ORDENANZA N° 018-2012-CDB - Establecen diversas disposiciones destinadas a preservar la tranquilidad y seguridad pública del distrito

Fecha de disposición18 Noviembre 2012
Fecha de publicación18 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 18 de noviembre de 2012 478977
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Establecen diversas disposiciones
destinadas a preservar la tranquilidad
y seguridad pública del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 018 -2012-CDB
Bellavista, 29 de octubre del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
BELLAVISTA, en su sesión de fecha 29 de Octubre de
2012; y,
CONSIDERANDO:
Estado, consagra el concepto de Autonomía Municipal.
Garantía Institucional sobre la base de la cual las
Municipalidades tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia,
Que, en el artículo , inciso 22 de la Carta Magna,
establece el derecho de toda persona a la paz, a la
tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así
como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 78º
competencia y función de la municipalidad velar por la
salud y tranquilidad del vecindario;
Que, el artículo 84º del mismo cuerpo normativo
señala que las Municipalidades en materia de programas
sociales, defensa y promoción de derechos y en materia
de promoción de desarrollo económico local, ejercen
entre sus funciones, el de contribuir al diseño y políticas
y planes nacionales en sus tres niveles de gobierno al
desarrollo social y de protección y apoyo a la población en
riesgo, promoviendo el desarrollo integral de la juventud
para el logro de su bienestar social;
Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana a través
de los Informes Nº 035 y 040-2012-MDB-GPSC viene
informado que se requiere contar con una Ordenanza
Municipal a f‌i n de regular la preservación de la tranquilidad
y seguridad pública en el Distrito por lo que remite
el proyecto de Ordenanza precisando que la misma
permitirá que las personas residentes y transeúntes del
Distrito de Bellavista puedan gozar de un ambiente de
tranquilidad evitando el consumo de drogas no legales y
estupefacientes en vías o áreas de uso público; así como
los actos contrarios a la moral y las buena costumbres
efectuando las coordinaciones con la Policía Nacional del
Perú f‌i n de efectuar las intervenciones que se necesiten;
Que, mediante Memorando Nº 672-2012-MDB-GSS,
la Gerencia de Servicios Sociales informa que la presente
Ordenanza benef‌i ciará a la población de nuestro distrito,
en especial a los niños y adolecentes, regulando la
preservación y la tranquilidad y seguridad pública en el
Distrito de Bellavista;
Que, mediante Informe Nº 051 -2012-MDB-GDE, la
Gerencia de Desarrollo Económico pone en conocimiento
que resulta necesario la formulación de una Ordenanza
que regule y sancione el consumo de drogas en la vía
pública, a solicitud de los vecinos del distrito, con el f‌i n de
hacer frente a situaciones y circunstancias que puedan
afectar o alterar la sana convivencia ciudadana;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el
Informe Nº 278-2012-MDB-GAJ, opina que le proyecto de
Ordenanza permitirá reducir los actos contra la moral y
las buenas costumbres, logrando disminuir el consumo de
drogas en el distrito, dado que en la actualidad los jóvenes
resultan ser el sector más vulnerable, permitiendo la
Ordenanza que la Municipalidad pueda ejercer funciones
en materia de promoción de desarrollo económico local,
ello en el marco de las disposiciones expuestas en la Ley
Orgánica de Municipalidades, artículo 84º, siendo de la
Opinión que resulta viable su aprobación;
De conformidad con lo establecido en el artículo 40º
Concejo Municipal aprobó la siguiente
ORDENANZA QUE PRESERVAN LA
TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD PUBLICA
EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA
Artículo 1º. – ESTABLEZCASE, que las facultades
de la autoridad Edil únicamente se circunscribe a la
prevención, rehabilitación e imposición de sanciones
de carácter administrativo de las conductas infractoras,
dejando a salvo la persecución de las conductas tipif‌i cadas
como ilícitos penales a la autoridades competentes.
Artículo 2º. – PROHIBASE, en las vías y áreas de
uso públicas del distrito de Bellavista, y SANCIONESE las
siguientes conductas:
a) Ingerir bebidas alcohólicas de cualquier tipo
o graduación de conformidad con lo dispuesto en la
Ordenanza Nº 007-2011-MDB que regula el expendio y
consumo de Bebidas alcohólicas en el Distrito.
b) Consumir drogas no legales y/o estupefacientes de
cualquier tipo
c) Miccionar o defecar.
d) Actos de naturaleza sexual reñidos con la moral y
las buenas costumbres.
Las conductas referidas en los numerales a), b) y d)
del párrafo anterior, incluyen las realizadas en el interior
de vehículos de cualquier tipo estacionados en las vías o
áreas de uso público en el distrito.
Artículo 3º.- SANCIONESE, a la persona natural
o jurídica, conductora, poseedora o propietaria de
establecimientos en donde se realice actividad económica,
o casa habitación que facilite las conductas tipif‌i cadas en
el inciso a) y b) del artículo segundo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS,
TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- INCORPORASE en el cuadro Único de
Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento
de Aplicación de Sanciones, aprobado mediante
Ordenanza Nº 013-2007-MDB, las Infracciones y
sanciones siguientes:
CODIGO INFRACCIONES % BASE OTRAS
ACCIONES
J-29
Dar facilidades o
promover el consumo
de drogas no legales
y/o estupefacientes en
vías o áreas de uso
público del distrito
100% UIT Clausura
Temporal
J-30
Consumir Drogas
no legales y/o
estupefacientes en
vías o áreas de uso
público del distrito
100% UIT
J-31
Miccionar en vías o
áreas de uso público
del distrito
10% UIT Restitución
J-32
Realizar actos de
Naturaleza sexual
reñidos con la moral y
las buenas costumbres
10% UIT
Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Seguridad Ciudadana y Serenazgo tomar las acciones
correspondientes para el cumplimiento de la presente
ordenanza, caso contrario aplique las sanciones
respectivas.
Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad
Ciudadana y Serenazgo coordinar con la Policía Nacional

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