Aprueban modificación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional 'Hermilio Valdizán Medrano' de Huánuco

Fecha de disposición30 Octubre 2006
Fecha de publicación30 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
lunes 30 de octubre de 2006 331813
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
dos de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y
siete - Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cumpla.
LUZMILA TEMPLO CONDESO
Presidenta
03683-1
Aprueban modificación del Cuadro de
Asignación de Personal (CAP) del
Hospital Regional "Hermilio Valdizán
Medrano" de Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 064-2006-CR-GRH
Huánuco, 31 de agosto del 2006
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha
treinta y uno de agosto del dos mil seis, el Dictamen número
cero once – dos mil seis - CPPPATAL-CR-GRH presentado por
la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto,
Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a
la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal del Hospital
Regional “Hermilio Valdizán Medrano” de Huánuco; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa, teniendo por
misión organizar y conducir la gestión pública regional de
acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y
delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales,
para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la
región conforme lo expresan los artículos dos, cuatro y cinco
de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Orgánica
de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se
rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad
y simplificación administrativa;
Que, el Estado Peruano declara en proceso de
modernización en sus diferentes instancias, dependencias,
entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad
de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático
y descentralizado;
Que, el Cuadro para la Asignación de Personal del Hospital
Regional “Hermilio Valdizán Medrano” de Huánuco para el
año dos mil seis actualizado es un documento técnico
normativo de gestión institucional que tiene como objetivo
fundamental el de sustentar la carencia de los recursos
humanos tanto de profesionales de salud como de los técnicos
asistenciales y que a su vez plasma los cargos necesarios
que dicha institución necesita para desarrollar sus actividades
dentro del normal funcionamiento de la administración pública
en base a su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, se advierte del dictamen del visto y de la
documentación presentada por el Director General de la
Dirección Regional de Salud de Huánuco que el proyecto
del Cuadro de Asignación de Personal (CAP), del Hospital
Regional “Hermilio Valdizán Medrano” de Huánuco ha sido
elaborado según los criterios que establecen el Decreto
Supremo número cero cuarenta y tres - dos mil cuatro - PCM
y demás normas complementarias aprobados por Resolución
Ministerial número mil ciento sesenta - dos mil cuatro/MINSA,
por lo cual, contando con la opinión favorable de la Directora
Ejecutiva de la Oficina de Organización General de
Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, de la
SGDISE, de la Subgerente de Desarrollo Institucional,
Sistemas y Estadística del Gobierno Regional de Huánuco,
del Director Regional de Asesoría Jurídica, el Proyecto del
Cuadro de Asignación de Personal debe ser aprobado;
Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones
conferidas por el artículo quince, treinta y siete, treinta y
Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con el
artículo quince del Decreto Supremo número cero cuarenta
y tres del dos mil cuatro raya PCM y estando a lo acordado
POR UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de Consejo
Regional de la referencia;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación
de Personal (CAP) del Hospital Regional “Hermilio Valdizán
Medrano” de Huánuco, cuyo texto forma parte de la presente
Ordenanza Regional en mérito a los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente
Ordenanza Regional al Ministerio de Salud a fin de que
sea publicada con arreglo a ley.
Artículo Tercero.- DERÓGUESE cualquier disposición
que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza
Regional conforme a lo dispuesto por el artículo cuarenta y
dos de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y
siete - Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cumpla.
LUZMILA TEMPLO CONDESO
Presidenta
03682-1
Aprueban el Plan Estratégico Regional
Agrario 2004-2021, PERA
ORDENANZA REGIONAL
Nº 065-2006-CR-GRH
Huánuco, 31 de agosto del 2006
LA PRESIDENTA REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de
fecha treinta y uno de agosto del dos mil seis, el dictamen
número cero cero cuatro – dos mil seis- CPDE –CR-GRH de
la Comisión Permanente de Desarrollo Económico,
relacionado a la aprobación del Plan Estratégico Regional
Agrario dos mil cuatro al dos mil veintiuno- PERA, y;
CONSIDERANDO:
Orgánica de Gobiernos Regionales, determina en forma clara
los objetivos, atribuciones, funciones de los Gobiernos
Regionales, los mismos que según lo precisa el artículo segundo
de la citada ley, son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa, enmarcándose
así mismo entre otras finalidades la de fomentar el desarrollo
integral sostenible promoviendo la inversión pública y privada,
teniendo como misión la de conducir la gestión pública regional
de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y
delegadas, conforme también lo expresan los artículos cuatro y
cinco de la citada ley, concordante con lo dispuesto en los
artículos cuarenta y siete, cuarenta y ocho, cuarenta y nueve,
cincuenta, cincuenta y uno, cincuenta y dos, cincuenta y tres,
cincuenta y cuatro, cincuenta y cinco, cincuenta y seis, cincuenta
y ocho, cincuenta y nueve, sesenta, sesenta y uno, sesenta y
dos, sesenta y tres, sesenta y cuatro de la acotada norma legal;
Que, resulta necesario que en este Gobierno Regional
dentro de su plan de desarrollo, se establezca el Plan
Estratégico Regional Agrario correspondiente con proyección
hasta el año dos mil veintiuno, ello con la finalidad de buscar
desarrollar la Gestión de Inversión pública en función al
Desarrollo Humano, sostenible y descentralizado de la Región,
promoviendo la inversión privada productiva, ello con el objetivo
primordial de generar empleo, desarrollo y bienestar regional;
Que, la falta de rentabilidad y capitalización de las diversas
actividades, que realiza el sector agrario de nuestra región,
sumado al alto porcentaje de pobreza y desnutrición en el
área rural de la mayoría de la población, provoca una migración
de la zona de sierra hacia la selva y ciudades, dando origen a
la problemática actual que atraviesa la región con los
productores de la hoja de coca en el Alto Huallaga; obligando
a diseñar otras estrategias de desarrollo agrario bajo el enfoque
de desarrollo sustentable del ámbito rural, con un programa
agresivo de desarrollo de las capacidades humanas ,
sensibilización para un cambio de valores de los actores, que
permita su realización y articulación en los planes de desarrollo;
Que, en tal sentido desarrollar el enfoque de territorio y
planeamiento estratégico de la región Huánuco, como un
reto para revertir la situación actual del agro implica reconstruir
una imagen futura del sector agrario, muy distinta a la actual,
con una producción que permita mejorar la rentabilidad y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR