ACUERDO Nº 085-2008-AMDO - Exoneran de proceso de selección la elaboración de expedientes técnicos de proyectos de rehabilitación de sistema de captación de agua potable y de cementerio afectado por terremoto

Fecha de publicación01 Marzo 2009
Fecha de disposición01 Marzo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391677
Segunda.- Inclúyase en el Cuadro de Aplicación
de Sanciones de la Municipalidad aprobado mediante
Ordenanza 085-2008-MDSJM, Régimen de Aplicación
de Sanciones Administrativas (RASA),el Artículo 7º de la
presente ordenanza y en lo que corresponda.
Tercera.- Deróguese toda norma que se oponga a la
presente disposición.
Cuarta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldia, si fueran necesarias, dicte las disposiciones
complementarias para la adecuada aplicación de la
presente Ordenanza.
Qulnta.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Sexta.- Encargar a la Secretaría General su
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano y poner en
conocimiento a las demás of‌i cinas de esta municipalidad
para su debido cumplimiento; y a la Gerencia de Imagen
Institucional y Sub Gerencia de Participación Vecinal, su
correspondiente difusión masiva.
Séptlma.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
el día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano
Reglstrese, publíquese y cúmplase.
POR TANTO:
Mando regístrese, comuníquese, publíquese y
cúmplase.
EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ
Alcalde
317873-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE OCUCAJE
Exoneran de proceso de selección la
elaboración de expedientes técnicos de
proyectos de rehabilitación de sistema
de captación de agua potable y de
cementerio afectado por terremoto
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 085-2008-AMDO
Ocucaje, 27 de noviembre de 2008.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE OCUCAJE.
VISTO:
Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo del día 27
de Noviembre de 2008, los Informenes Técnicos Nº 009-
2008-MDO/ATE y Nº 001-2008-MDO/DCV y el Informe
Legal Nº 014-2008-MDO/ALE.
CONSIDERANDO:
Que el Inc. “c” del Art. 19 del D.S. Nº 083-2004-
PCM, que aprueba el TUO de la Ley Nº 26850 de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece
que están exonerados de los procesos de Selección
las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en
situación de Emergencia declaradas, según la citada Ley.
Que el Art. 22 de la norma citada, se entiende como
situación de Emergencia aquella en la cual la Entidad
tenga que actuar de manera inmediata a causa de
acontecimientos catastróf‌i cos, quedando la entidad
exonerada de la tramitación del expediente Administrativo
pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente
necesario para remediar el evento producido y satisfacer
la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos
formales.
Que, por su parte el Art. 142 del D.S. Nº 084-2004-
PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26850 de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que
la entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo
estrictamente necesario para prevenir y atender desastres,
así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes,
después de lo cual deberá convocar el proceso de
Selección que corresponda, de igual modo señala que
toda Contratación o Adquisición realizada para enfrentar
una situación de emergencia deberá regularizarse dentro
de los (10) días siguientes de la f‌i nalización del evento
que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la
Resolución o Acuerdo en el SEACE y en el Diario Of‌i cial El
Peruano, remitiéndolo junto con el Informe Técnico-Legal
sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al
Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del
Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás
documentos contractuales que correspondan según el
estado de ejecución de las prestaciones.
Que, por D.S. Nº 068-2007-PCM se declaro en
Estado de Emergencia en el Departamento de Ica y la
Provincia de Cañete, por el plazo de (60) días naturales,
de igual modo, por D.S. Nº 071-2007-PCM se amplio
el Estado de Emergencia dispuesto a la norma citada
en el párrafo anterior, asimismo, por D.S. Nº 084-2007-
PCM se prorroga por el termino de 60 días a partir del
15 de Octubre el estado de Emergencia dispuesto por los
Decretos Supremos Nº 068-2007-PCM, Nº 071-2007-PCM
y Nº 075-2007-PCM por la continuación en la ejecución de
las acciones necesarias para la atención de emergencia y
la rehabilitación de las zonas afectadas,
Que, por D.S. Nº 097-2007-PCM de fecha 14 de
Diciembre del 2007, se prorroga el estado de emergencia
por el termino de 60 días, así como, por D.S. Nº 011-2008-
PCM; de fecha 9 de febrero del 2008; amplia el Estado de
Emergencia de la zona sur del país .
Que, mediante el D.S Nº 068-2008-PCM de fecha 09
de Octubre del 2008, el Gobierno Central ha prorrogado
el Estado de Emergencia, por 60 días, el Departamento
de Ica y la Provincia de Cañete y Yauyos en el
Departamento de Lima y las Provincias de Huaytara y el
Distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica
del Departamento de Huancavelica, por la magnitud del
fenómeno natural, sus efectos y secuela, (terremoto) del
15 de Agosto del 2007.
Que, por acuerdo de FORSUR, se aprueba una
transferencia Financiera por S/. 88,537.01 (Ochenta y
Ocho Mil Quinientos Treinta y siete y 01/100 Nuevos soles),
para cof‌i nanciar actividades en materia de elaboración de
Expedientes Técnicos sobre Rehabilitación del Pozo de
Agua Potable y Rehabilitación del Cementerio General
Que, el valor referencial por la Elaboración de los
Expedientes Técnicos es:
• “Rehabilitación del Sistema de Captación de Agua
Potable del C.P. Paraya, Distrito de Ocucaje, Provincia y
Departamento de Ica, Afectado por el Terremoto del 15 de
Agosto del 2007” por un Monto de S/. 35,581.00
• “Rehabilitación del Cementerio General del Distrito
de Ocucaje, Provincia y Departamento de Ica, Afectado
por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007”, por un monto
de S/. 52,956.01
• Monto total Referencia S/. 88,537.01
De acuerdos a los Informenes Técnico Nº 009-2008-
MDO/ATE y el Informe Técnico Nº 001-2008-MDO/DCV se
concluye con la urgente necesidad de Rehabilitar el Pozo
de Aguas Profundas para abastecer de Agua Potable al
Distrito de Ocucaje con su respectivo Equipamiento
Hidráulico, Civil, Electromecánico y su Electrif‌i cación
correspondiente, así como Rehabilitar el Cementerio
General del Distrito de Ocucaje, de igual modo se
recomienda solicitar los servicios de un profesional o
empresa experta en las materias para que pueda preparar
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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