07 002/2005-MDCH - Prorrogan plazo de vigencia de beneficio para el pago de tributos municipales otorgado mediante la Ordenanza N° 076-MDCH
Fecha de disposición | 13 Abril 2005 |
Fecha de publicación | 13 Abril 2005 |
Pág. 290741
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de abril de 2005
de Lima, aprobado mediante Edicto Nº 227, otorga al Jefe
de la institución la facultad para nombrar, contratar, sus-
pender, removar o cesar, con arreglo a Ley, a los funciona-
rios, directivos y servidor del SAT;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004-
00000368 de 1 de marzo de 2004, se designó a Marco
Antonio Gavidia Córdova como Auxiliar Coactivo del Servi-
cio de Administración Tributaria;
Estando a lo dispuesto por el literal d) del artículo 6º del
Estatuto del Servicio de Administración Tributaria Edicto,
aprobado mediante Edicto Nº 227;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto en vía de regulari-
zación, a partir del 28 de febrero de 2005, la designa-
ción de Marco Antonio Gavidia Córdova como Auxiliar
Coactivo del Servicio de Administración Tributaria,
SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ALBERTO ACHING ASHUY
Servicio de Administración Tributaria
07076
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Prorrogan fechas de vencimiento para
pago del Impuesto Predial y Arbitrios
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2005-A/MDC
Carabayllo, 1 de abril del 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que los bienes, rentas y dere-
chos de cada municipalidad constituye su patrimonio. El
patrimonio municipal se administra por cada municipalidad
en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades
de ley;
Que, el artículo quinto de la Ordenanza Nº 074-A/MDC
contempló que el señor Alcalde mediante Decreto de Alcal-
día puede prorrogar las fechas de vencimiento de la mis-
ma;Que, es necesario dar mayores facilidades a los contri-
buyentes del distrito, dada la difícil situación económica
actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obliga-
ciones tributarias;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario y su modificatoria el Decre-
to Legislativo Nº 953, aprobado mediante Decreto Supre-
mo Nº 135-99-EF establece que el plazo para el pago de la
deuda tributaria puede ser prorrogado con carácter gene-
ral por la administración tributaria;
Estando a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 30 de abril del
2005 los alcances del Artículo Primero de la Ordenanza
Nº 074-A/MDC que "APRUEBA LA DETERMINACIÓN DE
LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRI-
BUTOS 2005 Y DETERMINACIÓN DEL DERECHO DE EMI-
SIÓN", en el extremo que se refiere al Pago al Contado del
Impuesto Predial y Pago Fraccionado del Impuesto Pre-
dial: 1ª Cuota.
Artículo Segundo.- AMPLIAR, hasta el 30 de abril del
2005 los alcances del Artículo Segundo de la Ordenanza
Nº 074-A/MDC precitada, en el extremo que se refiere al
Vencimiento en el Pago de Arbitrios Municipales: 1er. Tri-
mestre; así como la fecha de vencimiento del beneficio por
pronto pago.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a las áreas adminis-
trativas competentes dar cumplimiento del presente Decre-
to y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional
la difusión correspondiente.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
07121
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Prorrogan plazo de vigencia de benefi-
cio para el pago de tributos municipa-
les otorgado mediante la Ordenanza
Nº 076-MDCH
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002/2005-MDCH
Chorrillos, 31 de marzo de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 076-MDCH, de fecha 8
de diciembre del 2004 se aprobó el Régimen Tributario de
los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y
Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Chorrillos para
el ejercicio fiscal 2005;
Que, la primera disposición final de la norma legal antes
indicada señala que se otorgará un descuento del 5%
sobre el monto total a pagar a los contribuyentes que op-
ten por cancelar al contado los cuatro trimestres dentro del
plazo de vencimiento del primer trimestre;
Que, el artículo 7º de la Ordenanza Nº 076-MDCH,
señala como vencimiento del primer trimestre de los Arbi-
trios Municipales el 28 de febrero del 2005, siendo prorro-
gado dicho plazo hasta el 31 de marzo del 2005 mediante
Decreto de Alcaldía Nº 001-2005-MDCH;
Que, estando por vencer el plazo del primer trimestre y
teniendo en cuenta que se está concluyendo el proceso
de distribución de los formatos de Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales a los contribuyentes y atendiendo a
las diversas solicitudes de éstos que desean pagar al con-
tado los pagos de los Arbitrios Municipales con el beneficio
antes citado;
Que, la Cuarta Disposición Final de la mencionada
Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo, reglamen-
tar y dictar medidas complementarias necesarias para
la regularización y la adecuada aplicación de la Ordenan-
za;Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcal-
de según lo dispuesto en el artículo 20º inciso 6) de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con las faculta-
des otorgadas por la Ordenanza Nº 076-MDCH;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de venci-
miento del primer trimestre señalado en el artículo 7º de la
Ordenanza Nº 076-MDCH al 30 de abril del 2005, enten-
diéndose que hasta dicha fecha se encuentra vigente el
beneficio concedido por la Primera Disposición Final de la
Ordenanza Nº 076-MDCH.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad-
ministración, Oficina de Rentas, y a la Unidad de Informáti-
ca el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
07123
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