RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0560-2010-AG - Aprueban Lineamientos Técnicos, Guía y Términos de Referencia para la gestión y administración de las especies de camélidos sudamericanos silvestres

Fecha de disposición04 Septiembre 2010
Fecha de publicación04 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 4 de setiembre de 2010
425000
tramitación, en cumplimiento de la Primera Disposición
Complementaria Final del Decreto Supremo N° 064-
2010-PCM.
Artículo 2º.- Ámbito de aplicación
Las presentes disposiciones resultan aplicables a las
entidades públicas comprendidas en los alcances del
artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444- Ley del
Procedimiento Administrativo General, que por mandato
legal se encuentran obligadas a contar con Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA).
Artículo 3º.- Disposiciones relativas a los
mecanismos y plazos de implementación de la
metodología aprobada mediante Decreto Supremo N°
064-2010-PCM
En cumplimiento de la Primera Disposición
Complementaria Final del Decreto Supremo N° 064-2010-
PCM, los mecanismos y plazos para la implementación
de la nueva metodología de determinación de costos son
los siguientes:
a) Implementación: Las entidades comprendidas en
el artículo anterior cuentan con plazos de implementación
graduales, que inician el 1 de enero del año 2011 y
culminan el 31 de diciembre de los años 2011 y 2012
respectivamente, de acuerdo a lo señalado en el Anexo
que acompaña a la presente Resolución.
Durante la vigencia del plazo de implementación que
corresponde a cada entidad, los costos por derechos
de tramitación para todos los procedimientos y servicios
prestados en exclusividad del TUPA deberán calcularse
utilizando la metodología aprobada por el Decreto
Supremo Nº 064-2010-PCM.
b) Aprobación: La aprobación de todos los derechos
de tramitación para los procedimientos y servicios
prestados en exclusividad, así como su exigencia a los
administrados deberá efectuarse durante la vigencia del
plazo de implementación.
c) Capacitación: La Secretaría de Gestión Pública
capacitará a los funcionarios encargados de la elaboración
del TUPA que pertenezcan a las entidades comprendidas
en el ámbito de aplicación, en concordancia con los plazos
de implementación con los que cuentan.
La SGP comunicará of‌i cialmente a las entidades
participantes, las fechas y mecanismos de capacitación.
d) Aplicativo Informático Web de Costos: La
Secretaría de Gestión Pública aprobará el Aplicativo
Informático Web de la metodología para la determinación de
los costos, en forma previa a los plazos de implementación
previstos en el literal a) del presente artículo.
Este Aplicativo será de uso obligatorio para las
entidades que se encuentran dentro del ámbito de
aplicación de la presente norma.
Artículo 4º.- Supervisión y f‌i scalización
La Secretaría de Gestión Pública en uso de las
competencias otorgadas por el artículo 48º de la Ley Nº
27444 y del artículo 37º del Reglamento de Organización
y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus
modif‌i catorias, desarrollará las acciones de supervisión y
f‌i scalización para verif‌i car el cumplimiento de la presente
norma. Los incumplimientos que se susciten serán
comunicados a las entidades para la realización de las
acciones correctivas correspondientes.
Artículo 5º.- Publicación
La presente resolución y su Anexo serán publicados
en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal Institucional
de la Presidencia del Consejo de Ministros: (www.pcm.
gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.
pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NILDA ROJAS BOLIVAR
Secretaria de Gestión Pública
Presidencia del Consejo de Ministros
ANEXO
PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN
ENTIDADES AÑOS
2011 2012
PODERES DEL ESTADO/ENTES AUTÓNOMOS
ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO X
ORGANISMOS AUTÓNOMOS X
UNIVERSIDADES X
PODER JUDICIAL X
PODER LEGISLATIVO X
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNOS REGIONALES X
GOBIERNOS LOCALES (*)
MUNICIPALIDADES TIPO A X
MUNICIPALIDADES PROVINCIALES (excluyendo las
municipalidades Tipo A) X
MUNICIPALIDADES DISTRITALES TIPO B X
MUNICIPALIDADES DISTRITALES CON MAS DE 500
VIVIENDAS URBANAS X
MUNICIPALIDADES DISTRITALES CON MENOS DE
500 VIVIENDAS URBANAS X
NOTA: (*) Municipalidades Provinciales y Distritales clasificadas
según lo previsto en el Anexo 4 del Decreto Supremo Nº 002-
2010-EF
539318-1
AGRICULTURA
Aprueban Lineamientos Técnicos,
Guía y Términos de Referencia para la
gestión y administración de las especies
de camélidos sudamericanos silvestres
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0560-2010-AG
Lima, 31 de agosto de 2010
VISTO:
El Memorándum Nº 1288-2010-AG-DGFFS de
fecha 17 de junio de 2010, por el cual la Dirección
General Forestal y de Fauna Silvestre, recomienda
la aprobación de los “Lineamientos Técnicos para la
Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sostenible de
los Camélidos Sudamericanos Silvestres”, así como los
“Lineamientos Técnicos para la Extracción y Traslado
de Camélidos Sudamericanos Silvestres con Fines de
Repoblamiento”,y;
CONSIDERANDO:
de Municipalidades, en su artículo 23º, numeral 23.3
establece que entre las competencias del Poder Ejecutivo
respecto de la gestión de los recursos naturales, que
son materia de descentralización, esta el dictar normas
y lineamientos técnicos, los cuales son de cumplimiento
obligatorio por todas las entidades del Estado en los tres
niveles de Gobierno;
Que, de conformidad con el numeral 3.3 del artículo
3º de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre,
el Ministerio de Agricultura es el órgano normativo y

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