ORDENANZA N° 024-2012-CDB - Establecen mantener vigencia de la Ordenanza N° 019-2009-CDB para el Ejercicio 2013

Fecha de disposición30 Diciembre 2012
Fecha de publicación30 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484839
Administración Tributaria y Rentas Nº 063-2012-MDB-
GATR y de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 373-2012-
MDB-GAJ, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
Nº 104-2012-MDB-GPP y contando con el voto por
unánime de los señores Regidores asistentes a la Sesión
de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
BENEFICIOS PARA PENSIONISTAS Y DESCUENTO
POR PRONTO PAGO DE LAS TASAS DE ARBITRIOS
MUNICIPALES ESTABLECIDAS PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2013
Artículo 1º.- Apruébese un descuento del 50% del
monto insoluto por concepto de Arbitrios Municipales de
Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del
ejercicio 2013, para aquellos contribuyentes que cumplan
con la condición de pensionista conforme a lo establecido
en la parte considerativa de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- Apruébese descuentos por el pronto
pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo, para los contribuyentes
cuyos predios correspondan al uso de casa habitación
en general, así como los predios destinados a otros
usos de hasta 100. m2, siempre que cancelen hasta el
28 de febrero del ejercicio 2013, bajo las condiciones
siguientes:
- Descuento del 20% en el monto de insoluto de
los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques
y Jardines y Serenazgo) del ejercicio 2013, siempre y
cuando se encuentre al día en sus pagos por concepto de
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio
2012.
- Descuento del 10% en el monto de insoluto de
los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques
y Jardines y Serenazgo) del ejercicio 2013, siempre y
cuando se encuentre al día en sus pagos por concepto de
Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2012.
Artículo 3º.- Apruébese descuentos por el pronto
pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo, para los contribuyentes
no contemplados en el Artículo 2º de la presente, siempre
que cancelen hasta el 28 de febrero del ejercicio 2013,
bajo la condición siguiente:
Descuento del 10% en el monto de insoluto de los
Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y
Jardines y Serenazgo) del ejercicio 2013, siempre y
cuando se encuentre al día en sus pagos por concepto de
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio
2012.
Artículo 4º.- Deléguese a la Subgerencia de
Informática, Subgerencia de Imagen Institucional y la
Gerencia de Administración Tributaria y Rentas la difusión
y cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
IVAN RIVADENEYRA MEDINA
Alcalde
882687-1
Establecen mantener vigencia de la
Ejercicio 2013
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 024-2012-CDB
Bellavista, 23 de diciembre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
BELLAVISTA, en su sesión de fecha 23 de diciembre de
2012; y,
CONSIDERANDO:
su artículo 194º, que las Municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local y gozan
de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, asimismo en su artículo
74º les otorga la potestad tributaria para crear, modif‌i car
y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales; dentro de su jurisdicción;
Que, en aplicación del artículo 60º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que
conforme a lo establecido por el inciso 4) del artículo
195º y por el articulo 74º de la Constitución Política del
Perú, las Municipalidades crean, modif‌i can y suprimen
contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones
dentro de los límites que f‌i ja la ley;
Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone en
la Segunda Norma del Título Preliminar, en concordancia
con el artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Tributación Municipal, que los Arbitrios Municipales, son
tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento
de un servicio público individualizado en el contribuyente;
siendo así, en la Cuarta Norma del citado Título Preliminar
dispone que los Gobiernos Locales pueden crear,
modif‌i car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos
y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y
con los límites que señala la Ley, ello mediante Ordenanza
Municipal;
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
Municipalidad de Bellavista brinda a sus contribuyentes
los servicios de emisión mecanizada de actualización
de valores y determinación de tributos, así como su
distribución a domicilio; asimismo, en la referida norma
se faculta a las municipalidades que brindan los referidos
servicios, a cobrar no más del 0.4% de la UIT vigente al 1
de Enero de cada ejercicio.
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 0019-2009-
CDB, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 06 de
noviembre del 2009, se aprobaron las estructuras de
costos y estimación de ingresos que, como anexo forman
parte de la misma, que establece el importe del derecho
de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación de tributos y distribución de cuponeras
relativo al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del
ejercicio f‌i scal 2010, misma que mantuvo vigencia para el
ejercicio f‌i scal 2011, mediante la Ordenanza 0015-2010-
CDB, publicada el 05 de diciembre del 2010 y para el
ejercicio f‌i scal 2012,mediante la Ordenanza Nº 018-2011-
CDB, publicada el 30 de Diciembre del 2011;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso
de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo
27972, contando con el voto por unánime de los señores
Regidores asistentes a la Sesión de Concejo y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE MANTENER
PARA EL EJERCICIO 2013 LA VIGENCIA DE LA
DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE
DECLARACIONES JURADAS DE AUTOAVALÚO Y
HOJAS DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y
ARBITRIOS
Primero.- Mantener para el ejercicio 2013 la
vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 019-2009-CDB,
sobre Derecho de Emisión y Distribución a domicilio
de Declaraciones Juradas de Autoavalúo y Hojas de
Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
(Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo) del
ejercicio 2010.

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