07 002/2005-MDCH - Prorrogan plazo de vigencia de beneficio para el pago de tributos municipales otorgado mediante la Ordenanza N° 076-MDCH

Fecha de disposición13 Abril 2005
Fecha de publicación13 Abril 2005
Pág. 290741
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de abril de 2005
de Lima, aprobado mediante Edicto Nº 227, otorga al Jefe
de la institución la facultad para nombrar, contratar, sus-
pender, removar o cesar, con arreglo a Ley, a los funciona-
rios, directivos y servidor del SAT;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004-
00000368 de 1 de marzo de 2004, se designó a Marco
Antonio Gavidia Córdova como Auxiliar Coactivo del Servi-
cio de Administración Tributaria;
Estando a lo dispuesto por el literal d) del artículo 6º del
Estatuto del Servicio de Administración Tributaria Edicto,
aprobado mediante Edicto Nº 227;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto en vía de regulari-
zación, a partir del 28 de febrero de 2005, la designa-
ción de Marco Antonio Gavidia Córdova como Auxiliar
Coactivo del Servicio de Administración Tributaria,
SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ALBERTO ACHING ASHUY
Servicio de Administración Tributaria
07076
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Prorrogan fechas de vencimiento para
pago del Impuesto Predial y Arbitrios
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2005-A/MDC
Carabayllo, 1 de abril del 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que los bienes, rentas y dere-
chos de cada municipalidad constituye su patrimonio. El
patrimonio municipal se administra por cada municipalidad
en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades
de ley;
Que, el artículo quinto de la Ordenanza Nº 074-A/MDC
contempló que el señor Alcalde mediante Decreto de Alcal-
día puede prorrogar las fechas de vencimiento de la mis-
ma;Que, es necesario dar mayores facilidades a los contri-
buyentes del distrito, dada la difícil situación económica
actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obliga-
ciones tributarias;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario y su modificatoria el Decre-
to Legislativo Nº 953, aprobado mediante Decreto Supre-
mo Nº 135-99-EF establece que el plazo para el pago de la
deuda tributaria puede ser prorrogado con carácter gene-
ral por la administración tributaria;
Estando a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 30 de abril del
2005 los alcances del Artículo Primero de la Ordenanza
Nº 074-A/MDC que "APRUEBA LA DETERMINACIÓN DE
LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRI-
BUTOS 2005 Y DETERMINACIÓN DEL DERECHO DE EMI-
SIÓN", en el extremo que se refiere al Pago al Contado del
Impuesto Predial y Pago Fraccionado del Impuesto Pre-
dial: 1ª Cuota.
Artículo Segundo.- AMPLIAR, hasta el 30 de abril del
2005 los alcances del Artículo Segundo de la Ordenanza
Nº 074-A/MDC precitada, en el extremo que se refiere al
Vencimiento en el Pago de Arbitrios Municipales: 1er. Tri-
mestre; así como la fecha de vencimiento del beneficio por
pronto pago.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a las áreas adminis-
trativas competentes dar cumplimiento del presente Decre-
to y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional
la difusión correspondiente.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
07121
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Prorrogan plazo de vigencia de benefi-
cio para el pago de tributos municipa-
les otorgado mediante la Ordenanza
Nº 076-MDCH
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002/2005-MDCH
Chorrillos, 31 de marzo de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 076-MDCH, de fecha 8
de diciembre del 2004 se aprobó el Régimen Tributario de
los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y
Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Chorrillos para
el ejercicio fiscal 2005;
Que, la primera disposición final de la norma legal antes
indicada señala que se otorgará un descuento del 5%
sobre el monto total a pagar a los contribuyentes que op-
ten por cancelar al contado los cuatro trimestres dentro del
plazo de vencimiento del primer trimestre;
Que, el artículo 7º de la Ordenanza Nº 076-MDCH,
señala como vencimiento del primer trimestre de los Arbi-
trios Municipales el 28 de febrero del 2005, siendo prorro-
gado dicho plazo hasta el 31 de marzo del 2005 mediante
Decreto de Alcaldía Nº 001-2005-MDCH;
Que, estando por vencer el plazo del primer trimestre y
teniendo en cuenta que se está concluyendo el proceso
de distribución de los formatos de Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales a los contribuyentes y atendiendo a
las diversas solicitudes de éstos que desean pagar al con-
tado los pagos de los Arbitrios Municipales con el beneficio
antes citado;
Que, la Cuarta Disposición Final de la mencionada
Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo, reglamen-
tar y dictar medidas complementarias necesarias para
la regularización y la adecuada aplicación de la Ordenan-
za;Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcal-
de según lo dispuesto en el artículo 20º inciso 6) de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con las faculta-
des otorgadas por la Ordenanza Nº 076-MDCH;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de venci-
miento del primer trimestre señalado en el artículo 7º de la
Ordenanza Nº 076-MDCH al 30 de abril del 2005, enten-
diéndose que hasta dicha fecha se encuentra vigente el
beneficio concedido por la Primera Disposición Final de la
Ordenanza Nº 076-MDCH.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad-
ministración, Oficina de Rentas, y a la Unidad de Informáti-
ca el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
07123

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