial que permita
el saneamiento físico legal del área denominada Ex
Fundo Oquendo – Sector Este, permitiendo así unif‌i car
el uso de suelo y el desarrollo de las actividades urbanas
de manera coherente, contribuyendo a la consolidación
de las mismas y evitar los problemas que hoy se generan,
entre otras causas por la falta de vías consolidadas y la
organización del espacio urbano, lo que viene afectando
a más de ciento veinte organizaciones vecinales, por lo
que se hace necesario dar una solución integral tanto
urbanística como social al sector; asimismo, señala que
en la propuesta se ha considerado el trazo de las vías
principales pertenecientes al Sistema Vial Provincial
(arteriales, colectoras, expresas, semiexpresas,
subregionales y regionales), que permitirá ordenar de
manera coherente la ocupación de los pobladores,
además, se dará inicio a la regularización de los programas
de vivienda, asentamientos humanos y urbanizaciones
populares que se ubican en el Sector Este del Ex Fundo
Oquendo, de acuerdo a la normatividad vigente;
Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo
de Concejo Nº 000269 el mismo que aprobó el Nuevo
Planeamiento Integral del Ex Fundo Oquendo Sector Este
– Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, que
comprende el ordenamiento urbano, los usos de la totalidad
del área y el diseño de las redes y sus componentes viales,
respetando el uso del suelo y sin incluir la zona industrial, de
acuerdo al Plano de Zonif‌i cación signado con Código PZ-01,
al Plano de Esquema Vial signado con Código V-01-1/2 y al
Plano de Corte de Vías V-01-2/2, que forman parte integrante
de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes
el Informe Nº 899-2010-MPC-GGAH-GFRP de la Gerencia
de Formalización y Regulación de la Propiedad, adscrita a la
Gerencia General de Asentamientos Humanos, el Memorando
Nº 3469-2010-MPC/GGDU de la Gerencia General de
Desarrollo Urbano que hace suyo el Informe Nº 77-2010-
MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano
y Catastro, asimismo, el Informe Nº 1196-2010-MPC-GGAJC
de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación,
opinando todos ellos de manera favorable a la expedición de
la presente Ordenanza por encontrarse de acuerdo a Ley;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO
INTEGRAL DEL EX FUNDO OQUENDO SECTOR
ESTE – CERCADO DEL CALLAO, EN LA PROVINCIA
CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, QUE INCLUYE EL
ESQUEMA VIAL Y LA ZONIFICACIÓN
Artículo 1. Apruébase el Planeamiento Integral del
Ex Fundo Oquendo Sector Este - Cercado del Callao, en
la Provincia Constitucional del Callao que comprende el
ordenamiento urbano, los usos de la totalidad del área y el
diseño de las redes y sus componentes viales, respetando el
uso del suelo y sin incluir la zona industrial (quedando vigente
para esta zona lo aprobado mediante Ordenanza Municipal
Nº 000065-2008 la cual aprobó el Planeamiento Integral del
Diseño Urbano y de los Módulos Viales del Sector denominado
Ex Fundo Oquendo), de acuerdo al Plano de Zonif‌i cación
signado con Código PZ-01, al Plano de Esquema Vial signado
con Código V-01-1/2 y al Plano de Corte de Vías V-01-2/2, que
forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2. Establézcase que el Planeamiento Integral
aprobado tendrá una vigencia de diez años, teniendo
carácter obligatorio para las habilitaciones o formalizaciones
futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los
Registros Públicos, encargándose a la Gerencia General
de Asentamientos Humanos el cumplimiento de la referida
inscripción registral.
Artículo 3. Modifícase en lo correspondiente el
Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del
Callao 1995 al 2010, aprobado por Ordenanza Municipal
Nº 000018 del 5 de octubre de 1995, encargando a la
Gerencia General de Desarrollo Urbano incluir en el
mismo el Planeamiento Integral del Ex Fundo Oquendo
Sector Este – Cercado del Callao.
Artículo 4. Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Artículo 5. Publícase la presente Ordenanza Municipal
en el Diario Of‌i cial El Peruano y encárgase a la Gerencia
de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal
en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe.
Artículo 6. La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
PÍO SALAZAR VILLARÁN
Alcalde del Callao
573446-1
Modifican Ordenanza que creó el
Bono Chalaco de Compensación para
Familiares de Víctimas de Accidentes
de Tránsito que Fallezcan en las Vías de
la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000059
Callao, 17 de noviembre de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión
de fecha 17 de noviembre de 2010, aprobó la siguiente
Ordenanza Municipal:
CONSIDERANDO:
señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y el artículo 195 inciso 5 señala que
los gobiernos locales son competentes para organizar,
reglamentar y administrar los servicios públicos;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en
el artículo 38 y siguientes, establece que el ordenamiento
jurídico de las municipalidades está constituido por las
normas emitidas por los órganos de gobierno y administración
municipal de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional;
Que, por Ordenanza Municipal Nº 000069 publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 6 de enero de 2010, se
crea el Bono Chalaco de Compensación para Familiares de
Víctimas de Accidentes de Tránsito que Fallezcan en las Vías
de la Provincia Constitucional del Callao;
Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de
Concejo Nº 000280 el mismo que aprobó la modif‌i cación del
Artículo 4 de la Ordenanza Municipal Nº 000069-2009, en
el sentido que será la Gerencia General de Administración,
quien gire el cheque a los benef‌i ciarios del Bono Chalaco,
el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 416-2010-
MPC/GGTU-GTT, de la Gerencia de Transporte y Tránsito,
dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano,
el Informe Nº 050-2010-MPC/GGTU, de la Gerencia
General de Transporte Urbano, el Memorando Nº 925-2010-
MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento,
Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 1009-2010-
MPC/GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y
Conciliación, todos los cuales son favorables a la promulgación
de la presente Ordenanza;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo
Provincial del Callao, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA
LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000069
DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2009, QUE CREA
EL BONO CHALACO DE COMPENSACIÓN PARA
FAMILIARES DE VÍCTIMAS DE ACCIDENTES DE
TRÁNSITO QUE FALLEZCAN EN LAS VÍAS DE LA
PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
Artículo Primero.- Modifícase el Artículo 4 de la
Ordenanza Municipal Nº 000069 del 16 de diciembre de
2009, quedando redactado de la siguiente manera:

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