RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 122-2009-CE-PJ - Disponen cese por fallecimiento de magistrada en el cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao
Fecha de publicación | 24 Abril 2009 |
Fecha de disposición | 24 Abril 2009 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 24 de abril de 2009
394954
propuesta de creación de tres Juzgados de Paz en las
siguientes circunscripciones: 1) Centro Poblado Cuyacu,
del Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes; 2) Centro
Poblado Santo Domingo de Anda; y 3) Centro Poblado
Pucayacu; ambos del Distrito de José Crespo y Castillo,
Provincia de Leoncio Prado; todos del Departamento de
Huánuco; a solicitud de las autoridades de las referidas
localidades;
6HJXQGR La propuesta presentada se fundamenta
en que las circunscripciones de Cuyacu, Santo Domingo
de Anda y Pucayacu, aproximadamente albergan a
1,180, 1,930 y 3,552 habitantes, respectivamente, y que
en su conjunto alcanza una población de 6,662, la cual
en la actualidad no tiene acceso a un oportuno servicio
de administración de justicia debido a las difi cultades
geográfi cas de la zona, teniendo en cuenta que en el caso
del Centro Poblado Cuyacu, el Juzgado más próximo se
encuentra a 17 kilómetros de distancia, y 40 minutos por
medio de transporte vehicular; mientras que de los Centros
Poblados Santo Domingo de Anda y Pucayacu, el Juzgado
más próximo está en la capital del Distrito de José Crespo
y Castillo, ubicado a 30 kilómetros de distancia; debiendo
trasladarse a los órganos jurisdiccionales más cercanos por
medio de transporte público o por caminos de herradura y
sinuosos;
7HUFHUR Al respecto, el Informe Nº 019-2009-
SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder
Judicial concluye en la factibilidad de la creación de los
Juzgados de Paz propuestos, considerando el número
de habitantes de los centros poblados, caseríos y
anexos a los que benefi ciaría su creación, y por el tipo de
confl ictos que se presentan en las referidas localidades
como son: de naturaleza civil, penal, familiar, laboral,
y notarial, entre otros; en consecuencia, teniendo en
cuenta la necesidad de contar con autoridades judiciales
en dichas circunscripciones, y siendo objetivo principal
de este Poder del Estado administrar justicia en forma
rápida y efi ciente, resulta procedente la petición que se
formula;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo
establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión
ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del
señor Consejero Enrique Rodas Ramírez, sin la intervención
del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse
excusado de asistir, por unanimidad;
RESUELVE:
$UWtFXOR3ULPHUR Crear en el Distrito Judicial de
Huánuco, los siguientes Juzgados de Paz:
',675,72'(021=Ï13529,1&,$ '(
+8$0$/Ë(6
Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado
“Cuyacu”, con competencia territorial en el mencionado
Centro Poblado, así como en los caseríos o anexos de
Yanacandado, Nueva Dely, Nueva Selva Baja y Nueva
Selva Alta.
',675,72'(-26e&5(632
3529,1&,$'(/(21&,235$'2
Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado “Santo
Domingo de Anda”, con competencia territorial en el
mencionado Centro Poblado, así como en los caseríos o
anexos de General Enrique Varela, Pampa Hermosa, Los
Jardines y Muyuna de Anda.
Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado “Pucayacu”,
con competencia territorial en el mencionado Centro
Poblado, así como en los caseríos o anexos de Nueva
Esperanza, Gezen, Consuelo, Jorge Basadre, Maronilla,
La Loma, Papayal, Alto Marona, Morona, Caimito, Los
Olivos, Milano La Unión y Nueva Aspauza.
$UWtFXOR6HJXQGR Los límites geográfi cos de los
Juzgados de Paz señalados precedentemente son los que
aparecen descritos en el informe de la Gerencia General
de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte
integrante de la presente resolución.
$UWtFXOR7HUFHURTranscríbase la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo
a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Huánuco, y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
SONIA TORRE MUÑOZ
WÁLTER COTRINA MIÑANO
ENRIQUE RODAS RAMÍREZ
Disponen cese por fallecimiento de
magistrada en el cargo de Juez titular
del Tercer Juzgado Especializado
Laboral de la Corte Superior de Justicia
del Callao
5(62/8&,Ï1$'0,1,675$7,9$
1&(3-
Lima, 21 de abril de 2009
VISTOS:
La fotocopia del Acta de Defunción expedida por
el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
- RENIEC, y el Informe Nº 046-2009-GPEJ-GG-PJ
remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón
Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial,
con relación al fallecimiento de la doctora Roxana
Felipa Colter Apaza, Juez titular del Tercer Juzgado
Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia
del Callao; y,
CONSIDERANDO:
3ULPHUR Que, de la fotocopia certificada del Acta
de Defunción expedida por el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil - RENIEC, aparece que el
día 8 de febrero del año en curso se produjo el sensible
fallecimiento de la doctora Roxana Felipa Colter Apaza,
Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral
de la Corte Superior de Justicia del Callao;
6HJXQGR Que, el inciso primero del artículo 245º
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, establece que el cargo de magistrado termina por
fallecimiento;
7HUFHURQue, en tal sentido, y habiéndose determinado
que la doctora Roxana Felipa Colter Apazafalleció el 8 de
febrero del presente año, corresponde en consecuencia,
formalizar su cese de conformidad con la norma citada
precedentemente;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en
sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor
Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de
licencia, por unanimidad;
RESUELVE:
$UWtFXOR3ULPHUR Disponer en vía de regularización,
el cese, por fallecimiento, de la doctora Roxana Felipa
Colter Apaza en el cargo deJuez titular del Tercer
Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de
Justicia del Callao, con efectividad al 8 de febrero de
2009; reconociéndosele póstumamente por los servicios
prestados a la Nación.
