Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Empresa Pesquera José Antonio S.A.C.

Fecha de publicación26 Julio 2006
Fecha de disposición26 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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325054 El Peruano
miércoles 26 de julio de 2006
las capacidades de 2,880 cajas/turno y 6 t/h,
respectivamente, en su establecimiento industrial
ubicado en el Km 21.5 de la carretera Pisco- Paracas,
distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento
de Ica;
Que la empresa PESQUERA SAN ANDRES DEL
SUR S.A., se encuentra consignada en el Anexo IV B,
como planta de procesamiento pesquero de harina de
pescado convencional, con una capacidad de 6 t/h, del
listado actualizado de los establecimientos industriales
pesqueros que cuentan con licencia para la operación
de plantas de procesamiento pesquero vigente, aprobado
con Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, de
fecha 29 de agosto del 2002;
Que mediante los escritos del visto la empresa SAN
FERNANDO S.A., solicita el cambio del titular de la licencia
de operación otorgada a la empresa PESQUERA SAN
ANDRES DEL SUR S.A., en virtud a una escritura de
dación en pago, celebrada entre las citadas empresas
como acreedora y deudora respectivamente, según lo
cual queda transferida la propiedad de las maquinarias y
equipos de la mencionada planta de harina, y alcanza la
documentación requerida en concordancia a los
requisitos establecidos para el procedimiento Nº 29 del
Texto Único de Procedimientos Administrativos de este
Ministerio, aprobado con Decreto Supremo Nº 035-2003-
PRODUCE;
Que según la inspección técnica realizada en fecha
25 de noviembre del 2005, se ha constatado que la planta
de harina de pescado, está constituida por una línea de
proceso convencional y su capacidad es concordante
con su licencia de operación otorgada por Resolución
Ministerial Nº 217-95-PE de fecha 5 de mayo de 1995;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción
y Procesamiento Pesquero, a través del Informe Nº 182-
2006-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 24 de mayo del
2006, y con la opinión favorable del Área Legal de la
Dirección General de Extracción y Procesamiento
Pesquero;
De conformidad con los artículos 51º, 53º y 54º del
Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo Nº 035-2003-PRODUCE;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa SAN
FERNANDO S.A. el cambio de titular de la licencia de
operación de la planta de harina de pescado, otorgado a
PESQUERA SAN ANDRES DEL SUR S.A. por
Resolución Ministerial Nº 217-95-PE de fecha 5 de mayo
de 1995, en el establecimiento industrial ubicado en el
Km 21.5 de la carretera Pisco - Paracas, distrito de
Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, en
los mismos términos y condiciones en que fue otorgada.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia
de operación otorgada por Resolución Ministerial Nº 217-
95-PE del 5 de mayo de 1995, a favor de PESQUERA
SAN ANDRES DEL SUR S.A.
Artículo 3º.- La empresa SAN FERNANDO S.A. deberá
operar su planta de procesamiento de recursos
hidrobiológicos observando las normas legales y
reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como
las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido
a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que
garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera.
Asimismo deberá implementar un sistema de control del
proceso que garantice la óptima calidad del producto final,
así como ejecutar las medidas de mitigación contenidas en
el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, calificado
favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente.
Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el
artículo precedente será causal de caducidad del derecho
otorgado o de las sanciones que resulten aplicables
conforme a la normatividad vigente, según corresponda.
Artículo 5º.- Incorporar a la empresa SAN
FERNANDO S.A. como titular de la licencia de operación
de la planta de harina de pescado ubicada en el
establecimiento industrial pesquero citado en el artículo
primero de la presente Resolución, al anexo IV - B de la
Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE,
excluyendo a la empresa PESQUERA SAN ANDRES
DEL SUR S.A. de dicho anexo.
Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control
y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección
Regional de la Producción Ica, y consignarse en el Portal
de la Página Web del Ministerio de la Producción:
www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VERTIZ CALDERÓN
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
00379-5
Aprueban cambio de titular de permiso
de pesca a favor de Empresa Pesquera
José Antonio S.A.C.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 221-2006-PRODUCE/DGEPP
Lima, 23 de junio del 2006
Visto el escrito con registro de ingreso Nº 00028658
de fecha 4 de mayo del 2006, presentado por la
EMPRESA PESQUERA JOSE ANTONIO S.A.C.;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General
de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-
PE, establece que el permiso de pesca es indesligable
de la embarcación a la que corresponde y que durante
su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión
de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional
conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos
términos y condiciones en que fue otorgado;
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 650-97-
PE del 27 de octubre de 1997, se otorgó permiso de
pesca, entre otros, a favor de EUGENIO CONSTANTINO
LUNA BAZALAR, para operar la embarcación pesquera
JOSE ANTONIO de matrícula Nº HO-4313-CM, con 46.31
m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los
recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino
al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral
peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando
redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla
de ½ pulgada (13 mm.);
Que la embarcación pesquera JOSE ANTONIO de
matrícula Nº HO-4313-CM, se encuentra consignada
en el anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-
PRODUCE, con una capacidad de bodega de 46.31 m3,
y con permiso de pesca a favor de EUGENIO
CONSTATINO LUNA BAZALAR, para la extracción de
los recursos anchoveta y sardina para consumo humano
indirecto; y a su vez consignada en la relación de
embarcaciones con derecho de sustitución publicada
en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-
PRODUCE; información actualizada y publicada en el
Portal del Ministerio de la Producción;
Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo
Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del
2002, establecen respectivamente, que los recursos
sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus
picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus
peruanus) serán destinados al consumo humano directo
y que los armadores de las embarcaciones pesqueras

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