Sancionan con cese temporal a ex Director Regional Sectorial de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali

Fecha de disposición08 Octubre 2004
Fecha de publicación08 Octubre 2004
Pág. 277987
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 8 de octubre de 2004
00/100 NUEVOS SOLES) vía Licitación Pública Nacio-
nal, y asimismo solicita también las siguientes modifica-
ciones de los valores referenciales: el "Estudio Cons-
trucción y Equipamiento del Centro de Salud Defenso-
res de la Patria - Ventanilla", con un valor referencial
actual de S/. 42,200.00 (CUARENTA Y DOS MIL DOS-
CIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES); vía Adjudi-
cación Directa Selectiva; la Obra "Rehabilitación Inte-
gral del Centro Educativo Inicial Nº 091", con un valor
referencial actual de S/. 245,000.00 (DOSCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SO-
LES) vía Adjudicación Directa Selectiva; la Obra "Refor-
zando el Nivel de Salud de la 1ra. Micro Red V Red de
Ventanilla - Componente: Construcción y Equipamiento
del Centro de Salud 03 de febrero - Ventanilla, con un
valor referencial actual de S/. 830,000.00 (OCHOCIEN-
TOS TREINTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) vía
Adjudicación Directa Pública; el "Estudio Mejoramiento
y Equipamiento del Servicio de Emergencia del Hospital
Daniel Alcides Carrión", con un valor referencial actual
de S/. 66,430.00 (SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIEN-
TOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) vía Adju-
dicación Directa Selectiva; así como la Gerencia Regio-
nal de Desarrollo Social la solicitud para incluir en el
PAAC 2004, el Estudio a Nivel de Perfil del "Proyecto
Integral Complejo Polideportivo Telmo Carbajo" con un
valor referencial de S/. 18,064.20 (DIECIOCHO MIL
SESENTA Y CUATRO CON 20/100 NUEVOS SOLES)
vía Adjudicación Directa Selectiva; contando las modifi-
caciones e inclusiones solicitadas con la cobertura pre-
supuestal respectiva;
Que, el numeral 7 de la Directiva Nº 005-2003-CON-
CUCODE/PRE, aprobada con Resolución Nº 380-2003-
CONSUCODE/PRE, en concordancia con el Artículo 7º
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con De-
creto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Artículo 8º de su
Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones podrá ser modificado en cualquier momen-
to, durante el curso del ejercicio presupuestal de conformi-
dad con la asignación presupuestal o en caso de repro-
gramación de las metas propuestas, asimismo añade que
toda modificación sea por inclusión o exclusión de proce-
sos de selección deberá ser aprobado por el Titular del
Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y
comunicada al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de
los diez (10) días siguientes a dicha aprobación;
Que, en virtud de las atribuciones que le confiere los
Artículos 20º, 21º inciso "v" y 41º de la Ley N° 27867 "Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales", el numeral "4" del
Artículo 18º y Artículo 20º del Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Gobierno Regional del Callao, apro-
bado por Ordenanza Regional Nº 002-2004-REGIÓN CA-
LLAO-CR, su modificatoria con Ordenanza Regional Nº
004-2004-REGIÓN CALLAO-CR, y con la conformidad de
la Gerencia General Regional y la visación de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, la Gerencia Regional de Desarrollo
Social, Gerencia Regional de Infraestructura y de la Ge-
rencia de Administración del Gobierno Regional del Ca-
llao;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, por las consideracio-
nes expuestas, la inclusión y modificación de procesos en
el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Go-
bierno Regional del Callao, para el Ejercicio Presupuestal
del Año 2004, aprobado por Resolución Ejecutiva Regio-
nal Nº 023-2004-REGIÓN CALLAO-PR; modificaciones que
obran en Anexo y que, debidamente suscrito, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia de
Administración remita copia de la presente Resolución al
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado - CONSUCODE y, a la Comisión de Promoción de
la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, así como, la
publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano
dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de aproba-
da. Asimismo, dicha Gerencia deberá cautelar que el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones, se encuentre en
la página Web de la Entidad y a disposición de los intere-
sados para su revisión y adquisición, en la Oficina de Lo-
gística de la Entidad, ubicada en la Av. Elmer Faucett Nº
3970 - Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGELIO CANCHES GUZMÁN
Presidente
18175
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Sancionan con cese temporal a ex Direc-
tor Regional Sectorial de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construc-
ción de Ucayali
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL
Nº 0097-2004-GRU-P-GGR
Pucallpa, 29 de setiembre del 2004
VISTO.- El Informe Nº 025-2004-G.R.Ucayali-CEPAD y
demás documentos que obran en autos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Gerencial General Regional
Nº 0082-2004-GRU-P-GGR, de fecha 20 de agosto del
2004, se resolvió Aperturar Proceso Administrativo Disci-
plinario contra el Sr. Nilo Vicente Choque Antonio, ex Direc-
tor Regional Sectorial de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción de Ucayali, sobre irregularidades
en la Dirección a su cargo;
Que, habiéndose notificado al procesado mediante el
Diario Oficial El Peruano, no ha efectuado el descargo co-
rrespondiente en el plazo establecido por ley. Lo cual impli-
ca una aceptación tácita de los cargos imputados en su
contra;
Que, de los antecedentes y demás actuados del expe-
diente administrativo se tiene conocimiento que el Sr. Nilo
Vicente Choque Antonio, ex Director Regional Sectorial de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de
Ucayali con fecha 19 de agosto del 2003, celebró el contra-
to de alquiler de maquinaria Nº 015-2003-DRSTCUDR-
TERCEROS con el Ing. Edgar Vilca Justo, Ingeniero Resi-
dente para ejecutar trabajos en el núcleo ejecutor - Trocha
Carrozable - Nuevo San Pedro Km. 47, CFB;
Que, al realizar la verificación y análisis de los docu-
mentos, se observa que el contrato de alquiler de máquina
Nº 015-2003-DRSTCUDR-TERCEROS contiene omisión
de datos en su contenido tales como: No se indica la per-
sona encargada del control de la maquinaria en la obra,
asimismo adolece de muchos errores u omisiones; omi-
tiendo cláusulas que garanticen y aseguren su cumplimiento
en salvaguarda de los intereses patrimoniales de la institu-
ción; no se fijaron las probables fechas de inicio y término
del contrato; asimismo se determina que la adquisición de
combustible, repuestos, servicio de mantenimiento y repa-
ración de maquinaria no han intervino el área de abasteci-
miento, ni el área de administración financiera, contravi-
niendo la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley
Nº 27209;
Que, la carrera administrativa comprende un conjunto
de principios, normas y procesos, asimismo regula los de-
rechos y deberes que corresponde a los funcionarios y
servidores públicos ya ante la inobservancia de éstos, pue-
de ser pasible de sanción por un intermedio de un proceso
administrativo disciplinario, en el que se acopian las prue-
bas de cargo y descargo, en la que se produce la valora-
ción, con la finalidad de determinar la comisión de falta, la
participación del trabajador, su responsabilidad o irrespon-
sabilidad, así como la sanción que corresponde aplicar;
En uso de la facultad conferida por la Ley Nº 27867 -

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