RESOLUCION N° 2802-2014 - Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencia y oficina especial en los departamentos de La Libertad y Cusco
Fecha de disposición | 26 Mayo 2014 |
Fecha de publicación | 26 Mayo 2014 |
El Peruano
Lunes 26 de mayo de 2014
523916
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
ENTIDADES
VISTOS:
El Expediente Nº 2014003912 iniciado por Scotia
Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., así
como el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2 del 09 de mayo
de 2014 de la Intendencia General de Supervisión
de Entidades de la Superintendencia del Mercado de
Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV Nº 159-98-
EF/94.10 del 24 de noviembre de 1998, se autorizó
el funcionamiento de Sudameris Perú S.A. Sociedad
Administradora de Fondos para administrar fondos mutuos
de inversión en valores y con fecha 31 de diciembre
de 1999 esta sociedad absorbió a Wiese Sociedad
Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores
S.A., modifi cando su denominación a Wiese Sudameris
Fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy
denominada Scotia Fondos Sociedad Administradora de
Fondos S.A.;
Que, mediante Resolución de Intendencia General
de Supervisión de Entidades Nº 191-2012-SMV/10.2, de
fecha 20 de diciembre de 2012, se dispuso, entre otros,
la aprobación de las modifi caciones al reglamento de
participación aplicable a los fondos mutuos de inversión
en valores mencionados en el párrafo anterior;
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 37º
del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en
Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por
Resolución CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus
modifi catorias, mediante escritos presentados hasta el 08
de mayo de 2014, Scotia Fondos Sociedad Administradora
de Fondos S.A., solicitó la inscripción de los fondos mutuos
de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de
Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia Fondo Acciones
Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”, así
como sus respectivos prospectos simplifi cados, en la
sección correspondiente del Registro Público del Mercado
de Valores;
Que, asimismo, dentro del trámite de inscripción de
los fondos mutuos señalados en el párrafo precedente,
Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.
ha solicitado la inscripción de la versión del reglamento
de participación aplicable a los fondos mutuos bajo su
administración, que incluye modifi caciones por adecuación
según lo establecido por el artículo 9 de la Resolución SMV
Nº 008-2013-SMV/01 y actualizaciones contempladas
en el artículo 56 del Reglamento de Fondos Mutuos de
Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras;
Que, de la evaluación de la información y
documentación presentada se ha verifi cado que Scotia
Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha
cumplido con lo dispuesto en los artículos 37º, 38º, 39º
y 40 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión
en Valores y sus Sociedades Administradoras, así como
con lo establecido en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº
091-2012-SMV/02 y su modifi catoria, para la inscripción
de los fondos mutuos, así como para la modifi cación por
adecuación del reglamento de participación; tal como se
desarrolla en el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1º, inciso b)
del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por
Decreto Ley Nº 26126 y sus normas modifi catorias; así
como el artículo 38º, numerales 6) y 7) del Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia del
Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº
216-2011-EF y su modifi catoria.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los fondos
mutuos de inversión en valores denominados “Scotia
Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia
Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda
Latam FMIV”, así como los prospectos simplifi cados
correspondientes, en el Registro Público del Mercado de
Valores.
Artículo 2º.- Inscribir las modifi caciones al
reglamento participación a ser utilizado en la gestión
de los fondos mutuos de inversión en valores al que
se refi ere el artículo precedente y los fondos mutuos
gestionados por Scotia Fondos Sociedad Administradora
de Fondos S.A., en el Registro Público de Mercado de
Valores.
Artículo 3º.- La publicidad que realice Scotia
Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. para
promocionar a los fondos mutuos a que se refi ere el
artículo 1º de la presente resolución no debe inducir
a error o confusión y se debe realizar conforme a las
normas correspondientes del Reglamento de Fondos
Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades
Administradoras, y demás normas que le resulten
aplicables.
Artículo 4º.- La inscripción a la que se refi ere el
artículo 1º de la presente resolución no implica que la
Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la
suscripción de cuotas de los citados fondos mutuos de
inversión en valores u opine favorablemente sobre su
rentabilidad o calidad.
Artículo 5º.- Scotia Fondos Sociedad Administradora
de Fondos S.A. deberá remitir a la SMV la versión
actualizada de los prospectos simplifi cados, incluyendo
la fecha de entrada en vigencia de los prospectos
aprobados, así como la actualización de la referencia
a la resolución que aprueba los fondos, en un plazo no
mayor de quince (15) días hábiles de la notifi cación de la
presente resolución.
Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse
en el Diario Ofi cial El Peruano de forma previa a la
colocación de los valores.
Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente
resolución en el Portal del Mercado de Valores de la
Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.
pe).Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a
Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. y
al Banco Scotiabank S.A.A., en su condición de custodio.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MANCO MANCO
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Entidades
1084089-1
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Internacional del
Perú - Interbank la apertura de agencia y
oficina especial en los departamentos
de La Libertad y Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 2802-2014
Lima, 13 de mayo de 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Internacional del
Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de la
Agencia TF Trujillo El Golf y de la Ofi cina Especial Money
Exchange Cusco San Blas, según se indica en la parte
resolutiva; y,
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