RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 060-2009-CE-PJ - Cesan por límite de edad a Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho

Fecha de publicación01 Marzo 2009
Fecha de disposición01 Marzo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391659
Con el debido respeto por la decisión de la mayoría,
emito el siguiente voto:
VOTO EN DISCORDIA DE LA CONSEJERA DRA.
SONIA TORRE MUÑOZ
VISTOS, el expediente administrativo que contiene
la solicitud de traslado por razones de salud de su menor
hija presentada por el magistrado Luis Alberto Garzón
Castillo, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado
Penal de Tarapoto, Corte Superior de Justicia de san
Martín; Y
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el magistrado recurrente, viene
ejerciendo función jurisdiccional en el distrito judicial
de San Martín, desde el veinticinco de abril del año
dos mil cinco, al haber sido nombrado Juez Titular del
Primer Juzgado Especializado en lo Penal, mediante
resolución Nº 624-2005-CNM del 05 de abril del
referido año;
Segundo: Que, su ejercicio funcional, se ha visto
opacado por la enfermedad de su menor hija V.G.C.;
quien casi desde la fecha de su instalación en dicha
sede judicial, comenzó a sufrir constantes problemas
bronquiales y alérgicos; aparejando su dicho con los
informes médicos de folios diez y once, emitidos por
el Ministerio de Salud – Hospital de Apoyo I - Banda
de Shilcayo, donde se evidencia que la menor fue
tratada en el Hospital Banda de la citada localidad
en el servicio de pediatría, al presentar un cuadro
asmático, con bronco dilatadores y corticoesteroides;
precisándose que por las condiciones climatológicas y
entorno no se permite una mejora total, sugiriéndose
a su mérito tratamiento por alergista en un Centro
de Mayor Complejidad así como cambio de clima,
concordante ello con el Informe Médico de Essalud de
Tarapoto inserto a folios doce;
Tercero: El reglamento de traslados de
magistrados, aprobado por resolución Administrativa
número 052-93-CE-PJ establece en su artículo tercero,
que por razones de salud, se entiende cuando la
atención de una dolencia del magistrado, su cónyuge
o hijos menores requiera tratamiento especializado
permanente que no se pueda obtener en la sede de
origen, o cuando su clima o ubicación geográfica les
sean perjudiciales a su salud; sin embargo en el caso
materia de pronunciamiento, nos encontramos que el
articulante no ha colmado las exigencias formales para
sustentar válidamente su traslado, pues sólo corre en
Autos el informe médico sustentatorio favorable del
IPSS de su lugar de origen, obviándose presentar
el correspondiente al lugar de destino, omisión que
genera en inviable por ahora el petitorio;
Por tales consideraciones, de conformidad a lo previsto
en el artículo 82º, inciso - 12 del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, MI VOTO, es como
sigue:
Artículo Primero.- Declarar infundada la solicitud
de traslado por motivos de salud de su hija presentada
por el magistrado Luis Alberto Garzón Castillo, Juez
Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de
Tarapoto, Corte Superior de Justicia de San Martín.
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente
resolución al señor Presidente de la Corte Superior de
San Martín y al interesado, para su conocimiento y f‌i nes
consiguientes.
Lima, 4 de setiembre de 2008
SONIA B. TORRE MUÑOZ
Consejera
Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial
317720-1
Cesan por límite de edad a Vocal titular
de la Corte Superior de Justicia de
Ayacucho
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 060-2009-CE-PJ
Lima, 27 de febrero de 2009
VISTO:
El informe Nº 005-2009-GPEJ-GG/PJ remitido por
la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la
Gerencia General del Poder Judicial, con relación al
cese por límite de edad del señor Nilo Raúl Palacios
García, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de
Ayacucho; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, mediante Resolución Suprema Nº
179-90-JUS, de fecha 28 de junio de 1990, se nombró al
señor Nilo Raúl Palacios García Vocal titular de la Corte
Superior de Justicia de Ayacucho;
Segundo: Que, el artículo 245º del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece
que el cargo de magistrado termina, entre otras causales,
por cesantía o jubilación;
Tercero: Al respecto, del informe Nº 005-2009-
GPEJ-GG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y
Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder
Judicial, así como de la partida de nacimiento y de la
fotocopia de la f‌i cha del Registro de Identidad - RENIEC
anexa, aparece que el señor Nilo Raúl Palacios García
nació el 1 de marzo de 1939, y en consecuencia el 1
de marzo del año en curso cumplirá setenta (70) años
de edad; por ende corresponde disponer su cese por
límite de edad, de conformidad con lo previsto en el
concordado con el artículo 186º, inciso a), del Decreto
Supremo Nº 005-90-PCM;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en
sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del
señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse
de vacaciones, por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir
del 1 de marzo del año en curso, al señor Nilo Raúl
Palacios García en el cargo de Vocal titular de la Corte
Superior de Justicia de Ayacucho; dándosele las gracias
por los servicios prestados a la Nación.
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente
resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo
Nacional de la Magistratura, Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte
Superior de Justicia de Ayacucho, Gerencia General del
Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y
f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN
SONIA TORRE MUÑOZ
WÁLTER COTRINA MIÑANO
ENRIQUE RODAS RAMÍREZ
317720-2
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