2475 04-2002-MDLO/ALC - Autorizan celebración de matrimonio comunitario en el distrito

Fecha de publicación03 Julio 2002
Fecha de disposición03 Julio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 3 de julio de 2002
das al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 47º inciso
6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la
Ordenanza Nº 032-MDCH;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigen-
cia del beneficio de condonación de los intereses y moras
de las Deudas Tributarias y Administrativas aprobado me-
diante Ordenanza Nº 032-MDCH, el cual se entenderá
vigente hasta el 31 de julio del 2002.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad-
ministración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Co-
activa y a la Unidad de Informática el cabal cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
11802
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Disponen embanderamiento de predios
y que vecinos cumplan con limpieza y
pintado de fachadas
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2002/MJM
Jesús María, 1 de julio de 2002
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DE JESÚS MARÍA
CONSIDERANDO:
Que, el próximo 28 de julio del año 2002, se celebra el
181º Aniversario de la Declaración de la Independencia
Nacional del Perú, y es política de la actual Gestión Muni-
cipal, incentivar la participación cívica del vecindario, afir-
mando los sentimientos de respeto a nuestros símbolos
nacionales;
Que, en tal sentido se hace necesaria la participación
cívica del vecindario mediante el embanderamiento, lim-
pieza y/o pintado de todos los predios ubicados en el dis-
trito de Jesús María;
Que, la Ordenanza Nº 068-MJM, aprueba el Cuadro
del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipa-
lidad de Jesús María, que establece sanciones por no Izar
la Bandera Nacional en las fechas y en la forma determi-
nada por el Gobierno Central o Municipal, así como por
no limpiar las fachadas de sus propiedades;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
contenidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER que a partir del día si-
guiente de la publicación del presente Decreto de Alcal-
día, los vecinos de Jesús María cumplan con la limpieza
y/o pintado de las fachadas de sus predios.
Artículo Segundo.- DISPONER el Embanderamiento
de los predios privados, públicos y comerciales, a partir
del 15 de julio hasta el 31 de julio de 2002, con motivo de
celebrarse el 181º Aniversario de la Declaración de la In-
dependencia Nacional del Perú.
Artículo Tercero.- El incumplimiento del presente De-
creto, dará lugar a la aplicación de las sanciones corres-
pondientes.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Imagen Ins-
titucional y a la División de Policía Municipal, el cumpli-
miento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN
Alcaldesa
11692
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Autorizan celebración de matrimonio
comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 04-2002-MDLO/ALC
Los Olivos, 28 de junio del 2002
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LOS OLIVOS
VISTOS: El Informe Nº 032-02/MDLO/OREC de la Uni-
dad de Registro Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26497 publicada el 12 de julio de 1995,
se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil - RENIEC, encargado de organizar y mantener el Re-
gistro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos
y actos vitales;
Que, en virtud a la norma citada, mediante Resolución
Jefatural Nº 023-96-JEF publicada el 11 de abril de 1996,
se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que fun-
cionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales
las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las
personas naturales;
Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el ma-
trimonio y protege a la familia considerándolos como ins-
titutos naturales y fundamentales de la sociedad perua-
na;Que, a través del Informe del Visto, el Jefe de la Uni-
dad de Registro Civil, propone acoger la iniciativa del
Reverendo Padre José Cuperstein Sánchez de realizar
un matrimonio comunitario con ocasión de celebrarse
un aniversario más de fundación de la Parroquia Reina
de los Cielos y cumplirse 50 años de labor pastoral de
Monseñor Miguel Fitzguerald cuya ceremonia central se
llevaría a cabo el 24 de agosto próximo; para tal efecto
se cuenta con el permiso y las exoneraciones del obis-
pado;
Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto
denanza Municipal Nº 031-97/CDLO, el Art. 250º del Có-
digo Civil, Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso
de las atribuciones conferidas en el Artículo 47º, incisos
6) y 12), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- AUTORÍCESE, LA CELEBRACIÓN
DEL MATRIMONIO COMUNITARIO a realizarse el día sá-
bado 24 de agosto del 2002 con ocasión de celebrarse un
aniversario más de fundación de la Parroquia Reina de
los Cielos y conmemorarse 50 años de labor pastoral de
Monseñor Miguel Fitzguerald, cuyo cronograma se deta-
lla a continuación:
- Inicio de Inscripciones :1 de julio.
- Cierre de Inscripciones :16 de agosto.
- Firma de Actas :17, 21 y 22 de agosto.
- Ceremonia Central :24 de agosto.
- Lugar :Urb. Villasol.
- Hora :5.00 p.m.
Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE, como único
pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 50.00
(Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo además ad-
juntarse los siguientes requisitos:
a. Partidas de Nacimiento de ambos contrayentes en
original.
b. Copia simple de las Libretas Electorales, D.N.I. o
C.I.P. de ambos contrayentes.
c. Declaración Jurada de Estado Civil, Domicilio y de
Salud como firma legalizada ante Notario Público.
d. Publicación del Edicto Matrimonial en un diario de
circulación nacional.
e. Recibo de pago de la Tasa Única.
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad del Re-
gistro Civil, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el pre-

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