RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 239-2010-CE-PJ - Aprueban el Plan Nacional de Capacitación para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

Fecha de disposición11 Julio 2010
Fecha de publicación11 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 11 de julio de 2010
422084
VISTO:
El Of‌i cio Nº 251-2009/CCGS-CR, cursado por el
Congresista de la República Cayo César Galindo Sandoval;
y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, mediante el referido documento se
hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que
los habitantes de los Distritos de Cotabambas, Coyllurqui
y Chalhuahuacho de la Provincia de Cotabambas,
Departamento de Apurímac, se encuentran en situación
de extrema pobreza producto de años de desatención;
por ello somete a consideración de este Órgano de
Gobierno la propuesta para que se incluya en la relación
de distritos exonerados del pago de aranceles judiciales
a los mencionadas circunscripciones; fundamentando su
petición en el hecho, conforme es de verse en el Decreto
Supremo Nº 048-2009-PCM, publicado el 24 de julio de
2009, que dicha región ha sido declarada como zona de
intervención prioritaria de los tres niveles de gobierno para
reducir las brechas de pobreza e incrementar los índices de
desarrollo humano, debido a la difícil realidad económica
por la que atraviesan sus pobladores;
Segundo: Que, del análisis del citado Decreto Supremo
se tiene que la Región de Apurímac fue declarada como
zona de intervención prioritaria de los tres niveles de
gobierno, estando a la existencia entre otros f‌l agelos de
un elevado grado de desnutrición infantil, baja tasa de
escolarización, alto porcentaje de tierras sin cultivar, baja
rentabilidad en los cultivos, bajo ingreso mensual familiar y
baja cobertura de servicios básicos y sociales;
Tercero: Al respecto, mediante Resoluciones
Administrativas Nros. 1067-CME-PJ, 036-2002-CE-PJ,
051-2002-CE-PJ, 132-2003-CE-PJ y 004-2005-CE-PJ, de
fechas 29 de diciembre de 1999, 03 de abril de 2002, 08
de mayo de 2002, 22 de octubre de 2003 y 07 de enero de
2005, se establecieron diversas exoneraciones por concepto
de pago de aranceles judiciales a los habitantes de los
distritos geográf‌i cos del país; en tal sentido, si bien es cierto
se consideraron en tales decisiones algunos distritos de la
Región Apurímac, también lo es que no se tomó en cuenta
ninguno de los distritos de la Provincia de Cotabambas, a
pesar que Cotabambas, Coyllurqui y Chalhuahuacho registran
carencias de agua, desagüe, electricidad, analfabetismo y
tasa de desnutrición superiores en algunos casos al 70% y
50% de la población; situación que ha determinado que en
el mapa de pobreza distrital de FONCODES los pobladores
de los citados distritos de la Provincia de Cotabambas se
encuentren en condición de extrema pobreza;
Cuarto: Que, siendo así, y teniendo en cuenta que
es política de este Órgano de Gobierno impulsar las
acciones pertinentes para acercar el servicio de justicia
a las personas de escasos recursos económicos; resulta
necesario adoptar las medidas adecuadas en aras de
garantizar el ejercicio irrestricto del derecho de acceso a
la justicia en zonas de extrema pobreza; motivo por el cual
está justif‌i cada la inclusión de los ciudadanos de dichas
circunscripciones a f‌i n de que sean exonerados del pago
de aranceles judiciales a que se ref‌i eren las resoluciones
administrativas antes mencionadas;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria
de la fecha, de conformidad con el informe del señor
Consejero Darío Palacios Dextre, por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la
exoneración del pago de aranceles judiciales en benef‌i cio
de las personas naturales domiciliadas en los Distritos de
Cotabambas, Coyllurqui y Chalhuahuacho, de la Provincia
de Cotabambas; a que se ref‌i eren las Resoluciones
Administrativas Nros. 1067-CME-PJ, 036-2002-CE-PJ,
051-2002-CE-PJ, 132-2003-CE-PJ y 004-2005-CE-PJ, de
fechas 29 de diciembre de 1999, 03 de abril de 2002, 08
de mayo de 2002, 22 de octubre de 2003 y 07 de enero de
2005, respectivamente.
Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Jefatura de la
Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y
del Cusco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para
su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ROBINSON O. GONZALES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA
FLAMINIO VIGO SALDAÑA
DARÍO PALACIOS DEXTRE
517595-4
Aprueban el Plan Nacional de
Capacitación para la implementación
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 239-2010-CE-PJ
Lima, 7 de julio de 2010
VISTO:
El Of‌i cio Nº 102-2010-ETIINLPT-PJ/JSE cursado por el
señor Jorge Alfredo Solís Espinoza, Presidente del Equipo
de Institucional de Implementación de la Ley Procesal del
Trabajo; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, mediante Ley Nº 29497 se aprobó
la Nueva Ley Procesal del Trabajo, consagrando como
principios del proceso laboral la inmediación, oralidad,
concentración, celeridad, economía procesal y veracidad;
y constituyendo un modelo procesal más expeditivo y
menos oneroso;
Segundo: Que, la Octava Disposición Transitoria de
la referida Ley señalan que las acciones necesarias para
su aplicación se ejecutan con cargo a los presupuestos
institucionales aprobados, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público;
Tercero: Que, a pesar de la restricción presupuestal, la
implementación del nuevo modelo procesal laboral requiere
también la preparación de magistrados; así como personal
administrativo y jurisdiccional; por lo que resulta necesario
aprobar la propuesta del Plan de Capacitación: Nueva Ley
Procesal del Trabajo, cuya ejecución se efectuará con los
recursos económicos que proveerá la Gerencia General
del Poder Judicial;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de
la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson
Octavio Gonzales Campos, por unanimidad,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Nacional de
Capacitación para la implementación de la Nueva Ley
Procesal del Trabajo, que en documento adjunto forma
parte de la presente resolución; encargándose al Centro de
Investigaciones Judiciales del Poder Judicial su ejecución.
Artículo Segundo.- La Gerencia General del Poder
Judicial sufragará los gastos respectivos.
Artículo Tercero.- El Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo,
presentará a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial el cronograma y sedes en donde se desarrollará
los certámenes.
Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico
Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, Gerencia General del Poder Judicial y al

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