Bicameralidad

Por Javier Velásquez Quesquén (*)En los últimos veinte años, el marco constitucional vigente ha permitido un desarrollo económico y social importante (salvo excepciones), así como un aumento de la inversión pública y privada y de las reservas internacionales. Asimismo, en ese período se ha reducido drásticamente la pobreza (en 29 puntos porcentuales) y la pobreza extrema (en 18 puntos porcentuales). Sin embargo, no hay que soslayar que la legitimidad de este marco es duramente cuestionable por tener su origen en un golpe de Estado. Por ello, la democracia debe demostrar que son posibles reformas que garanticen el progreso.En este sentido, durante el gobierno de Valentín Paniagua se puso en agenda la reforma política y se constituyó una comisión de estudio para las bases de la reforma constitucional, integrada por los más destacados juristas del país, que recomendaron el restablecimiento del sistema bicameral. Vale decir, sin embargo, que esta reforma política por sí sola no es suficiente: es necesario modificar la ley de partidos políticos para garantizar una verdadera democracia interna y la transparencia de su financiamiento, instituir el voto voluntario, renovar parcialmente el parlamento y evitar el transfuguismo.Históricamente, nuestra Constitución apunta al sistema bicameral, a excepción de las Constituciones de 1867 y 1993. En la región, el sistema bicameral existe en Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos, México, Paraguay y Uruguay; el sistema unicameral existe en los países de poca densidad poblacional, tanto en América como Europa.El sistema bicameral podría mejorar la representación política, núcleo esencial de nuestra democracia. En efecto, el sistema unicameral agudizó la subrepresentación: hoy cada congresista representa a 231.800 habitantes, a diferencia de 1981, cuando, durante la Constitución 1979, cada parlamentario...

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