1007 066-2002-PCM - Encargan la Cartera de Economía y Finanzas al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

Fecha de disposición31 Enero 2002
Fecha de publicación31 Enero 2002
Pág. 216594
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 31 de enero de 2002
Encargan la Cartera de Economía y Fi-
nanzas al Ministro de Transportes, Co-
municaciones, Vivienda y Construcción
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 066-2002-PCM
Lima, 29 de enero de 2002
CONSIDERANDO:
Que, el doctor PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD,
Ministro de Economía y Finanzas, se ausentará del país
en Misión Oficial;
Que, es necesario encargar el Despacho del Ministerio
de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministerio
de Economía y Finanzas al ingeniero LUIS CHANG RE-
YES, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda
y Construcción, a partir del 31 de enero de 2002, en tanto
dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
2157
Autorizan viaje de representantes de
PROMPERU a España para participar
en la Feria "FITUR 2002"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 028-2002-PCM
Lima, 24 de enero de 2002
Visto, la Carta 62.2002/PP.SE de la Secretaria Ejecuti-
va de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; y,
CONSIDERANDO:
Que, del 30 de enero al 3 de febrero de 2002, en la ciudad
de Madrid, España, se llevará a cabo la Feria Internacional
de Turismo - "FITUR 2002", evento en el cual la Comisión de
Promoción del Perú - PromPerú, tiene previsto participar, toda
vez que España constituye un importante país emisor de tu-
ristas hacia el Perú y dada la competencia con otros países,
se presentarán nuevas alternativas de viajes turísticos al país,
proveyéndolos con información actual y precisa, con el fin de
incrementar el flujo turístico español;
Que, resulta pertinente autorizar el viaje de dos funcio-
narios especializados de la Comisión de Promoción del
Perú - PromPerú, quienes tendrán a su cargo los aspectos
inherentes a la organización del stand, así como las coor-
dinaciones con autoridades internacionales de turismo, au-
toridades diplomáticas peruanas, contacto con prensa es-
pecializada, operadores turísticos y público en general;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y
en concordancia con el Decreto Supremo Nº 048-2001-
PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Lyda Gar-
cía Cortes, Coordinadora del Area de Ferias y de la señora
Mariella Ausejo Vidal, Gerente de Marketing e Imagen de
la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, a la ciu-
dad de Madrid, España; del 26 de enero al 4 de febrero de
2002, para los fines a que se contrae la parte considerati-
va de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo del Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 002, Comisión de Promoción del
Perú - PromPerú, del Pliego 001 Presidencia del Consejo
de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Lyda García Cortes
- Viáticos :US$ 2600.00
- Pasaje Aéreo :US$ 1203.62
- Tarifa Corpac :US$ 25.00
Mariella Ausejo Vidal
- Viáticos :US$ 2600.00
- Pasaje Aéreo :US$ 1203.62
- Tarifa Corpac :US$ 25.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las funcionarias designadas
deberán presentar a la Institución un Informe detallado,
describiendo las acciones realizadas durante el viaje auto-
rizado, conjuntamente con la entrega de la rendición de
cuentas correspondiente a los viáticos entregados.
Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu-
ción, no otorgará derecho a exoneración de impuestos o
de derechos aduaneros de ninguna clase.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
2020
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de delito de peculado en agravio de
PROMPERU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 029-2002-PCM
Lima, 24 de enero de 2002
Visto, la Carta Nº C.31.2002/PP.SE de la Secretaría
Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROM-
PERU;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promo-
ción del Perú solicita el trámite de expedición de la Resolu-
ción Ministerial autoritativa para iniciar las acciones lega-
les pertinentes derivadas del Informe Especial Nº 01-2002-
02-3958, denominado "Informe Especial sobre faltante de
efectivo de las Rendiciones de Cuenta por Concepto de
Adelantos y Viáticos" por la presunta comisión del delito
de peculado, en agravio de PROMPERU;
Que, conforme con los fundamentos de Hecho del In-
forme Nº 01-2002-02-3958 (pág. 02) se ha establecido que
durante el período enero - diciembre 2001, existen rendi-
ciones de cuenta presentadas a la Especialista en Finan-
zas: Sra. Luisa Leonor Gómez Basauri, por concepto de
viáticos y adelantos, que no han sido tramitadas en su to-
talidad al Programa de las Naciones Unidas para el Desa-
rrollo - PNUD, que en virtud al Proyecto PER 00/013 admi-
nistra fondos del PROMPERU, la no tramitación de las ren-
diciones de cuenta por parte de la referida especialista, a
su vez, ha generado la retención de los saldos devueltos
por menores gastos en viáticos y/o adelantos, parte de los
cuales habría dispuesto indebidamente, sin tener sustento
documentario, sin haber brindado las explicaciones que al
caso amerita y en otros casos ha efectuado entregas con
vales provisionales sin contar con las autorizaciones
respectivas, determinándose un faltante ascendente a la
suma de S/. 8,487.82 y US$ 4,072.17, conforme a los ar-
queos efectuados con fechas 21.12.2001, 28.12.2001 y
entrega de cargo del 7.1.2002;
Que, de conformidad con la Recomendación del Infor-
me Legal Especial Nº 01-2002-02-3985 contenida en la
página 12 del citado informe se dispone que el repre-
sentante legal de la Presidencia del Consejo de Ministros
inicie las acciones legales pertinentes contra los servido-
res y funcionarios públicos, presuntos responsables de los
hechos expuestos en el referido Informe Legal;
Que, el Informe Nº 01-2002-02-3985 constituye prueba
preconstituida de conformidad con lo establecido por el inci-
so f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sis-
tema Nacional de Control, y, asimismo tiene el carácter de
Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la

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