ACUERDO N° 1149 - Ratifican los procedimientos administrativos, los servicios brindados en exclusividad y los derechos de trámite del SAT aprobados por Ordenanza N° 496-MDEA

Fecha de disposición27 Julio 2012
Fecha de publicación27 Julio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 27 de julio de 2012
471574
constituirá el título suf‌i ciente para que el propietario y/o
promotor del proceso de Habilitación Urbana cumpla con su
obligación de entrega anticipada del Aporte Reglamentario
para Equipamiento Metropolitano, formulando la rogatoria
de Independización del mismo ante la IX Zona Registral
– Sede Lima, a nombre de la Municipalidad Metropolitana
de Lima.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única.- Cuartel de Bomberos, Comisaría y Hospital
Metropolitano
Con la f‌i nalidad de dotar de infraestructura adecuada
y necesaria al Sector denominado Ex Escuela de Aviación
Civil del Perú, la edif‌i cación del Cuartel de Bomberos,
la Comisaría y el Hospital Metropolitano, estará a cargo
de los propietarios de los predios que conformaban la ex
Escuela de Aviación Civil, Aeroclub de Collique e INDAER;
cuya ubicación será determinada por la Municipalidad
Distrital de Comas y la Municipalidad Metropolitana de
Lima en lo que corresponda en el sector materia de la
presente Ordenanza o en el entorno inmediato.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Comisión Técnica Provincial
Disponer que en los procedimientos de habilitación
urbana y de edif‌i cación que sigan los propietarios de los
predios que se encuentran dentro del sector señalado
en el artículo 2º de esta Ordenanza, puedan acudir a la
Comisión Técnica Provincial de Habilitaciones Urbanas
o de Edif‌i caciones, para que ésta resuelva en segunda
instancia, de conformidad con la normatividad vigente.
Segunda.- Derogar las Ordenanza Nº 1415-MML y
Nº 1455-MML
Derogar la Ordenanza Nº 1415-MML que establece
los Usos de Suelo permitidos y aprueba el Sistema Vial
del área correspondiente al artículo 13º de la Ordenanza
Nº 1015-MML; así como la Ordenanza Nº 1455-MML que
modif‌i ca la Ordenanza Nº 1415-MML.
Tercera.- Publicación en la Página Web
La presente Ordenanza y sus Anexos serán publicados
en la Página Web de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, de conformidad con lo previsto en la Resolución
Ministerial Nº 200-2010-PCM que aprueba la Directiva
Nº 001-2010-PCM/SGP.
Cuarta.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 24 de julio de 2012
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
820135-1
Ratifican los procedimientos
administrativos, los servicios brindados
en exclusividad y los derechos de
trámite del SAT aprobados por
(Se publica el siguiente Acuerdo a solicitud de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Of‌i cio Nº 440-
2012-MML/SGC, recibido el 25 de julio de 2012)
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 1149
Lima, 6 de octubre de 2011
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6
de octubre del 2011, el Of‌i cio Nº 001-090-00006347 de
la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-
SAT, adjuntando el expediente de ratif‌i cación de la
Ordenanza Nº 496-MDEA de la Municipalidad Distrital
de El Agustino que aprueba los derechos de trámites
por los procedimientos administrativos y servicios
brindados en exclusividad contenidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la citada
Municipalidad; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratif‌i cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para
su vigencia y exigibilidad.
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza
Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad
Distrital de El Agustino aprobó la Ordenanza
materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de
Administración Tributaria, incluyendo sus respectivos
informes y documentos sustentatorios, con carácter de
Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus
competencias y atribuciones, previa revisión y estudio,
emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000324,
opinando que procede la ratificación solicitada, por
cumplir con los requisitos exigidos y las normas
aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533
y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30
de junio de 2011.
Que los ingresos que la Municipalidad Distrital de
El Agustino prevé percibir, producto de la aplicación
de los derechos de trámite por los procedimientos
administrativos y servicios brindados en exclusividad
listados en el Anexo A del Informe del SAT, financiarán
el 99.05% de los costos por la prestación de los
mismos, observándose que la diferencia deberá ser
cubierta con otros ingresos que perciba la citada
municipalidad.
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización
en el Dictamen Nº195-2011-MML/CMAEO.
ACORDO:
Artículo Primero.- Ratif‌i car los procedimientos
administrativos, los servicios brindados en exclusividad
y de los (134) derechos de trámite listados en el Anexo
A adjunto al Informe Nº 004-181-00000324 del Servicio
de Administración Tributaria que forma parte del
presente pronunciamiento, que fueran aprobados en la
Ordenanza Nº 496-MDEA por la Municipalidad distrital
de El Agustino; en la medida que su establecimiento se
ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que
def‌i nen las competencias municipales; (ii) los criterios
legales establecidos en materia de simplif‌i cación
administrativa; (iii) las exigencias y formalidades
previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento
del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y,
(iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan
el acceso a la información pública que poseen las
entidades del Estado.
Artículo Segundo.- El presente Acuerdo
ratif‌i catorio se encuentra condicionado al cumplimiento
de su publicación; así como del texto íntegro de la
Ordenanza Nº 496-MDEA, en especial del Anexo A que
contiene el listado de los derechos de trámite por los
procedimientos administrativos y servicios brindados
en exclusividad por dicha comuna, en las formas y
mecanismos establecidos en el marco legal vigente.
La aplicación de la Ordenanza materia de la presente
ratif‌i cación, sin la condición antes señalada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital de El Agustino.

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