DECRETO SUPREMO N° 017-2010-ED - Declaran de interés nacional la organización del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino, a realizarse en las ciudades de Lima y Trujillo

Fecha de publicación20 Junio 2010
Fecha de disposición20 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 20 de junio de 2010 420921
Que, el inciso f) del Artículo 26 del Reglamento de
Organización y Funciones del Servicio Nacional de
Sanidad Agraria - SENASA aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 008-2005-AG, establece como una función de
la Dirección de Sanidad Vegetal el establecer y conducir el
sistema de vigilancia f‌i tosanitaria, mediante la captación y
procesamiento de información de plagas de importancia
nacional e internacional;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1059 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-
AG; y con el visto bueno del Director General de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Lista de Plagas Reglamentadas
que detalla las plagas cuarentenarias no presentes en el
Perú, la cual, como Anexo, forma parte integrante de la
presente Resolución. El Anexo será publicado en el Portal
Institucional del SENASA http://www.senasa.gob.pe.
Artículo 2º.- La presente Lista de Plagas
Reglamentadas, que detalla las plagas cuarentenarias no
presentes en el Perú, no excluye otras que con el debido
sustento científ‌i co podrán ser añadidas a aquella por el
Órgano de Línea Competente del SENASA.
Artículo 3º.- Todas las personas naturales o jurídicas
que detecten plagas cuarentenarias dentro del territorio
nacional, inscritas en la Lista de Plagas Reglamentadas,
están obligadas a notif‌i car este hecho al SENASA
inmediatamente después de conocido, no pudiendo
publicar su diagnóstico mientras no se haga la verif‌i cación
por parte del SENASA y se determine of‌i cialmente la
situación de la plaga en el país.
Artículo 4º.- La Lista de Plagas Reglamentadas que
detalla las plagas cuarentenarias no presentes en el Perú,
se actualizará de forma periódica a través de la página
web del SENASA.
Artículo 5º.- Deróguese la Resolución Directoral Nº
06-2010-AG-SENASA-DSV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
509054-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario del
Banco de la Nación a Italia, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 078-2010-EF
Lima, 19 de junio de 2010
Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 116-2010 del Banco de la
Nación, sobre autorización de viaje;
CONSIDERANDO:
Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión
Nº 1811 de fecha 17 de junio de 2010, autorizó el viaje del
señor Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, funcionario del
mencionado Banco, para que asista a la audiencia judicial
a realizarse en Livorno, República Italiana, en el proceso
iniciado por la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subacquei
S.p.A. (WASS) a realizarse del 21 al 26 de junio de 2010;
Que, el viaje, entre otros, tiene por f‌i nalidad que el citado
funcionario comparezca en representación del Banco de la
Nación ante los tribunales de Livorno, República Italiana, a f‌i n
de sustentar las excepciones, en especial la de incompetencia,
en defensa de los intereses del citado banco en el proceso de
mérito (conocimiento) interpuesto por WASS contra Ministerio
de Defensa – Banco de la Nación (pretensión pago de daños
y perjuicios por €. 50 491 952,80);
Que, en consecuencia es necesario autorizar
dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al
presupuesto del Banco de la Nación;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619
y Nº 29465, Decreto de Urgencia Nº 001-2010, Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 302-
2009-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario
de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modif‌i cada
por Acuerdo de Directorio Nº 003-2006/011-FONAFE; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor
Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, funcionario del Banco
de Nación, a la ciudad de Livorno, República Italiana del 21
al 26 de junio de 2010, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos
del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes : US$ 2 885,74
Viáticos : US$ 1 560,00
TUUA : US$ 31,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario
deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
Encargado del Despacho del Ministerio de
Economía y Finanzas
509683-2
EDUCACION
Declaran de interés nacional la
organización del Campeonato Mundial
Juvenil de Voleibol Femenino, a
realizarse en las ciudades de Lima y
Trujillo
DECRETO SUPREMO
Nº 017-2010-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el deporte, entre otros principios, se sustenta
en la promoción y desarrollo de la educación física,
la recreación; y, el deporte como actividad de interés
nacional, se basa en el fomento de la práctica de
competencias deportivas en procura de alcanzar un
alto nivel en el desarrollo de las mismas, asegurando
que las representaciones del deporte peruano a nivel
internacional sean la real expresión de la jerarquía
cultural y deportiva del país;
Que, un gran evento deportivo contribuye al desarrollo
del deporte en el propio país, tanto a nivel amateur como
a nivel profesional, promoviendo los valores en su niñez
y juventud, impulsando el crecimiento social, siendo un
catalizador para emprender grandes proyectos en la
expansión de infraestructura deportiva, conllevando un

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