El caso y las casas de PPK

Tres resoluciones judiciales en la investigación al expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) llevan a reflexiones desalentadoras sobre los procesos por lavado de activos en el Perú. Las imputaciones se derivan de asesorías financieras que brindó a diversas obras, la mayoría relacionadas con Odebrecht, antes y después de que ejerciera prominentes cargos públicos, desde donde, según la imputación, habría direccionado proyectos a compañías a él vinculadas. Fue ministro de Economía y Finanzas, presidente de Pro Inversión y primer ministro. El fiscal José Domingo Pérez lo considera líder de una organización criminal de varias empresas y cuatro personas ?él, un exsocio chileno, su secretaria y su chofer?, que se dedicó a blanquear dinero procedente de contrataciones públicas supuestamente dolosas entre el 2001 y el 2015. Las investigaciones están por cumplir seis años. No es posible saber cuándo se producirá un juicio oral, por defectos atribuibles al Ministerio Público. Lo que va quedando claro es que el imputado fue víctima de abusos inaceptables en un Estado de derecho.El pasado 22 de mayo, el juez Jorge Chávez Tamariz anuló la acusación penal que pedía 35 años de cárcel. Encontró violación del debido proceso. Fue consecuencia de una tutela de derechos planteada por tres imputados ante la abrupta decisión del fiscal de dar por concluida la investigación preparatoria. Solo un día antes les había sido notificado un informe pericial-contable respecto del cual no pudieron hacer alguna observación. Este tipo de dictámenes son esenciales en un caso de lavado de activos, sobre todo en uno complejo como el que afronta PPK, con hasta siete empresas involucradas, y con flujos presumiblemente ilícitos que se movieron de aquí para allá durante muchos años. Tampoco se habían tomado tres declaraciones testimoniales que favorecían su descargo y que estaban programadas por la fiscalía. En el auto, Chávez Tamariz desestimó las alegaciones de José Domingo Pérez, para quien a PPK no le alcanzaban los derechos invocados, como el de reclamar una tutela en cualquier momento del proceso.Para el juez, esa es una visión restringida de las garantías del sistema. Concluyó que hubo afectación del derecho a la defensa, que implica capacidad de obtener información para contradecir. Con el tiempo, el juez parece haber ganado criterio, porque tres años antes, el 19 de abril del 2019, resolvió enviar al expresidente a una cárcel común ?pese a sus enfermedades, a sus 81 años...

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