ORDENANZA N° 006-2014-CDB - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el TUPA de la Municipalidad

Fecha de disposición11 Abril 2014
Fecha de publicación11 Abril 2014
El Peruano
Viernes 11 de abril de 2014 520849
ubicado en Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92
(denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongación
Tacna S/N Distrito de Santiago de Surco) y se elaboró
el expediente técnico que sustenta la declaración de
habilitación urbana de of‌i cio;
Que, el predio está considerado dentro del Área
de Tratamiento Normativo II, con zonif‌i cación: RDM -
Residencial de Densidad Media, aprobada por Ordenanza
Nº 1076-MML, publicada el 08 de Octubre de 2007; se
ubica en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco,
sector priorizado en el Artículo 1, de la Ordenanza Nº
388-MSS (…) Disponer la identif‌i cación de predios
registralmente calif‌i cados como Rústicos conforme lo
establece el artículo 24 de la Ley Nº 29090, que se
encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando
aquellos predios rústicos ubicados en los Sectores
1, 2 y 3 del distrito de Santiago de Surco (…); en ese
sentido resulta procedente habilitar de of‌i cio las zonas en
cuestión;
Que, de acuerdo a los antecedentes registrales,
el terreno rústico ubicado en la Urbanización Cercado
Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado
frente a la Prolongación Tacna S/N Distrito de Santiago de
Surco), se encuentra inscrito en la Partida Nº 11446433;
cuenta con un área de 545.18 m2, conforme consta en
la Rectif‌i cación de área inscrita en el asiento B00002,
asimismo en el asiento B) se detallan los Linderos y
Medidas Perimétricas del predio, de la siguiente manera,
por el frente: colinda con la Prolongación Tacna con 9.20
ml.; por la derecha: Entrando colinda con propiedad de
terceros, con una línea quebrada de tres tramos, el primer
tramo de 6.93 ml, el segundo tramo de 7.79 ml, el tercer
tramo de 26.53 ml.; por la izquierda: Entrando colinda con
el sub-lote “A” con una línea quebrada de tres tramos el
primer tramo de 22.80 ml, el segundo tramo de 9.44 ml,
el tercer tramo de 21.52 ml.; por el fondo: Colinda con
propiedad de terceros con 16.73 ml.;
Que, se ha determinado que la zona a habilitar de
of‌i cio no tiene en trámite ante la municipalidad ningún
procedimiento de habilitación urbana, ni de regularización
de una ejecutada, ni de recepción de obras de habilitación
urbana a la fecha de publicación de la Ley Nº 29898,
Ley que modif‌i ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones, ni está inmerso
en los supuestos indicados en el Artículo 40-D del Decreto
Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA;
Que, con Informe Nº 184-2014-GAJ-MSS, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta
de la Habilitación Urbana de Of‌i cio de la mencionada
zona, resulta legalmente procedente, teniendo en
cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de
Of‌i cio, es un procedimiento excepcional que compete
a las Municipalidades; en consecuencia corresponde
al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo
declare;
Estando al Informe Nº 78-2014-GDU-MSS de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 123-2014-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, al Informe Nº 184-2014-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica; y al amparo de la Ley
Nº 29090 y su modif‌i catoria Ley Nº 29898, Ordenanza Nº
388-MSS y el Decreto de Decreto de Alcaldía Nº 11-2011-
MSS y en uso de las facultades conferidas por los artículo
20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR la HABILITACIÓN
URBANA DE OFICIO del predio ubicado en Urbanización
Cercado Manzana 2416 Lote 92, ubicado en el Sector 1,
que se denominará Urbanización Cercado Manzana 2416
Lote 92, del distrito de Santiago de Surco; inscrito en la
Partida Registral Nº 11446433, de la Zona Registral Nº IX,
Sede Lima, Of‌i cina Registral Lima, de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos; de acuerdo al asiento
B00002, el predio cuenta con un área de 545.18 m2. y
el perímetro es de 120.94 ml, cuya titularidad registral
corresponde al Señor Miguel Angel Francisco Jordán
Mejía.
Artículo Segundo.- APROBAR los planos PU-09-
2014-SGPUC-GDU-MSS, PP-010-2014-SGPUC-GDU-
MSS, PTL-011-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-012-2014-
SGPUC-GDU-MSS; que forman parte del expediente
técnico.
Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente
el Cuadro General de Distribución de Áreas de la zona
señalada en el artículo primero, contenido en el plano PTL-
011-2014-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS
MANZANA 2416 LOTE 92
DESCRIPCIÓN ÁREA TOTAL (M2)%
ÁREA ÚTIL 471.90 86.56
ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 73.28 13.44
ÁREA TOTAL 545.18 100.00
Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción Registral
del cambio de rustico a urbano del predio ubicado en
Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado
Sub Lote B ubicado frente a la Prolongación Tacna S/N Distrito
de Santiago de Surco), al haberse declarado la Habilitación
Urbana de Of‌i cio, de acuerdo a los planos PU-09-2014-
SGPUC-GDU-MSS, PP-010-2014-SGPUC-GDU-MSS,
PTL-011-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-012-2014-SGPUC-
GDU-MSS; que forman parte de la presente Resolución,
acto que se formalizará mediante la gestión individual del
propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral
Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán
publicados en la página web institucional de la Municipalidad
de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe.
Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56º, de la Ley
de uso y dominio público.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana
de Lima copia de la presente Resolución y de los planos
que la sustentan.
Artículo Sexto.-. ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de la presente Resolución, en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GÓMEZ BACA
Alcalde
1072006-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Modifican el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) y el
TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 006-2014-CDB
Bellavista, 27 de marzo del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo expresa el Artículo 194º de la
Constitución Política del Estado, concordante con el artículo
II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía

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