62 10-2005-A/MC - Disponen celebración del Segundo Matrimonio Civil Masivo

Fecha de disposición07 Septiembre 2005
Fecha de publicación07 Septiembre 2005
Pág. 299821
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 7 de setiembre de 2005
Artículo Sétimo.- MULTAS TRIBUTARIAS
En el caso de contribuyentes que sean propietarios o
poseedores de predios ubicados en centros poblados
precarios, que tengan la condición de omisos a la
presentación de la Declaración Jurada de inscripción de
predios; gozarán del beneficio que a continuación se
detalla:
REQUISITOS BENEFICIO OTORGADO
1º Presentación de la DD.JJ. de Inscripción Condonación del 100% del valor
2º Regularización de adeudos de Impuesto Predial de la Multa Tributaria por omiso
y arbitrios a la fecha, mediante pago al contado y/o a la Inscripción
fraccionado.
Artículo Octavo.- DESISTIMIENTO
En caso que se hubiere iniciado procedimiento
contencioso ante la Municipalidad respecto de la deuda
materia de acogimiento, el contribuyente deberá desistirse
expresamente. Si el procedimiento se ha iniciado o se
tramita ante otros órganos o instancias deberá acreditarse
el desistimiento con la copia autenticada del escrito
presentado.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente Ordenanza, así como la prórroga de su
vigencia de ser necesario.
Segunda.- Encargar a las Gerencias y Subgerencias
competentes el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
15316
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Aprueban Calendario del Proceso
Electoral de Convocatoria de Elección
de Representantes de la Sociedad Civil
ante el Consejo de Coordinación Local
Distrital para el período 2005-2007
DECRETO Nº 009-05-MDCH
Chaclacayo, 5 de septiembre del 2005
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE CHACLACAYO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 066-MDCH,
de fecha 9 de octubre del 2003, se aprobó el Reglamento
que norma el Proceso de Elección de los representantes
de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local
Distrital de Chaclacayo para el período 2003 -2005;
Que, el Artículo 15 de la citada Ordenanza determina
los plazos de la Convocatoria para la Elección, en
concordancia con la segunda disposición transitoria que
faculta al señor Alcalde a convocar a la Elección a los
representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y con
las facultades contenidas en el numeral 6) del Artículo
DECRETA:
Artículo Primero.- ESTABLECER el día 7 de
septiembre del 2005 como fecha de Convocatoria de
Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante
el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período
2005 - 2007 del distrito de Chaclacayo, el mismo que se
llevará a cabo a horas 09:00 A.M. en el local de la
Biblioteca Municipal sito entre Las Dalias y Las Magnolias
dentro del Parque Lia Lavalle.
Artículo Segundo.- APROBAR el Calendario del
Proceso Electoral
8 septiembre al 5 de octubre Registro de Organizaciones
Representantes de la Sociedad Civil
y sus Delegados
6 septiembre al 12 de octubre Presentación Impugnaciones y Tachas
13 de octubre Publicación definitiva de Organizaciones
Inscritas
15 de octubre Taller de Capacitación a Candidatos
(Biblioteca Municipal calle Las
Dalias a horas 03.00 p.m.)
20 de octubre Presentación de Candidaturas
6 de noviembre Acto Electoral (09.00 a.m. hora exacta)
(Biblioteca Municipal Calle Las Dalias)
Publicación de resultados
Proclamación y juramentación
de elegidos
Artículo Tercero.- Encargar al Comité Electoral la
conducción y desarrollo del Proceso de Elección.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR GONZALES ANDRADE
Alcalde
15389
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen celebración del Segundo
Matrimonio Civil Masivo
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 10-2005-A/MC
Comas, 23 de agosto de 2005
VISTO: El Informe Nº 114-05-SGRC-GDH/MC de
fecha, 10 de agosto del 2005, emitido por la Subgerencia
de Registro Civil, y en cumplimento de su Plan de Acción
para el presente año, en lo que corresponde al Segundo
Matrimonio Civil Masivo, por el "Mes de la Primavera -
Semana de La Juventud" programado para el 24 de
setiembre del año en curso; y,
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo primordial de la presente Gestión
Municipal propiciar las bases sólidas de formación de la
familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y
protección como célula básica de la sociedad en armonía
con nuestro ordenamiento jurídico;
Que, es labor funcional administrativa, crear medios
para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y
protección de la familia, que el marco jurídico exige;
Que, en armonía a lo consagrado por el artículo 4º de
la Constitución Política, es obligación del Estado promover
y proteger a la familia por ser instituciones naturales y
fundamentales de la sociedad;
Que, con ocasión de celebrarse el Mes de la Primavera
- Semana de La Juventud la última semana del mes de
setiembre, la Municipalidad ha programado la realización
del Segundo Matrimonio Civil Masivo del año 2005, para
el día sábado 24 de setiembre del 2005;
Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo,
es necesario dar las facilidades del caso a los
contrayentes que en su mayoría por la carencia de
recursos económicos no han formalizado su unión, por lo
que a los que justifiquen oportunamente se les debe
dispensar de la publicación de los edictos matrimoniales,
a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil;
Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil,
Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de Asesoría
Legal y Gerente Municipal; y,

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