Disponen inscripción de bonos corporativos emitidos por Graña y Montero S.A.A. en el Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de publicación16 Noviembre 2004
Fecha de disposición16 Noviembre 2004
Pág. 280453
NORMAS LEGALES
Lima, martes 16 de noviembre de 2004
MARÍA CANDELARIA ZEGARRA APAZA, SANTOS JO-
SEFINA JULCA ROJAS o PAOLA JOSEFINA JULCA
ROJAS, FERNANDO VILLAR VELÁSQUEZ o FERNAN-
DO VELAZQUE VILLAR, ZOILA MARGARITA DE LOS
SANTOS RUMAY, CARLOS PACHECO CCORAHUA o
CIRILO PACHECO CCORAHUA, REYNALDO MANUEL
POSTIGO IBÁÑEZ o REYNALDO MIGUEL POSTIGO
YBAÑEZ y ANITA MORALES MORALES o ANA MORA-
LES MORALES; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-
nal de Identificación y Estado Civil, para que en nombre
y representación de los intereses del Estado interponga
las acciones legales que correspondan contra JOSE
LUIS CASTILLO LIÑAN o LUIS CASTILLO LIÑAN, EUSE-
BIA TINCUSI PALOMINO, MARÍA CANDELARIA ZEGA-
RRA APAZA, SANTOS JOSEFINA JULCA ROJAS o
PAOLA JOSEFINA JULCA ROJAS, FERNANDO VILLAR
VELÁSQUEZ o FERNANDO VELAZQUE VILLAR, ZOILA
MARGARITA DE LOS SANTOS RUMAY, CARLOS PA-
CHECO CCORAHUA o CIRILO PACHECO CCO-
RAHUA, REYNALDO MANUEL POSTIGO IBÁÑEZ o
REYNALDO MIGUEL POSTIGO YBAÑEZ y ANITA MO-
RALES MORALES o ANA MORALES MORALES, por
presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de
Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Regis-
tro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura-
dor Público encargado de los asuntos judiciales del Re-
gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los
fines a que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
19568
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 591-2004-JEF/RENIEC
Lima, 29 de setiembre de 2004
Visto, el Oficio Nº 6232-2004/GP/SGDAC/HYC RE-
NIEC, el Informe Nº 168-2004-GP/SGDAC/HYC RE-
NIEC, y el Informe Nº 805 -2004-GAJ/RENIEC, emitido
por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 27 de
julio del 2004.
CONSIDERANDO:
Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadora
ha detectado que, con fecha 7 de agosto de 1984, el
ciudadano FELIPE JUSTO MONZÓN TORRES obtiene
la Inscripción Nº 17964120, registrando haber nacido
con fecha 11 de abril de 1961, en el distrito y provincia de
Trujillo, departamento de La Libertad, adjuntando como
sustento Partida de Nacimiento emitida por la Municipa-
lidad provincial de Trujillo;
Que, con fecha 10 de abril de 1998, el ciudadano
precitado obtiene de manera irregular la Inscripción PAR
Nº 80329266, registrándose como FELIPE TORRES
MONZÓN nacido el 15 de febrero de 1959 en el distrito
y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, me-
diante declaración jurada de testigos, contraviniendo lo
dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 837;
Que, del Informe de Homologación Monodactilar Nº
285/2003/GP/BG/RENIEC, se desprende que las impre-
siones digitales que obran en los documentos materia
de análisis, pertenecen a una misma persona biológica
que presenta doble inscripción con identidades diferen-
tes;
Que, sin perjuicio de la acción administrativa adopta-
da, esto es la cancelación de la inscripción Nº 80329266,
el hecho antes descrito constituye indicio razonable de
la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en la
modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sanciona-
do en el artículo 428º del Código Penal vigente, por el
hecho de haber insertado datos falsos ante el Registro a
fin lograr su Inscripción con una identidad que no le
corresponde, vulnerando de esta forma la seguridad ju-
rídica del Registro;
Que, en atención a los considerandos precedentes,
y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi-
ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público a
cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que interponga las
acciones que correspondan en defensa de los intereses
del Estado y del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, contra FELIPE JUSTO MONZÓN TORRES
o FELIPE TORRES MONZON; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-
nal de Identificación y Estado Civil, para que en nombre
y representación de los intereses del Estado interponga
las acciones legales que correspondan contra FELIPE
JUSTO MONZÓN TORRES o FELIPE TORRES MON-
ZON, por presunto delito contra la Fe Pública, en la mo-
dalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura-
dor Público encargado de los asuntos judiciales del Re-
gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los
fines a que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
19569
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Disponen inscripción de bonos corpora-
tivos emitidos por Graña y Montero
S.A.A. en el Registro Público del
Mercado de Valores
COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 112-2004-EF/94.11
Lima, 8 de noviembre de 2004
VISTOS:
El Expediente Nº 2004026146 presentado por Graña
y Montero S.A.A. y el Memorándum N° 4095-2004-EF/
94.45 del 5 de noviembre de 2004, de la Gerencia de
Mercados y Emisores;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley
General de Sociedades, Ley N° 26887, las sociedades
pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una
deuda a favor de sus titulares;
Que, mediante juntas generales de accionistas de
Graña y Montero S.A.A. del 22 de diciembre de 2003 y
del 25 de junio de 2004, se aprobó la emisión de bonos
corporativos y la ejecución de una oferta pública de in-
tercambio de acciones representativas del capital social
de la sociedad por dichos bonos corporativos; asimis-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR