Oficializan el Congreso Nacional de Derecho Cambiario denominado 'Análisis de la Nueva Ley de Títulos Valores N° 27287', a realizarse en la ciudad de Trujillo

Fecha de disposición30 Septiembre 2000
Fecha de publicación30 Septiembre 2000
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 30 de setiembre de 2000
Visto el Informe Nº 002-2000-JUS/CPPAD-P de fecha 19 de
setiembre de 2000, de la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Justicia;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 079-2000-JUS/OGA
de fecha 31 de marzo del 2000, se declaró improcedente la
solicitud de reserva de plaza del servidor Jaime Agustín Báez
Janampa, Abogado II, Nivel SPC - Defensor de Oficio adscrito a
la Sala Penal del Distrito Judicial de Huaura, de la Dirección de
Defensoría de Oficio y Servicios Jurídicos Populares de la
Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, por
cuanto su designación en el Poder Judicial como Juez Suplente
del Juzgado de Paz Letrado de Cajatambo de la Corte Superior
de Justicia de Huaura, no fue en un cargo de confianza;
Que con Informe Nº 060-2000-JUS/OGA-OPER de fecha
10 de abril de 2000, la Oficina de Personal señala que de los
hechos acontecidos se tiene que a partir del 7 de enero al 31
de marzo de 2000 el referido servidor dejó en abandono su
plaza y pasó a laborar en el Poder Judicial sin haberse
desplazado de acuerdo a las disposiciones contenidas en el
Que, por Resolución Directoral Nº 149-2000-JUS/OGA de
fecha 2 de junio de 2000, se declaró infundado el recurso de
reconsideración interpuesto por el mencionado servidor contra
la Resolución Directoral Nº 079-2000-JUS/OGA, en razón a que
su desplazamiento a otra entidad no fue a un cargo público de
confianza y que la nueva prueba instrumental presentada por
el recurrente no era pertinente al caso;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 218-2000-JUS
de fecha 7 de agosto de 2000, se declaró infundado el recurso
de apelación interpuesto por el referido servidor contra la
Resolución Directoral Nº 149-2000-JUS/OGA debido a que
conforme al Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS
le corresponde al Poder Judicial determinar a sus funciona-
rios que ejercerán cargos públicos de confianza no estando
comprendido en éste el cargo de juez suplente;
Que el mencionado servidor habría incurrido en faltas
graves de carácter disciplinario establecidas en los incisos a)
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público, por lo que resulta procedente instaurarle
proceso administrativo disciplinario;
Estando a lo acordado por la Comisión Permanente de
Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministe-
rio de Justicia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislati-
vo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 -
Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Legislativo Nº 276
- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune-
raciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario
al servidor Jaime Agustín Báez Janampa, Abogado II, Nivel SPC
- Defensor de Oficio de la Dirección de Defensoría de Oficio y
Servicios Jurídicos Populares de la Dirección Nacional de Justi-
cia del Ministerio de Justicia, por haber incurrido en presuntas
faltas graves de carácter disciplinario conforme a lo señalado en
la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El servidor procesado tendrá derecho a
presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conve-
nientes para su defensa, dentro del plazo de ley, ante la
Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-
plinarios del Ministerio de Justicia.
Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Justicia para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Ministro de Justicia
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Oficializan taller "Conciliación: un
camino para la construcción de la Paz
Social", a realizarse en la ciudad de
Trujillo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 013-2000-JUS
Lima, 27 de setiembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que mediante documento de fecha 20 de setiembre de
2000, el Coordinador General del Proyecto Cámara de
Comercio de Lima - USAID, solicita la oficialización del
taller denominado: "CONCILIACION: UN CAMINO
PARA LA CONSTRUCCION DE LA PAZ SOCIAL", orga-
nizado por la Cámara de Comercio de Lima conjun-
tamente con la Cámara de Comercio y Producción de La
Libertad con el auspicio de la Agencia para el Desarrollo
Internacional de los Estados Unidos de América - US-
AID, a realizarse en la ciudad de Trujillo del 28 al 30 de
setiembre próximo;
Que en el mencionado evento, participarán diversas
instituciones de la sociedad civil y del Estado, que analiza-
rán y debatirán temas de trascendencia nacional vinculados
con la Conciliación;
Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones
sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del
Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del
Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final
de la Ley Nº 26612; inciso i) del Artículo 3º, inciso j) del
Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Justicia aprobado por Resolución Ministe-
rial Nº 146-2000-JUS y Resolución Ministerial Nº 265-2000-
JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al taller deno-
minado "CONCILIACION: UN CAMINO PARA LA CONS-
TRUCCION DE LA PAZ SOCIAL", organizado por la Cáma-
ra de Comercio de Lima y Cámara de Comercio y Producción
de La Libertad con el auspicio de la Agencia para el Desarro-
llo Internacional de los Estados Unidos de América - USAID,
a realizarse en la ciudad de Trujillo del 28 al 30 de setiembre
del año en curso.
Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto
alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA G. REATEGUI NAPURI
Viceministra de Justicia
11150
Oficializan el Congreso Nacional de
Derecho Cambiario denominado
"Análisis de la Nueva Ley de Títulos
Valores Nº 27287", a realizarse en la
ciudad de Trujillo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 014-2000-JUS
Lima, 27 de setiembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que mediante documento de fecha 11 de setiembre de
2000, el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad
Privada del Norte, solicita la oficialización del Congreso
Nacional de Derecho Cambiario: "ANALISIS DE LA NUE-
VA LEY DE TITULOS VALORES Nº 27287", organizado por
la citada Facultad conjuntamente con la Asociación Foro
Jurídico, a realizarse en la ciudad de Trujillo del 26 al 28 de
octubre próximo;
Que durante el mencionado evento, se analizarán las
innovaciones más importantes introducidas en la citada ley,
así como las implicancias que ésta genera en otras discipli-
nas jurídicas;
Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones
sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo
6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia,
modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612;
inciso i) del Artículo 3º, inciso j) del Artículo 80º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aproba-

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