RESOLUCION DIRECTORAL N° 4898-2012-MTC/15 - Autorizan ampliación de local ubicado en la provincia de Lima a Cervanco Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación28 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 28 de diciembre de 2012
482926
establecimiento autorizado por la Dirección General
de Transporte Terrestre para realizar la conversión del
sistema de combustión de los vehículos originalmente
diseñados para la combustión de gasolina, al sistema
de combustión de GNV mediante la incorporación de un
kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto
dispone de personal técnico capacitado, instalaciones,
equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento
y reparación de los equipos de conversión, del motor
dedicado instalado y del vehículo convertido en general;
Que, estando a lo opinado por la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 365-
2012-MTC/15.03.A.A, se advierte que la documentación
presentada con los documentos señalados en vistos,
cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La
Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que es procedente
emitir el acto administrativo correspondiente;
De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo
Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias; y la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-
MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones Directorales
Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado
al rango de Decreto Supremo conforme Artículo 2 del
Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa SERVICAR
NORTE EIRL, como Taller de Conversión a Gas Natural
Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión
correspondiente, en el local ubicado en Mz. A Lt. 3
Asociación San Juan de Dios – Los Olivos, por el plazo
de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución Directoral en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2º.- La empresa SERVICAR NORTE EIRL,
bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección
General de Transporte Terrestre del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones el correspondiente
“Certif‌i cado de Inspección del Taller” vigente emitido por
alguna Entidad Certif‌i cadora de Conversiones antes del
vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
Presentación
Primera Inspección anual del taller 11 de octubre de 2013
Segunda Inspección anual del taller 11 de octubre de 2014
Tercera Inspección anual del taller 11 de octubre de 2015
Cuarta Inspección anual del taller 11 de octubre de 2016
Quinta Inspección anual del taller 11 de octubre de 2017
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certif‌i cado de Inspección del Taller”
vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo 3º.- La empresa SERVICAR NORTE EIRL,
bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil extracontractual contratada antes del
vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 03 de octubre de 2013
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 03 de octubre de 2014
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 03 de octubre de 2015
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 03 de octubre de 2016
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 03 de octubre de 2017
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías
(SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral
para las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Circulación
y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución
Directoral.
Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación
en el Diario Of‌i cial El Peruano. Siendo de Cargo de la
empresa SERVICAR NORTE EIRL, los gastos que origine
su publicación.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
879435-1
Autorizan ampliación de local ubicado
en la provincia de Lima a Cervanco
Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada, para funcionar como Escuela
de Conductores Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 4898-2012-MTC/15
Lima, 7 de diciembre de 2012
VISTOS:
Los Partes Diarios N°s 126885 y 143041, presentados
por la empresa denominada CERVANCO SOCIEDAD
COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 2482-
2011-MTC/15 de fecha 08 de julio de 2011, se autorizó
a la empresa denominada CERVANCO SOCIEDAD
COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con
RUC N° 20537123398 y domicilio en Av. Santa Mercedes
N° 367, Urbanización Palao, Distrito de San Martín de
Porres, Provincia y Departamento de Lima, para funcionar
como Escuela de Conductores Integrales, en adelante
La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento
Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores
y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado
El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos
teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos
motorizados de transporte terrestre, propugnando una
formación orientada hacia la conducción responsable y
segura a los postulantes para obtener una Licencia de
Conducir;
Que, mediante Resolución Directoral N° 1703-2012-
MTC/15 de fecha 04 de mayo de 2012, se autorizó a La
Escuela, la modif‌i cación de su domicilio citado en el párrafo
precedente al local ubicado en Av. Alfredo Mendiola N°
313, Urb. Ingeniería, 5ta Etapa, Distrito de San Martin de
Porres, Provincia y Departamento de Lima;
Que, mediante Resolución Directoral N° 3866-2012-
MTC/15 de fecha 09 de octubre de 2012, se autorizó a
La Escuela para impartir los cursos de capacitación para
obtener licencia de conducir de la Clase A Categoría I;
Que, mediante Parte Diario N° 126885 de fecha 17
de octubre de 2012, La Escuela presenta solicitud sobre
ampliación de autorización para funcionar como Escuela
de Conductores Integrales, en el nuevo local ubicado en
Av. Puente Piedra N°s 844 y 846, 1er y 2do piso, Mz A
Lote 16, Asociación Pasaje San Miguel Los Gramadales,
Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de
Lima, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y
prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de
transporte terrestre, propugnando una formación orientada
hacia la conducción responsable y segura a los postulantes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR