Balance del Tribunal de Garantías Constitucionales

AutorCésar Landa Arroyo
Cargo del AutorProfesor de Derecho Constitucional, Pontificia Universidad Católica del Perú; Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Páginas115-168
Capítulo III
Balance del Tribunal de Garantías Constitucionales
La evaluación del funcionamiento del Tribunal de Garantías Constitucio-
nales (TGC), desde el 19 de noviembre 1982 (fecha en que se instaló)
hasta el 5 de abril 1992 (fecha en que fue clausurado), debemos hacerla
analizando los resultados obtenidos en el ejercicio de su función jurisdic-
cional, la que implicaba garantizar la libertad y controlar los excesos legis-
lativos del poder, y no solamente partiendo de la crítica o la ponderación
del modelo constitucional que le dio su origen203.
Sin embargo, cabe recordar que la Constitución de 1979 otorgó al TGC
dos competencias. Por un lado, declarar la inconstitucionalidad parcial o
total de las normas con rango de leyes, vale decir de leyes, decretos legis-
lativos, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales,
que pudieran contravenir la Constitución por la forma o por el fondo. Y,
por otro, resolver en vía de casación, las resoluciones denegatorias del Po-
der Judicial en materia de hábeas corpus y de acción de amparo204. La Ley
Orgánica del Tribunal de Garantías Constitucionales (LOTGC), que desa-
rrolló dichas competencias, por su parte, fue prácticamente una copia de la
ley española correspondiente205; la misma que fue materia de crítica, al se-
ñalarse que dicha norma «apunta hacia una despolitización de las funciones
203.LANDA, César. «Del Tribunal de Garantías al Tribunal Constitucional». En Pensamiento
Constitucional, Lima, 1995, pp. 73-114.
204.CORSO MASÍAS, Alfredo. El Tribunal de Garantías Constitucionales prontuario. Arequipa:
Edigraf S.A., s.f., p. 359.
205.CÁRDENAS QUIRÓS, Carlos. «El Tribunal de Garantías Constitucionales y la Constitución
Política del Perú de 1979». Revista del Foro, N.º 2, Lima, julio-diciembre, 1981, pp. 20 ss.
CÉSAR LANDA ARROYO
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básicamente públicas que la Constitución le asigna…»206. Pero, pese a todo
ello, el proceso de judicialización de la Constitución terminó, contraria-
mente, politizando a la justicia constitucional, antes que despolitizando al
Estado y a su Constitución social de 1979.
Durante los diez años de funcionamiento del TGC se presentaron vein-
tiocho acciones de inconstitucionalidad, pero fueron resueltas solo quince
(15) demandas. En base a ello, se puede clasificar el funcionamiento del
Tribunal en dos claros períodos. Uno, desde la instalación del Tribunal, a
fines de 1982, hasta mediados de 1990, y otro, entre el segundo semestre
de 1990 hasta abril de 1992 (Ver Cuadro N.º 1).
CUADRO N.º 1
RESOLUCIONES SOBRE LAS ACCIONES DE
INCONSTITUCIONALIDAD
(1982-1992)
1 Ley N.º 23339. Corporación De-
partamental de Desarrollo. X
2 Ley N.º 23331 (art. 2). Delito de
desacato y Dec. Leg. N.º 46 (art. 6)
Terrorismo. X
3 Ley N.º 23331 y Dec.Leg. N.º 46
(segunda demanda). X
4 Ley N.º23901 (art. 6). Votos váli-
damente emitidos. X
5 Ley N.º23903 (Arts. 10,11,12,20).
Voto preferencial en la elección
parlamentaria. X
6 Ley N.º 24617 y Dec. Leg. N.º 371.
Reorganización de la Policía
Nacional. X
206.BUSTAMANTE, Alberto. «Legalidad: mucho ruido y pocas nueces». Quehacer, N.º 10,
Lima, DESCO, marzo-abril, 1981, pp. 102 ss.
207 La Ley Orgánica del Tribunal de Garantías Constitucionales N.º 23385, estableció en
el artículo 8, que se declaraba inconstitucional una ley sólo con seis votos conformes de
los nueve magistrados; sin embargo, cuando prácticamente cada magistrado emitía
un voto singular a favor o en contra, pero con distintos argumentos, el TGC no
Inconstitu-
cionalidad
Constitu-
cionalidad
Inadmisi-
bilidad
Pronuncia-
miento207
RESOLUCIONES
CAPÍTULO III: BALANCE DEL TRIBUNAL DE GARANTÍAS... 117
7 Ley N.º 25202. Bolsa de Trabajo
Sindical X
8 Ley N.º 25051. Expropiación de
un predio en Chanchamayo. X*
9 Ley N.º 24243. Estado expropia
terreno y lo adjudica al Club
Yurimaguas. X
10 Decreto Supremo N.º057-90-TR
(decreto de urgencia) limita
convenios colectivos. X
11 Ley N.º 25334 (arts. 20 y 21) y
Ley N.º 25303 (art. 292). Limita
incrementos salariales y condi-
ciones de trabajo. x** X
12 Dec. Leg. N.º 651. Liberaliza
precio del transporte público. x X
13 Dec. Leg. N.º 674 (art. 27).
Limita actividad de empresas
públicas. x X
14 Dec. Leg. N.º 650. Compensa-
ción por tiempo de servicios
cancelatoria. x X
15 Ley N.º 24243 Estado expropia
terreno y lo adjudica al Club
Yurimaguas (segunda demanda). X
* Inconstitucionalidad total: X
** Inconstitucionalidad parcial: x
Fuente: Archivo del Tribunal de Garantías Constitucionales; Diario Oficial El Pe-
ruano; Gabriela Guillén. «Tribunal de Garantías Constitucionales: información
estadística». En Ius et Praxis N.º 17, Universidad de Lima, 1991.
Elaboración: César Landa.
Lo más significativo del primer período fue que durante casi ocho años,
con los gobiernos de Acción Popular y del APRA, se resolvieron solo nueve
lograba emitir una sentencia pasando a denominarse a éstas decisiones como
pronunciamientos.
Inconstitu-
cionalidad
Constitu-
cionalidad
Inadmisi-
bilidad
Pronun-
ciamiento
RESOLUCIONES

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