DECRETO SUPREMO N° 005-2012-PCM - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, Víctor Larco Herrera y Huanchaco, respectivamente, de la provincia de Trujillo, en el departamento de La Libertad

Fecha de disposición05 Enero 2012
Fecha de publicación05 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 5 de enero de 2012 458595
Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado
de Emergencia referido en el considerando precedente,
aún subsisten las condiciones que determinaron la
declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y
distritos allí indicados;
Que, mediante Dictamen Nº 773-2011/CCFFAA/
OAJ de fecha 09 de diciembre de 2011, se informa
que subsisten las condiciones que determinaron la
declaratoria del Estado de Emergencia, por lo que es
necesario prorrogar el Estado de Emergencia en las
zonas citadas precedentemente para que la presencia
de la Policía Nacional del Perú con su acertado accionar
permita que la población se identif‌i que con los f‌i nes u
objetivos que busca el Gobierno Central, esto es, la
consolidación de la pacif‌i cación de la zona y del país
y asimismo manif‌i esta que continúa el problema del
tráf‌i co ilícito de drogas y el sembrío ilegal de la hoja
de coca que es la principal actividad que ocupa a la
población;
Que, el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución
Política del Perú, establece que la prórroga del Estado de
Emergencia requiere de un nuevo Decreto;
Que, por Decreto Legislativo N° 1095 de fecha 01 de
setiembre de 2010, se establecieron los procedimientos
que regulan la intervención de las Fuerzas Armadas en
zonas declaradas en Estado de Emergencia;
De conformidad con lo establecido en los numerales
4) y 14) del artículo 118 de la Constitución Política del
Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Prórroga de Estado de Emergencia
Prorrogar por el término de sesenta (60) días
calendario, a partir del 6 de enero de 2012, el Estado de
Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del
departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del
departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri,
Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención
del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo;
en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia
de la Concepción y en los distritos de Santo Domingo de
Acobamba y Parihuanca de la provincia de Huancayo
del departamento de Junín. La Policía Nacional del Perú
mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las
Fuerzas Armadas.
Artículo 2.- Suspensión del ejercicio de Derechos
Constitucionales
Durante el Estado de Emergencia a que se ref‌i ere el
artículo anterior y en las circunscripciones señaladas en el
mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales
relativos a la libertad y seguridad personales, la
inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de
tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9),
11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución
Política del Perú.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y
Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de enero del año dos mil doce
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA
Ministro de Defensa
DANIEL E. LOZADA CASAPIA
Ministro del Interior
JUAN F. JIMENEZ MAYOR
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
737327-3
Decreto Supremo que prorroga el Estado
de Emergencia en los balnearios de Las
Delicias, Buenos Aires y Huanchaco,
ubicados en los distritos de Moche,
Víctor Larco Herrera y Huanchaco,
respectivamente, de la provincia de
Trujillo, en el departamento de La
Libertad
DECRETO SUPREMO
N° 005-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
fecha 16 de marzo de 2011, se declaró el estado de
emergencia en los balnearios de Las Delicias, Buenos
Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche,
Víctor Larco Herrera y Huanchaco, respectivamente, de la
Provincia de Trujillo, en el departamento de La Libertad, por
el plazo de 60 días calendario, debido al peligro inminente
generado por la erosión marina, que ha puesto en riesgo
las viviendas e infraestructura ubicadas en dichas zonas,
a f‌i n que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas
a la reducción y minimización de los riesgos existentes en
la zona afectada;
Que, por Decretos Supremos Nº 043-2011-PCM de
fecha 11 de mayo de 2011, Nº 062-2011-PCM de fecha
13 de julio de 2011, N° 077-2011-PCM de fecha 12 de
setiembre de 2011 y N° 088-2011-PCM de fecha 11 de
noviembre de 2011, se prorrogó el estado de emergencia
en las circunscripciones territoriales antes mencionadas,
hasta el 11 de enero de 2012;
Que, mediante Of‌i cio Nº 682-2011-GR-LL-PRE
de fecha 19 de diciembre de 2011, el Presidente del
Gobierno Regional de La Libertad, solicita al INDECI
tramitar la prórroga de la mencionada Declaratoria de
Estado de Emergencia, en razón que hasta la fecha
persiste el peligro inminente por el avance de la erosión
marina del litoral, para cuyo efecto acompaña como
sustento el “Informe del Litoral Costeño Salaverry-
Moche-Víctor Larco-Huanchaco, Región Libertad”, así
como el Informe Técnico “Ampliación de Estimación
del Riesgo del litoral costero de los Balnearios: Las
Delicias, Buenos Aires, Huanchaco, ubicados en el
distrito Moche, Víctor Larco Herrera y Huanchaco,
Provincia de Trujillo, departamento de La Libertad”
– Diciembre 2011;
Que, mediante Informe Nº 039-2011-INDECI/10.2
de fecha 26 de diciembre de 2011, la Dirección
Nacional de Prevención del Instituto Nacional de
Defensa Civil – INDECI, se pronuncia teniendo en
consideración lo informado por el Gobierno Regional
de La Libertad, y el sustento técnico que acompaña,
concluyendo que persisten las condiciones de peligro
inminente por el fenómeno de erosión marina, que
continúa poniendo en riesgo muy alto a la población
y sus viviendas ubicadas en el litoral marino con
frente a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y
Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, Víctor
Larco Herrera y Huanchaco, de la provincia de Trujillo
en el departamento de La Libertad, recomendando se
gestione la prórroga de la Declaratoria de Estado de
Emergencia, que permita continuar con la ejecución
de las acciones inmediatas y necesarias, destinadas a
la reducción y minimización de los riesgos existentes
en la zona afectada;
Que, de lo expuesto se aprecia que en la zona
declarada en Estado de Emergencia aún se mantienen
las condiciones de riesgo, encontrándose pendientes y
en proceso, acciones que por su propia naturaleza son
imprescindibles para la reducción de los riesgos existentes
en dicha zona, y estando por vencer el plazo de vigencia
del Estado de Emergencia declarado por el Decreto
Supremo Nº 022-2011-PCM y prorrogado por los Decretos
Supremos Nº 043-2011-PCM, Nº 062-2011-PCM, N° 077-
2011-PCM y N° 088-2011-PCM, es necesario prorrogar
el periodo de declaración de Estado de Emergencia,
con el f‌i n de que se continúe con la ejecución de dichas
acciones;

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