Aprueban 21 Normas Técnicas Peruanas referentes a petróleo, cales, calzado, cuero, bebida alcohólicas y otros

Fecha de disposición02 Diciembre 2004
Fecha de publicación02 Diciembre 2004
Pág. 281512
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de diciembre de 2004
VISTOS:
La Ley Nº 28399, Ley que modifica los artículos 2º y 3º
de la Ley Nº 28150 - Ley que crea la Comisión Revisora de
la Legislación sobre Comunidades Campesinas y Comuni-
dades Nativas, y el Oficio Nº 112-2004/PAV-CERLCCN de
fecha 29 de noviembre de 2004 remitido por la Congresista
Paulina Arpasi Velásquez solicitando la designación de los
representantes, Titular y Alterno, del Consejo Nacional de
Descentralización en la citada Comisión; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28150, Ley que crea la Co-
misión Revisora de la Legislación sobre Comunidades
Campesinas y Comunidades Nativas, publicada en el
Diario Oficial El Peruano el 6 de enero de 2004, se cons-
tituyó una Comisión Especial encargada de revisar la
legislación sobre Comunidades Campesinas y Comuni-
dades Nativas, a fin de elaborar un “Anteproyecto de
Ley de Comunidades Campesinas y Nativas”;
Que, el artículo 3º de la acotada Ley Nº 28150 esta-
bleció la conformación de la Comisión Especial a que se
refiere el considerando anterior, la misma que ha quedado
modificada por el artículo 2º de la Ley Nº 28399 publicada
en el Diario Oficial El Peruano el 27 de noviembre de 2004,
en el extremo de incorporar, entre otros, a un represen-
tante del Consejo Nacional de Descentralización;
Que, mediante Oficio Nº 112-2004/PAV-CERLCCN
de fecha 29 de noviembre de 2004, la Congresista Pau-
lina Arpasi Velásquez, Presidenta de la Comisión Espe-
cial, solicita que el Consejo Nacional de Descentralización
designe a su representante Titular, y a un Alterno, ante la
antes citada Comisión;
Que, en tal sentido, resulta necesario proceder a la
designación de las personas que representarán al Con-
sejo Nacional de Descentralización ante la Comisión
Especial encargada de revisar la legislación sobre Co-
munidades Campesinas y Comunidades Nativas, a fin
de que elabore un “Anteproyecto de Ley de Comunida-
des Campesinas y Nativas”; y,
De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº
28150 modificada por la Ley Nº 28399 y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 16º de la Resolu-
ción Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de
Organización y Funciones del Consejo Nacional de Des-
centralización;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor JORGE E. CAS-
TAÑEDA MALDONADO, como representante Titular, y
al señor MARTÍN SOTO GUEVARA, como representan-
te Alterno, del Consejo Nacional de Descentralización
ante la Comisión Especial constituida por el artículo 3º
de la Ley Nº 28150, Ley que crea la Comisión Revisora
de la Legislación sobre Comunidades Campesinas y
Comunidades Nativas, modificado por el artículo 2º de la
Ley Nº 28399.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS A. THAIS DÍAZ
Presidente
21820
INDECOPI
Aprueban 21 Normas Técnicas Perua-
nas referentes a petróleo, cales, calza-
do, cuero, bebida alcohólicas y otros
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS
TÉCNICOS Y COMERCIALES
Nº 0123-2004/CRT-INDECOPI
Lima, 18 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcio-
nes del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislati-
vo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos
Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo
Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técni-
cas recomendables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben realizar-
se sobre la base del Código de Buena Conducta para la
Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura
como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al
Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legisla-
ción nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407.
Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a
través del Sistema Peruano de Normalización, del cual for-
man parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de
Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités
Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolu-
ción Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y
actualización de Normas Técnicas Peruanas deben rea-
lizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y téc-
nico, constituidos en Comités Técnicos de Normaliza-
ción, la Comisión conformó los siguientes Comités Téc-
nicos de Normalización Permanentes: a) Petróleo y deri-
vados. Combustibles líquidos, b) Cementos, Cales y
Yesos, c) Tubos, Válvulas y Accesorios de Material Plás-
tico para el Transporte de Fluidos, d) Seguridad contra
Incendios, e) Evaluación de la conformidad, f) Cuero,
Calzado y derivados, g) Bebidas Alcohólicas, h) Inge-
niería de Software y Sistemas de Información, i) Unida-
des de Albañilería y j) Conductores eléctricos; de acuer-
do a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización cita-
dos, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Pe-
ruanas (PNTP) en las fechas indicadas:
a) Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 2
PNTP, el 21 de mayo del 2004.
b) Cementos, Cales y Yesos, 1 PNTP, el 25 de junio
del 2004.
c) Tubos, Válvulas y Accesorios de Material Plástico
para el Transporte de Fluidos, 2 PNTP, el 30 de junio del
2004.
d) Seguridad contra Incendios, 1 PNTP, el 30 de junio
del 2004.
e) Evaluación de la Conformidad, 2 PNTP, el 30 de
junio y el 23 de agosto del 2004.
f) Cuero, Calzado y derivados, 5 PNTP, el 30 de junio
del 2004.
g) Bebidas Alcohólicas, 4 PNTP, el 15 de julio del
2004.
h) Ingeniería de Software y Sistemas de Información,
1 PNTP, el 27 de julio del 2004.
i) Unidades de Albañilería, 2 PNTP, el 2 de agosto del
2004.
j) Conductores eléctricos, 1 PNTP, el 3 de setiembre
del 2004.
Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron
elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. Los indica-
dos en los acápites e), h) y j) fueron elaborados mediante
el Sistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública
por un período de treinta días calendario, los menciona-
dos en el acápite e) y j) a partir del 1 de octubre del 2004
y el restante a partir del 7 de octubre del 2004. Por su
parte, los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas indi-
cados en los acápites a), b), c), d), f), g) y i), fueron
elaborados mediante el Sistema Ordinario y sometidos a
Discusión Pública por un período de sesenta días calen-
dario, a partir del 13 de setiembre del 2004;
Que, no habiéndose recibido observaciones a los
Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la
evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la
Comisión recomendó su aprobación como Normas Téc-
nicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técni-
ca, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el

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