Dan de baja insumos químicos decomisados por tráfico ilícito de drogas

Fecha de publicación27 Noviembre 1999
Fecha de disposición27 Noviembre 1999
Pág. 180597
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 27 de noviembre de 1999
Dan de baja insumos químicos deco-
misados por tráfico ilícito de drogas
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 1149-99-IN-1101
Lima, 22 de noviembre de 1999
Visto, el Informe Técnico Nº 011-99-IN/1105 de
fecha 12.NOV.99, formulado por la Oficina de Drogas
e Insumos Químicos de la Oficina Ejecutiva de Control
de Drogas (OFECOD), recomienda la Neutralización
Química, Dilución, Eliminación y/o Destrucción de los
Insumos y Químicos decomisados por tráfico ilícito de
drogas y/o excedentes de las diversas empresas que
utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, que se
encuentran bajo custodia de la OFECOD en el Depó-
sito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial - Lima,
por mal estado de conservación y sus propiedades
físico químicas inherentes, y por representar un peli-
gro para la integridad física del personal que labora en
dicho Depósito.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 66º del D.L. Nº 22095, Ley General de
Drogas, dispone el decomiso de los Insumos Químicos
empleados en la producción y fabricación ilícita de drogas;
Que, el Art. 1º del D.L. Nº 25623, dispone que los
"Productos e Insumos Químicos directa e indirectamente
destinados a la elaboración de Pasta Básica de Cocaína;
Pasta Lavada y Clorhidrato de Cocaína, estarán sujetos a
control y fiscalización";
Que, bajo custodia de la OFECOD en el Depósito
Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial - Lima, se
encuentran: Ciento cincuenta y tres kilogramos con
treinticinco gramos (153,035 kg.) de ACETONA; Tres-
cientos sesenta y seis kilogramos con setecientos gra-
mos (366,700 kg.) de ACIDO CLORHIDRICO; Dos-
cientos noventa y cuatro kilogramos (294,000 kg.) de
ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO); Un kilogra-
mo con trescientos gramos (1,300 kg.) de ACIDO NI-
TRICO; Doscientos setenta y dos kilogramos con seis-
cientos cuarenta gramos (272,640 kg.) de ACIDO SUL-
FURICO; Novecientos gramos (0,900 kg.) de ACIDO
SULFURICO DILUIDO; Ciento veintiún kilogramos
con trescientos gramos (121,300 kg.) de AMONIACO;
Cincuenta y tres kilogramos (53,000 kg.) de BENCE-
NO; Ciento setenta y tres kilogramos con quinientos
gramos (173,500 kg.) de CARBON ACTIVADO; Quin-
ce kilogramos con novecientos gramos (15,900 kg.) de
CARBONATO DE CALCIO; Ciento veintidós kilogra-
mos con quinientos ochenta y cinco gramos (122,585
kg.) de CARBONATO DE SODIO; Dos kilogramos
(2,000 kg.) de CLORURO DE AMONIO; Doscientos
veinte kilogramos con quinientos gramos (220,500
kg.) de CLORURO DE CALCIO; Ocho kilogramos
(8,000 kg.) de CLORURO y CARBONATO DE CAL-
CIO; Un kilogramo (1,000 kg.) de ETER; Seiscientos
gramos (0,600 kg.) de ETER ETILICO; Quince kilogra-
mos (15,000 kg.) de HIDROXIDO DE AMONIO; Tres
kilogramos con ochocientos gramos (3,800 kg.) de
MEZCLA DE SOLVENTES; Trece kilogramos con
ochocientos gramos (13,800 kg.) de OXIDO DE CAL-
CIO; Cuarenta y seis kilogramos con seiscientos no-
venta gramos (46,690 kg.) de PERMANGANATO DE
POTASIO; Un kilogramo con quinientos gramos (1,500
kg.) de PERMANGANATO DE POTASIO EN SOLU-
CION; Veintiséis mil trescientos dieciséis kilogramos
con setecientos veinticinco gramos (26 316,725 kg.) de
SULFATO DE SODIO; Siete kilogramos con
cuatrocientos quince gramos (7,415 kg.) de TOLUE-
NO; Noventa y un kilogramos con quinientos gramos
(91,500 kg.) de UREA; haciendo un total de Veintiocho
mil trescientos tres kilogramos con trescientos noven-
ta gramos (28 303,390 kg.) de Insumos Químicos diver-
sos; decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o exce-
dentes de las diversas empresas que utilizan Insumos
Químicos Fiscalizados y otros, considerando que todos
los Insumos Químicos mencionados anteriormente se
encuentran en mal estado de conservación, dada su
alta toxicidad y propiedades físico químicas represen-
tan un peligro para la integridad física del personal
que labora en dicho depósito, por lo que resulta nece-
sario proceder a su inmediata Neutralización Quími-
ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción;
De conformidad, a lo establecido en el Art. 79º Inc. d),
del D.L. Nº 22095, D.L. Nº 25623 y D.S. Nº 008-93-ITINCI
del 28.MAY.93; y,
Estando, a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de
Control de Drogas y con la opinión favorable de la
Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar de baja a Veintiocho mil tres-
cientos tres kilogramos con trescientos noventa gra-
mos (28 303,390 kg.) de Insumos Químicos diversos,
decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o exceden-
te de las diversas empresas que utilizan Insumos
Químicos Fiscalizados y otros, que se encuentran
bajo custodia de la Oficina Ejecutiva de Control de
Drogas en el Depósito Oficial de Insumos Químicos
Pro-Industrial - Lima, procediendo a su inmediata
Neutralización Química, Dilución, Eliminación y/o
Destrucción.
Artículo 2º.- En el Acto de Neutralización Quími-
ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción, estarán
presentes el representante del Ministerio Público; el
Director General de la Oficina Ejecutiva de Control de
Drogas (OFECOD); representante de la Policía Nacio-
nal del Perú; Directora de la Dirección de Drogas de la
Dirección General de Medicamentos, Insumos y Dro-
gas (DIGEMID) del Ministerio de Salud; representan-
te del Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos,
quienes formularán el Acta de Neutralización Quími-
ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción respectiva,
la que será debidamente firmada por los representan-
tes mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
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RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 1150-99-IN-1101
Lima, 22 de noviembre de 1999
Visto, el Informe Técnico Nº 011-99-IN/1105 de
fecha 12.NOV.99, formulado por la Oficina de Drogas
e Insumos Químicos de la Oficina Ejecutiva de Control
de Drogas (OFECOD), en el cual están comprendidos
Insumos Químicos decomisados por tráfico ilícito de
drogas y/o excedentes de las diversas empresas que
utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, que se
encuentran bajo custodia de la OFECOD en el Depó-
sito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial Lima,
en cuyo informe se recomienda su Comercialización y/
o Transferencia por encontrarse en buenas condicio-
nes y estado de conservación, pero debido a que se
viene incrementando el internamiento de Insumos
Químicos por TID y/o excedentes de las empresas, así
como por no cumplir con las normas técnicas de alma-
cenaje ha resultado que el volumen de los Insumos
Químicos almacenados ha cubierto la capacidad máxi-
ma de almacenamiento, por lo que se recomienda su
Neutralización Química, Dilución, Eliminación y/o Des-
trucción de los Insumos Químicos;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 66º del D.L. Nº 22095, Ley General de
Drogas, dispone el decomiso de los Insumos Químicos
empleados en la producción y fabricación ilícita de drogas;
Que, el Art. 1º del D.L. Nº 25623, dispone que "Los
Productos e Insumos Químicos directa e indirectamente
destinados a la elaboración de Pasta Básica de Cocaína;

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