Descargado desde www.elperuano.com.pe
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 24 de abril de 2009 394955
$UWtFXOR6HJXQGR Transcríbase la presente
resolución a la Presidencia del Poder Judicial, al
Consejo Nacional de la Magistratura, a la Ofi cina de
Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao,
y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fi nes
correspondientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
SONIA TORRE MUÑOZ
WÁLTER COTRINA MIÑANO
ENRIQUE RODAS RAMÍREZ
Prorrogan plazo de funcionamiento
de la Segunda Sala de Derecho
Constitucional y Social Transitoria
de la Corte Suprema de Justicia de la
República
5(62/8&,Ï1$'0,1,675$7,9$
1&(3-
Lima, 21 de abril de 2009
VISTO:
El Ofi cio Nº 50-2009-CS-PJ, cursado por el Presidente
de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República; y;
CONSIDERANDO:
3ULPHUR Que, este Órgano de Gobierno por
Resolución Administrativa Nº 026-2009-CE-PJ, su
fecha 28 de enero de 2009, prorrogó el funcionamiento
de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República por el término de tres (03) meses, a partir del
01 de febrero de 2009;
6HJXQGR Que, el Presidente de la Segunda Sala de
Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte
Suprema, ha solicitado que se disponga la prórroga del
funcionamiento de la citada Sala por el término de ley, a
fi n de continuar con la descarga procesal;
7HUFHUR Que, del informe estadístico remitido aparece
que aún queda considerable número de causas pendientes
de resolver, resultando necesario disponer la prórroga del
funcionamiento del referido órgano jurisdiccional, por el
término de tres (03) meses;
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de
sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en
el artículo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria
de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier
Román Santisteban por encontrarse de licencia, por
unanimidad;
RESUELVE:
$UWtFXOR3ULPHURProrrogar por el término de tres (03)
meses, a partir del 01 de mayo de 2009, el funcionamiento
de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República.
$UWtFXOR6HJXQGR Transcríbase la presente
Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía
de la Nación, Ministerio de Justicia, Salas de Derecho
Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de
la República, y a la Gerencia General del Poder Judicial,
para su conocimiento y fi nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
SONIA TORRE MUÑOZ
WÁLTER COTRINA MIÑANO
ENRIQUE RODAS RAMÍREZ
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Aprueban nómina de profesionales
y especialistas hábiles para el año
judicial 2009 en el Registro de Peritos
Judiciales - REPEJ de la Corte Superior
de Justicia de Huaura
5(62/8&,21$'0,1,675$7,9$
13&6-+$3-
Huacho, 30 de marzo de 2009.
EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE HUAURA
VISTOS: La Resolución Administrativa N°09-2009-
P-CSJHA-PJ del 7 de enero del 2009, la Resolución
Administrativa N° 139-2009-P-CSJHA-PJ; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21° del Reglamento de Peritos
Judiciales, establece que anualmente los Peritos
Judiciales deberán revalidar su inscripción, previo pago
del derecho correspondiente.
Que, mediante Resolución Administrativa N° 09-2009-
P-CSJHA-PJ se dispuso el plazo para el pago del derecho
de revalidación de los peritos judiciales para el año 2009,
estableciéndose como fecha máxima el 13 de febrero del
presente.
Que, mediante Resolución Administrativa N° 139-
2009-P-CSJHA-PJ se amplió el plazo para el pago del
derecho de revalidación de los peritos judiciales hasta el
24 de marzo del año en curso.
Que, mediante Informe N° 10-2009-SJ-FANZ-CSJHA/
PJ el Encargado del Área de Servicios Judiciales y
Recaudación de la Corte Superior de Justicia de Huaura,
remite la relación de los peritos judiciales que han cumplido
con realizar el pago por concepto de revalidación dentro
de los plazos establecidos; solicitando se apruebe la
nómina que adjunta con la resolución respectiva.
Que, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 19º del Reglamento de Peritos Judiciales y en
Resolución Administrativa N° 011-SE-TP-CME-PJ, esta
Presidencia procede a emitir la resolución que aprueba
la nómina Peritos Aptos para el presente año, por haber
cumplido con efectuar el pago del derecho por concepto
de revalidación dentro del plazo otorgado.
Que, estando a los considerandos expuestos y en
uso de las facultades conferidas al Presidente de la Corte
Superior de Justicia por el artículo 90° del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
$UWLFXOR3ULPHUR APROBAR la nómina de
profesionales y especialistas hábiles para el año judicial
Descargado desde www.elperuano.com.pe
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