22 033/2005-GRP-PECHP-406000 - Designan funcionarios responsables de brindar información y de elaborar el portal de Internet en aplicación del principio de publicidad

Fecha de disposición08 Mayo 2005
Fecha de publicación08 Mayo 2005
Pág. 292251
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 8 de mayo de 2005
gente que tenga como finalidad el desarrollo integral de
nuestros niños y adolescentes;
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de
el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque
ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- GARANTIZAR la organización, implemen-
tación y funcionamiento de los municipios escolares en todas
las instituciones educativas de los niveles de educación inicial,
especial, primaria y secundaria de menores, del ámbito de la
Dirección Regional de Educación de Lambayeque.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional
de Educación de Lambayeque, las acciones necesarias para
el cumplimiento de la Resolución Viceministerial Nº 049-2002-
ED y Directiva Nº 005-VMGP-DINEIP-2002, por parte de las
instituciones educativas de la Región Lambayeque en un pla-
zo máximo de sesenta (60) días de comenzadas oficialmente
las actividades educativas en la Región.
Artículo Tercero.- OFICIAR a través de la Dirección
Regional de Educación de Lambayeque, a todas las insti-
tuciones educativas de esta Región, dándoles a conocer
los contenidos de la presente Ordenanza Regional y de la
Resolución Viceministerial Nº 049-2002-ED y Directiva Nº
005-VMGP.DINEIP-2002.
Artículo Cuarto.- RESPONSABILIZAR del debido
cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza
Regional a los directores de la instituciones educativas de
la Región Lambayeque, quienes en caso de omisión de su
observancia serán pasivos de la instauración del proceso
administrativo disciplinario correspondiente de conformidad
con las normas reguladoras de esta materia de la Ley de
Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento.
Artículo Quinto.- SOLICITAR a la Oficina Nacional de
Procesos Electorales - ONPE, su participación como vee-
dor en todos los procesos eleccionarios que se lleven a
cabo para elegir representantes ante los municipios esco-
lares.
Artículo Sexto.- DISPONER que la Dirección Regional
de Educación efectúe las coordinaciones correspondientes
con los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, a fin
de contar con su apoyo y trabajar en conjunto conforme a
las competencias que en esta materia les confiere la Ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente Regional
08705
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Designan funcionarios responsables de
brindar información y de elaborar el
portal de Internet en aplicación del
principio de publicidad
PROYECTO ESPECIAL CHIRA - PIURA
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 033/2005-GRP-PECHP-406000
Piura, 13 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado
artículo 1º que la misma tiene por finalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información consagrada en el
Que, los artículos 3º y 8º de la precitada ley establecen
que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y
promuevan la transparencia en la actuación de las entida-
des de la Administración Pública así como tiene la obliga-
ción de entregar la información que demanden las perso-
nas en aplicación del principio de publicidad;
Que, asimismo, conforme a lo explicado en el artículo 8º
de dicha norma, las entidades obligadas a brindar informa-
ción identificarán, bajo responsabilidad de su máximo repre-
sentante, al funcionario responsable de brindar la informa-
ción solicitada en virtud de lo establecido en la referida Ley;
Que, el artículo 4º del D.S. Nº 072-2003-PCM que aprue-
ba el Reglamento de la norma glosada, prevé la designa-
ción del funcionario o funcionarios responsables de entre-
gar la información que se requiera al amparo de la Ley; y
del funcionario responsable de la elaboración y actualiza-
ción del portal; tal designación se efectuará mediante Re-
solución correspondiente, la misma que debe publicarse
en el Diario Oficial El Peruano debiendo la Entidad colocar
copia de la misma en lugar visible;
Por los propios fundamentos de la presente Resolución, y
en uso de las facultades conferidas por el artículo 14º inciso
j) del Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto
Especial Chira Piura, aprobado por Resolución Ejecutiva Re-
gional Nº 0563-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR y
conforme a lo dispuesto en la Resolución Ejecutiva Regional
Nº 0599-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR; y contan-
do con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al Jefe (e) de la Oficina de
Administración como el funcionario responsable de brindar
la información requerida por los ciudadanos al amparo del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por
el D.S. Nº 072-2003-PCM. Asimismo en aplicación de la
normativa mencionada, designar al profesional "D" encar-
gado del Área de Informática, de la Oficina de Admi-
nistración como el funcionario responsable de la elabora-
ción y actualización del portal correspondiente.
Artículo Segundo.- Procedan a la publicación de la
presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y coló-
quense copias de la misma en los lugares visibles al interior
del local institucional del Proyecto.
Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento la presente
Resolución a la Gerencia General del Gobierno Regional
de Piura y demás organismos pertinentes.
Regístrese y comuníquese.
GUSTAVO HEYSEN SILVA
Gerente General
Proyecto Especial Chira Piura
08542
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
221-MDB que otorgó beneficio
especial para conductores del Mercado
Municipal Nº 2
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2005-MDB
Barranco, 5 de mayo del 2005
EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO
CONSIDERANDO:
Perú establece que las municipalidades son órganos de
gobierno local y tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ordenanza Nº 221-MDB, que otorgó beneficio
especial de exoneración y regularización para los con-
ductores del Mercado Municipal Nº 2, tenía vigencia hasta
el 28 de febrero del 2005, siendo prorrogada hasta el 29
de abril del 2005 mediante D.A. Nº 010-2005-MDB;
Que, a fin de que un mayor número de conductores del
Mercado Municipal Nº 2 pueda cumplir puntualmente con

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