29 012-MCPMSMH - Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario

Fecha de publicación23 Junio 2002
Fecha de disposición23 Junio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 23 de junio de 2002
misma, organizar, reglamentar y administrar la presta-
ción de tales servicios, atendiendo a las necesidades del
ciudadano;
Que siendo objetivo y preocupación de esta Municipa-
lidad, coadyuvar a la presentación de la unidad familiar
como núcleo básico de la integridad y el desarrollo de
esta comunidad, con el fin de beneficiar a los vecinos
que deseen regularizar su estado civil jurídico legal y en
especial la de los hijos menores que requieren consoli-
dar legalmente sus vínculos de paternidad;
Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 23853 - Ley Or-
gánica de Municipalidades con el voto unánime de los
señores Regidores, se emite la siguiente Ordenanza:
Artículo 1º.- Autorizar la Celebración del Matrimonio
Civil Comunitario, que se llevará a cabo el día viernes 19
de julio del 2002.
Artículo 2º.- Los contrayentes que se acojan a los
alcances de esta Ordenanza, efectuarán el pago único
de S/. 50.00 nuevos soles por los derechos de apertura
de pliego matrimonial y por ceremonia.
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la
Oficina de Registro Civil el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Establecen disposiciones para la aplica-
ción de las Ordenanzas Nºs. 104 y 105-
MSS relativas a la tramitación y otorga-
miento de licencias de construcción y
proyectos de vivienda
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 04-2002-MSS
Santiago de Surco, 20 de junio de 2002
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 104-MSS publicada en
el Diario Oficial El Peruano el 1.JUN.2002, se dispuso
dejar en suspenso a partir de la entrada en vigencia de la
misma, es decir desde el 2.JUN.2002 y hasta el
31.DIC.2002, la tramitación y otorgamiento de Licencias
de Construcción de proyectos de conjuntos residencia-
les ubicados en zonas R-1S, R-1, R-2 y R-3, en áreas de
estructuración III, del distrito de Santiago de Surco, pla-
zo durante el cual se elaborará la propuesta técnica de
reglamentación especial para conjuntos residenciales,
para su inclusión en el Plan Urbano del distrito de Santia-
go de Surco, aprobado por Ordenanzas Metropolitanas
Nºs. 199 y 224-MML;
Que, mediante Ordenanza Nº 105-MSS se establecie-
ron disposiciones para efectuar el cálculo de la densidad
en las edificaciones multifamiliares y conjuntos residen-
ciales, a fin de fijar un único criterio sobre la materia para
la aprobación de proyectos y anteproyectos relativos a
los mismos;
Que, a fin dar cumplimiento a lo dispuesto en las or-
denanzas mencionadas en los considerandos preceden-
tes, resulta necesario se expidan normas reglamentarias
que permitan su correcta interpretación y aplicación con
el objeto de no vulnerar los derechos legítimos de los
recurrentes así como los de los vecinos del distrito;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 103º
de la Constitución Política del Estado de 1993, que con-
sagra el principio jurídico de irretroactividad de la ley;
Estando a los Informes Nºs. 217-2002-DDU-MSS y
934-2002-OAJ-MSS emitidos por la Dirección de Desa-
VEHÍCULOS MENORES CON MOTORES DE CUATRO TIEMPOS QUE
USAN DIESEL COMO COMBUSTIBLE
Volumen desplazamiento nominal cc Opacidad : k(m-1) Opacidad en %
Mayores de 50 cc (3) 2.1 60
(3) Vehículos menores de 50 cc no requieren prueba de emisiones.
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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Modifican Reglamento de Organiza-
ción Interior del Concejo de la Muni-
cipalidad
EDICTO Nº 001-2002-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO;
En Sesión Ordinaria de fecha y con el Dictamen Nº
017-2002-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos
aprobó la Modificación del Edicto Nº 019-93-MSI del 25
de febrero de 1993;
Artículo Primero.- APRUÉBESE la Modificación del
Artículo 5º y suspensión del inciso d) del Artículo 11º del
Reglamento de Organización Interior del Concejo de la
Municipalidad de San Isidro, aprobado por Edicto Nº 019-
93-MSI del 25 de febrero de 1993 y cuyo texto es el si-
guiente:
"Artículo Quinto.- El número legal de miembros del
Concejo Distrital de San Isidro es de Diez (10)".
Artículo Segundo.- El presente Edicto entrará en vi-
gencia, por excepción a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, lo
promulgo en San Isidro a los diecisiete días del mes de
junio de dos mil dos.
GASTÓN BARÚA LECAROS
Alcalde
11168
MUNICIPALIDAD DEL CPM
SANTA MARÍA DE HUACHIPA
Autorizan celebración de matrimonio
civil comunitario
ORDENANZA Nº 012-MCPMSMH
C.P.M. Santa María de Huachipa, 17 de mayo de 2002
EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO
MENOR DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA
POR CUANTO:
El Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de mayo
del 2002, la Ordenanza sobre la Celebración del Matri-
monio Civil Comunitario;
CONSIDERANDO:
Que es función municipal fomentar el bienestar de los
vecinos y el desarrollo integral, armónico de las circuns-
cripciones de su jurisdicción, siendo competencia de la

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