DECRETO SUPREMO N° 005-2009-MINAM - Categorizan la Zona Reservada Pampa Hermosa como Santuario Nacional Pampa Hermosa

Fecha de disposición27 Marzo 2009
Fecha de publicación27 Marzo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 27 de marzo de 2009
393204
Que:
1. El producto se origina de aves procedentes de una
zona (condado o condados) que cumple con los criterios
de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) para
ser considerada como libre de inf‌l uenza aviar notif‌i cable
(H5 y H7) y enfermedad de Newcastle.
2. (Elegir una de las alternativas) Los productos fueron
sometidos a tratamiento con calor mínimo a 118°C durante
por lo menos 40 minutos o a un proceso de hidrolización
continua a una temperatura mínima de 122°C durante
por lo menos 15 minutos o un tratamiento alternativo que
alcanza o excede estos parámetros de procesamiento.
3. (Especif‌i car que son aves) Los animales (aves)
de donde proviene el producto se originan de plantas
de sacrif‌i cio autorizadas of‌i cialmente y el producto es
procesado en plantas de rendering autorizadas por la
autoridad of‌i cial competente de los Estados Unidos.
4. (Elegir una de las alternativas) El producto se origina
de plantas de rendering que no procesan materiales de
origen rumiante, procesan solo aves y/o cerdos utilizando
líneas y equipos dedicadas que garantiza que no hay
contaminación cruzada con otros materiales de origen no
aviar y/o porcina.
5. El producto fue manufacturado a tiempos y
temperatura suf‌i cientes para destruir patógenos
microbiológicos de interés como Salmonella que garantice
obtener un producto comercial estéril apto para consumo
animal.
6. El producto ha sido envasado en empaques nuevos,
en el caso de empaque individual. En el caso de productos
a granel, los contenedores han sido cuidadosamente
lavados de acuerdo a las buenas prácticas de manufactura.
Un rotulado proporciona el nombre y ubicación de la planta
procesadora y la fecha de embarque. USDA - APHIS le ha
asignado a la planta de producción el siguiente número de
aprobación:______.
7. El producto fue procesado bajo condiciones
sanitarias de acuerdo a las buenas prácticas de
manufactura incluyendo precauciones para prevenir
la contaminación del producto con agentes patógenos
después del procesamiento, incluyendo el virus de la
inf‌l uenza aviar.
8. El producto fue transportado en vehículos y
contenedores lavados. Han sido identif‌i cados con un sello
único en el contenedor y este sello se mantuvo intacto al
momento de la exportación.
PARAGRAFO:
I.- El importador previo al internamiento del producto
al Perú, presentará una Declaración Jurada en la que
indique que este producto no será destinado a rumiantes,
e indicará la especie de destino.
ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN
SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN ESTADOS
UNIDOS, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS
ZOOSANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS
VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES
DESCRITAS.
DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS
REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN
LUGAR A RECLAMO.
329002-1
AMBIENTE
Categorizan la Zona Reservada Pampa
Hermosa como Santuario Nacional
Pampa Hermosa
DECRETO SUPREMO
Nº 005-2009-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Perú establece que es obligación del Estado promover
la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas
Naturales Protegidas;
Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales
Protegidas, y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las Áreas
Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o
marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos
y declarados como tales, incluyendo sus categorías y
zonif‌i caciones, para conservar la diversidad biológica y
demás valores asociados de interés cultural, paisajístico
y científ‌i co, así como por su contribución al desarrollo
sostenible del país; las cuales constituyen patrimonio de
la Nación, y su condición natural debe ser mantenida a
perpetuidad;
Que, la Zona Reservada Pampa Hermosa fue
establecida mediante Resolución Ministerial Nº 0275-
2005-AG publicada con fecha 11 de marzo de 2005, con
una superf‌i cie 9 575,09 ha ubicada en los distritos de
Huasahuasi y Chanchamayo, de las provincias de Tarma
y Chanchamayo respectivamente, del departamento
de Junín, asimismo quedó conformada la comisión
encargada de formular la propuesta de ordenación
territorial para la categorización def‌i nitiva de la Zona
Reservada Pampa Hermosa, la cual estuvo integrada por
un representante de la Intendencia de Áreas Naturales
Protegidas, quien la preside, un representante de la
Municipalidad Provincial de Tarma, un representante
de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo,
un representante de la Municipalidad Distrital de
Huasahuasi, un representante de la Municipalidad
Distrital de Chanchamayo, y un representante del
Gobierno Regional de Junín;
Que, la Resolución Ministerial Nº 317-2007-AG, del 17
de abril de 2007, amplía por un período de seis meses
las funciones de la comisión encargada de formular la
propuesta de ordenación territorial para la categorización
def‌i nitiva de la Zona Reservada Pampa Hermosa;
Que, en reunión de la comisión de categorización
para la Zona Reservada Pampa Hermosa, llevada a
cabo el día 15 de octubre de 2007 en las instalaciones
de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, se hizo
entrega al Instituto Nacional de Recursos Naturales del
documento y acervo documentario del expediente técnico
con la propuesta técnica para la categorización de la Zona
Reservada Pampa Hermosa;
Que, mediante Informe Nº 361-2007-INRENA-
IANP-DPANP de la Intendencia de Áreas Naturales
Protegidas, se presenta el “Expediente Técnico para
el Establecimiento del Santuario Nacional Pampa
Hermosa”, sustentado, sobre la base de estudios y
evaluaciones de campo realizadas por los miembros
de la comisión de categorización y que a su vez
corren en el expediente justificatorio respectivo,
determinando que la categoría más adecuada es la de
Santuario Nacional, según la delimitación y extensión
que se indica;
Que, Pampa Hermosa está ubicada en la Gran
Cuenca del Río Amazonas, Sub Cuenca I del Río
Ucayali, Sub Cuenca II del Río Tambo, Sub Cuenca
III del Río Perené, Sub Cuenca IV del Río Tarma, Sub
Cuenca V del Río Oxabamba; comprende parte de la
Sub Cuenca VI-A del Río Ulcumayo y Sub Cuenca VI-
B del Río Casca;
Que, Pampa Hermosa alberga una muestra residual
para el Perú de bosques de Cedrela lilloi (cedro de altura)
con más de 40 m de altura, asimismo representa un pool
genético de especies de valor económico (cedro, nogal,
ulcumano, diablo fuerte), de la misma manera alberga
especies endémicas y de distribución geográf‌i ca y
altitudinal restringida;
Que, Pampa Hermosa, se constituye en una muestra
representativa de bosque residual del ecosistema de
selva alta, con tres zonas de vida: bosque muy húmedo
- Premontano Tropical (bmh-PT), bosque muy húmedo
- Montano Bajo Tropical (bmh - MBT) y bosque pluvial
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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