RESOLUCION SUPREMA N° 319-2010-RE - Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul Ad-Honorem de Malta en Lima

Fecha de publicación10 Agosto 2010
Fecha de disposición10 Agosto 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 10 de agosto de 2010 423509
Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
528550-14
Dan por terminadas funciones de
Embajador Concurrente en la República
de Túnez y en la Gran Jamahiriya Árabe
Libia Popular Socialista, con sede en
la ciudad de Argel, República Argelina
Democrática y Popular
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 318-2010-RE
Lima, 9 de agosto de 2010
VISTAS:
La Resolución Suprema Nº 228-2010-RE, que da por
terminadas las funciones del Embajador en el Servicio
Diplomático de la República José Rafael Eduardo
Beraún Araníbar, como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en la República Argelina
Democrática y Popular; y,
La Resolución Ministerial Nº 0519-2010-RE, que
f‌i ja el 31 de julio de 2010, como la fecha de término
de funciones del citado funcionario diplomático, como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en
la República Argelina Democrática y Popular, debiendo
asumir funciones de su categoría en la Cancillería, el 01
de agosto de 2010;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 281-2005-
RE, se nombró al citado funcionario diplomático, para
que se desempeñe simultáneamente como Embajador
Concurrente en la República de Túnez, con sede en
la ciudad de Argel, República Argelina Democrática y
Popular;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 078-2006-
RE, se nombró para que se desempeñe simultáneamente
como Embajador Concurrente en la Gran Jamahiriya
Árabe Libia Popular Socialista, con sede en la ciudad de
Argel, República Argelina Democrática y Popular;
Que, en tal sentido, procede dar término al
nombramiento del citado funcionario como Embajador
Concurrente en la República de Túnez y en la Gran
Jamahiriya Árabe Libia Popular Socialista, con sede en
la ciudad de Argel, República Argelina Democrática y
Popular;
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República y su modif‌i catoria la Ley N°
29318; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático
de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo
N° 130-2003-RE y su modif‌i catoria el Decreto Supremo
N° 065-2009-RE; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por terminadas, con ef‌i cacia
anticipada, las funciones del Embajador en el Servicio
Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún
Araníbar, como Embajador Concurrente en la República
de Túnez y en la Gran Jamahiriya Árabe Libia Popular
Socialista, con sede en la ciudad de Argel, República
Argelina Democrática y Popular, con fecha 31 de julio de
2010.
Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto
alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
528550-15
Cancelan Exequátur que reconoce a
Cónsul Ad-Honorem de Malta en Lima
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 319-2010-RE
Lima, 9 de agosto de 2010
Vista la Resolución Suprema Nº 0303/RE, de fecha 13
de agosto de 1991, que reconoce al señor Oscar Elejalde
Vargas, como Cónsul Ad-Honorem de Malta en Lima;
Vista la Nota NV 1191/10, de fecha 22 de junio de
2010, del Ministerio de Relaciones Exteriores de Malta,
mediante la cual se informa el término de funciones del
señor Oscar Elejalde, como Cónsul Honorario de Malta
en Lima;
Con la opinión favorable de la Subsecretaría de
Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que
procede la cancelación del Exequátur otorgado;
De conformidad con lo establecido en el artículo 118º,
inciso 11, de la Constitución Política del Perú; y en el
artículo 25, incisos a y b, de la Convención de Viena sobre
Relaciones Consulares; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Articulo Único.- Cancelar el Exequátur que reconoce
al señor Oscar Elejalde Vargas, como Cónsul Ad-Honorem
de Malta en Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
528550-16
Autorizan uso del Pasaporte Especial
a Cónsules Honorarios del Perú en las
ciudades de Salt Lake City y Tampa,
EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 320-2010-RE
Lima, 9 de agosto de 2010
Vistas las Resoluciones Supremas Nº 151-2009-RE y
Nº 282-2010-RE, publicadas el 29 de abril de 2009 y 6 de
julio de 2010, mediante las cuales se nombra a los señores
David Utrilla Gómez y Juan Carlos Ibarra Schambaher
como Cónsules Honorarios del Perú en Salt Lake City y
Tampa, Estados Unidos de América, respectivamente;
Vistas las solicitudes presentadas por los ciudadanos
peruanos David Utrilla Gómez, identif‌i cado con D.N.I.

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