RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 019-2010-CED-CSJLN/PJ - Disponen presentar solicitudes al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial relativas a procesos que se inicien a favor de adolescentes infractores y niños en abandono moral o material y de procesos en trámite en Juzgados del Módulo Básico de Justicia de Condevilla

Fecha de disposición29 Diciembre 2010
Fecha de publicación29 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431885
Disponen presentar solicitudes al
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
relativas a procesos que se inicien a
favor de adolescentes infractores y
niños en abandono moral o material
y de procesos en trámite en Juzgados
del Módulo Básico de Justicia de
Condevilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 019-2010-CED-CSJLN / PJ
Lima Norte, uno de diciembre dos mil diez
VISTO Y CONSIDERANDO:
Primero: En la actualidad en la CSJLN existen 3
Módulos Básicos de Justicia y los Juzgados de Puente
Piedra: 1) El MBJ de Carabaillo, creado por R.A. 1302-
CME-PJ de 12 de Octubre de 2000, el que cuenta con
1 Juzgado Mixto; 2) el MBJ de Los Olivos, creado por
R.A. 1301 CME-PJ del 12 de Octubre de 2000, en el que
funcionan 2 Juzgados Mixtos y 3) El MBJ de Condevilla
creado por RA 121-2001 CE-PJ del 28 de Septiembre de
2001, en el que funcionan 3 Juzgados Mixtos
Segundo: Según las normas de creación de estas
unidades jurisdiccionales, los Juzgados Mixtos debían
conocer entre otras, todos las materias de la especialidad
familia; no obstante, respecto a los procesos de
adolescentes infractores con medida de entrega a sus
padres o responsables o niños en abandono moral o
material, sólo los Juzgados Mixtos del MBJ de Condevilla
tramitan este tipo de procesos, derivando los procesos
de infractores con medida de internamiento a la sede
central.
Tercero: Esta situación genera además desigualdad
en la labor que realizan los juzgados mixtos de la CSJLN,
a pesar de tener competencias similares, no existiendo
motivos para que dicha situación continúe prolongándose
en el tiempo.
Cuarto: De acuerdo a la información estadística
correspondiente al año 2009 los Juzgados Mixtos del MBJ
de Condevilla1 han recibido un ingreso promedio mensual
de 66 expedientes; el Juzgado Mixto de Carabayllo2
un ingreso promedio mensual de 56 expedientes y los
Juzgados Mixtos del MBJ de Los Olivos3 un ingreso
promedio mensual de 30 expedientes.
Quinto: Por otro lado en la sede central funcionan
2 Juzgados de Familia que conocen de manera
exclusiva los procesos de adolescentes infractores
con mandato de entrega a sus padres o responsables
o internamiento, así como los procesos de niños en
abandono moral o material, los que han tenido un
ingreso promedio mensual de 31 expedientes, durante
el año 20094;
Sexto: Si bien para solucionar la problemática de
los Juzgados Mixtos de Condevilla se ha previsto el
funcionamiento de 2 Juzgados Mixtos Transitorios, al ser
esta una solución únicamente temporal, resulta necesario
adoptar decisiones que resuelvan el problema de manera
permanente.
Sétimo: En este contexto, atendiendo al número
elevado de ingresos de expedientes a los Juzgados
Mixtos del MBJ de Condevilla y considerando que los
2 Juzgados de Familia ( 5º y 7º Juzgado de Familia)
cuentan con la especialidad en adolescentes infractores
y niños declarados en abandono, resulta imprescindible
disponer que estos últimos Juzgados de Familia
conozcan también todos los procesos de adolescentes
infractores y niños declarados en abandono del MBJ
de Condevilla, decisión que permitirá resolver estos
procesos con la celeridad y especialidad que se
requiere.
Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital
de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en uso de
sus atribuciones conferidas por el artículo 96 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de fecha
veintiséis de noviembre del año en curso, por unanimidad
sin la intervención del señor Consejero Francisco Rozas
Escalante.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: SOLICITAR al Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial:
a. Que todos los procesos que se inicien a favor de
los adolescentes infractores y niños en abandono moral
o material que correspondan al Módulo Básico de Justicia
de Condevilla sean conocidos por el 5º y 7º Juzgado de
familia de la sede central.
b. Que los procesos que se encuentren en trámite en
los Juzgados del Módulo Básico de Justicia de Condevilla,
continuarán siendo conocidos por dichas unidades
jurisdiccionales.
Artículo Segundo: ELEVESE la presente resolución
a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
a f‌i n de que si lo tienen a bien, conceda lo solicitado en la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
CARLOS A. CALDERON PUERTAS
WALTER ALFREDO DIAZ ZEGARRA
MARIA ELISA ZAPATA JAÉN
CARLOS TUMES RISCO
1 Repertorio Estadístico Junio 2010, publicado por la Corte Superior de
Justicia de Lima Norte, Depósito Legal Nº 2010-04877 p.51.
2 op. cit. p,50
3 op. cit. p. 53
4 op.cit. p.49
583071-2
Disponen la permanencia de juez
supernumeraria del Trigésimo Noveno
Juzgado Civil de Lima durante licencia
por salud de magistrada
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
PRESIDENCIA
Of‌i cina de Coordinación Administrativa
y de Asuntos Jurídicos
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 978-2010-P-CSJLI-PJ
Lima, 27 de diciembre del 2010
VISTOS:
Resolución Administrativa: 765 y 938-2010-P-CSJLI/
PJ, de fecha 28 de setiembre y 24 de noviembre del 2010;
respectivamente, y,
CONSIDERANDOS:
Que, mediante el ingreso Nº 75690-2010, de fecha 23
de diciembre del presente año, la doctora Eddy Luz Vidal

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