Disponen celebración del Sexto Matrimonio Civil Masivo a realizarse el 11 de diciembre de 2004
Fecha de disposición | 22 Septiembre 2004 |
Fecha de publicación | 22 Septiembre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 22 de setiembre de 2004
ORDENA:
Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la
Ordenanza Regional Nº 001-2004-GRU/CR, el mismo que
queda redactado de la siguiente manera: "Proponer al Po-
der Ejecutivo la eliminación en parte, de dos (2) incentivos
tributarios que rigen en la Región Ucayali:
a) El Reintegro Tributario del Impuesto General a las
Ventas a los comerciantes por los bienes similares y susti-
tutos que se producen en la región.
b) Exoneración del Impuesto General a las Ventas a la
importación de bienes destinadas al comercio para el con-
sumo en la región, manteniéndose vigente la exoneración
correspondiente a la importación de maquinarias y equi-
pos, e insumos para el sector productivo".
Artículo Segundo.- Modificar el artículo tercero de la
Ordenanza Regional Nº 001-2004-GRU/CR, quedando re-
dactado de la siguiente forma: "Encargar al Presidente del
Gobierno Regional de Ucayali realice las gestiones perti-
nentes, para que los recursos que se recauden como con-
secuencia del levantamiento de las exoneraciones tributa-
rias sean revertidos a favor del presupuesto del Gobierno
Regional de Ucayali, correspondiendo el 70% para la eje-
cución de proyectos de inversión y el 30% para apoyo so-
cial debidamente calificado a sectores de extrema pobre-
za, en lo que se refiere atención de salud, educación y ali-
mentación".
Artículo Tercero.- El Informe Final emitido por la Comi-
sión Multisectorial forma parte de la Ordenanza Regional
Nº 001-2004-GRU/CR y la presente Ordenanza Regional
modificatoria.
Artículo Cuarto.- Quedan vigente los demás extremos
de la Ordenanza Regional Nº 001-2004-GRU/CR.
Artículo Quinto.- Publicar la presente Ordenanza Re-
gional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de cir-
culación local.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
CAYO VILLACORTA RENGIFO
Presidente (e)
16990
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen celebración del Quinto Matri-
monio Civil Masivo a realizarse el 13
de noviembre de 2004
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 11-2004-A/MC
Comas, 10 de setiembre del 2004
VISTO: El Informe Nº 216-04-SGRC-GDH/MC, de fe-
cha 19 de agosto del 2004, emitido por la Subgerencia de
Registro Civil, y en cumplimiento de su Plan de Acción para
el presente año, en lo que corresponde a la Celebración
del Quinto Matrimonio Civil Masivo, para el 13 de noviem-
bre del año en curso; y,
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Mu-
nicipal propiciar las bases sólidas de formación de la fami-
lia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protec-
ción como célula básica de la sociedad en armonía a nues-
tro ordenamiento jurídico;
Que, en armonía a lo consagrado por el Art. 4º de la
Constitución Política, es obligación del Estado promover y
proteger a la familia por ser Instituciones Naturales y fun-
damentales de la sociedad;
Que, habiendo solicitado la Parroquia “Cristo Liberador”
del AA.HH. Año Nuevo, la realización del Matrimonio Civil
Masivo, para el día 13 de noviembre del año en curso en
su sede parroquial, y a efectos de apoyar al mismo, la Mu-
nicipalidad ha programado la realización del Quinto Matri-
monio Civil Masivo del presente año;
Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, es
necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes a
fin de que puedan formalizar su unión, por lo que se les
debe dispensar de la publicación de los edictos matrimo-
niales, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código
Civil;
Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil,
Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de Asesoría Le-
gal y Gerente Municipal; y,
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni-
ca de Municipalidades Nº 27972, y el Art. 252º del Código
Civil;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Disponer la Celebración del Quinto
Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día 13 de noviem-
bre del 2004.
Artículo Segundo.- Dispensar de la publicación de los
Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la refe-
rida celebración.
Artículo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano,
a través de la Subgerencia de Registro Civil, adoptará las
horas de atención más adecuados y brindará las facilida-
des que requieren los contrayentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
17052
Disponen celebración del Sexto Matri-
monio Civil Masivo a realizarse el 11
de diciembre de 2004
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 12-2004-A/MC
Comas, 10 de setiembre del 2004
VISTO: El Informe Nº 217-2004-SGRC-GDH/MC de fe-
cha 20 de agosto del 2004, emitido por la Subgerencia de
Registro Civil, y en cumplimiento de su Plan de Acción para
el presente año, en lo que corresponde al Sexto Matrimo-
nio Civil Masivo, por el Aniversario del distrito de Comas
para el día 11 de diciembre del año en curso; y,
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Mu-
nicipal propiciar las bases sólidas de formación de la fami-
lia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protec-
ción como célula básica de la sociedad en armonía con
nuestro ordenamiento jurídico;
Que, en armonía a lo consagrado por el artículo 4º de
la Constitución Política, es obligación del Estado promover
y proteger a la familia por ser Instituciones naturales y fun-
damentales de la sociedad;
Que, con ocasión de celebrarse el 42º Aniversario del
distrito de Comas, la Municipalidad ha programado la reali-
zación del Sexto Matrimonio Civil Masivo, para el día 11 de
diciembre del 2004;
Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, es
necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes
que en su mayoría por la carencia de recursos económi-
cos no han formalizado su unión, por lo que se les debe
dispensar de la publicación de los edictos matrimoniales, a
tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil;
Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil,
Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de Asesoría legal
y Gerente Municipal; y,
En el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgá-
nica de Municipalidades Nº 27972, y el Art. 253º del Códi-
go Civil;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Disponer la celebración del Sexto
Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día sábado 11 de
diciembre del 2004.
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