Declaran en situación de urgencia la adquisición de bien para la reparación de locomotora del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica
Emisor | Ferrocarril Huancayo-Huancavelica |
Fecha de la disposición | 11 de Diciembre de 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 11 de diciembre de 2004
y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 del Pliego
Nº 014: Comisión Nacional de la Juventud del Sector 01
Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el numeral 3 del artículo 7º del Reglamento del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones, contendrá las licita-
ciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones
directas que se realizarán en el año fiscal;
Que, el último párrafo del citado artículo, establece
que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad
con la asignación presupuestal o en su caso de reprogra-
mación de metas propuestas;
Que, el artículo 8º del mencionado Reglamento con-
sidera que las licitaciones, concursos públicos y adjudi-
caciones directas no contenidas en el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones deberán ser aprobadas
por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administra-
tiva de la Entidad para su inclusión en el mismo, lo cual
deberá informarse al CONSUCODE dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; a su
vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de
selección serán comunicadas a PROMPYME, dentro del
mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE;
Que, por lo expuesto y en base a la necesidad
manifestada por el Informe de la Oficina de Administra-
ción, por el cual se pone de conocimiento que en la
actualidad se han realizado y se han dejado de reali-
zar procesos de selección contemplados en el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejer-
cicio Fiscal 2004, resulta necesario aprobar la modifi-
cación al Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-
nes correspondientes al ejercicio presupuestal del año
2004, el mismo que contiene la adquisición de bienes
y servicios a través de procesos contemplados en el
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su-
premo Nº 012-2001-PCM, financiados con recursos
propios;
De conformidad con el artículo 7 del Texto Único Or-
denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM, los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y
sus modificatorias y con los vistos de la Oficina de
Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la
Comisiona Nacional de la Juventud;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comisión
Nacional de la Juventud, correspondiente al Ejercicio
Fiscal del año 2004, del Pliego Nº 014: Comisión Nacio-
nal de la Juventud del Sector 01 Presidencia del Consejo
de Ministros.
Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones modificado, aprobado
en el artículo precedente, sea comunicado al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, y a la Comisión de Promoción de la Pe-
queña Empresa PROMPYME, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes de emitida la presente Resolu-
ción.
Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el
artículo primero de la presente Resolución se ponga a
disposición del público en la Oficina de Administración
y en la página Web de la Comisión Nacional de la
Juventud.
Artículo Cuarto.- Autorizar la publicación de la pre-
sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Adminis-
tración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN VEGAS GUERRERO
Presidenta
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FERROCARRIL
HUANCAYO - HUANCAVELICA
Declaran en situación de urgencia la
adquisición de bien para la reparación
de locomotora del Ferrocarril Huanca-
yo-Huancavelica
FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA
INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA
Del Sector Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 024-2004-CD/FHH
Huancayo, 25 de noviembre del 2004
VISTOS:
El Informe Nº 009/GG-FHH/2004 del Gerente Gene-
ral, el Informe Técnico Nº 033/JDM-FHH/04 del Jefe del
Departamento de Mecánica, Informe Nº 012/JOA-FHH/
2004 de la Jefatura de la Oficina de Abastecimiento e
Informe Nº 273-004-CVV/FHH del Asesor Legal Externo
del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Informe Nº 006/JDTV-FHH/2004 el Depar-
tamento de Tráfico informa que debido a la reciente para-
lización de la Locomotora Nº 432, el servicio que brinda
el Ferrocarril Huancayo-Huancavelica se viene aten-
diendo únicamente con la locomotora Nº 436; lo cual no
genera confiabilidad debido a que la capacidad operativa
se paralizó en un 50%, disminuyendo los niveles de pro-
ducción; concluyendo que la ausencia impredecible de
una locomotora, compromete la continuidad de los ser-
vicios esenciales;
Que, por su parte, el Departamento de Mecánica,
mediante Informe Técnico Nº 033/JDM-FHH/04, indi-
ca que la paralización de la Locomotora Nº 432 obe-
dece a la exclusiva responsabilidad del proveedor
Consorcio Precisión S.A.C. quien ha tenido a su cargo
la reparación del motor de dicha unidad, la Institución
en mérito a la garantía de servicio solicitó a dicha
firma, subsane y corrija las fallas presentadas el
9.11.04, sin embargo bajo un supuesto cambio de
metales de biela del puño Nº 5, dicha firma pretende
desconocerla aduciendo el quebrantamiento de la ga-
rantía, según comunicación efectuada mediante Car-
ta Nº CAO227.2004 del 15.NOV.2004;
Que, este Ferrocarril, con fecha 18.NOV.2004 ha
acudido en denuncia formal por ante la Fiscalía Pro-
vincial de Prevención del Delito de Huancayo, por los
ilícitos de daños y contra los medios de transporte,
dirigiéndola contra la representante del contratista
Consorcio Precisión S.A.C.; debiéndose igualmente
accionar en la vía civil contra dicha empresa, por los
daños y perjuicios irrogados, dado el incumplimiento
del contrato;
Que, dicha situación imposibilita a este Ferrocarril a
proceder con la reparación de la Locomotora Nº 432,
toda vez que ello podría perjudicar la vigencia de la ga-
rantía de la reparación efectuada por Consorcio Preci-
sión S.A.C.; tanto más cuando este aspecto ha de ser
ventilado ante el fuero judicial, como queda dicho prece-
dentemente;
Que, consecuente con ello, el Jefe del Departamento
de Mecánica de este Ferrocarril, mediante el citado In-
forme Técnico Nº 033/JDM-FHH/04 del 25.11.04, pro-
pone apresurar el trámite de reparación de la Locomoto-
ra Nº 435, para cuyo efecto -desde el 6 de octubre del
2004- se ha venido gestionando la adquisición de un
Cigüeñal de segundo uso mediante el Proceso de Adju-
dicación Directa Selectiva Nº 0006-2004-FHH, cuya pri-
mera convocatoria fue declarada desierta con fecha
17.11.04;
Que, tales circunstancias; esto es, el impase sucedi-
do con el proveedor encargado de la reparación de la
Locomotora Nº 432 que impone la necesidad urgente de
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