Avisos diversos. 2210660-1

Fecha de publicación02 Septiembre 2023
SecciónOtros
005-2210660-1
PERÚ
Ministerio
de Vivienda, Construcción y
Saneamiento
La Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley N°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento de la señora LILIANA LISBET
IBAÑEZ MILLA; respecto a su solicitud asignación de lote para vivienda, el contenido del Ocio N° 03074-
2023/SBN-DGPE-SDDI del 11 de julio de 2023, a través del cual se dio atención a lo requerido indicando
que, de la revisión a su solicitud se advierte que no remite documentación técnica del predio materia de
interés que permita identicar la ubicación y/o determinar la condición jurídica de “el predio”, por lo que no es
posible realizar la evaluación correspondiente a su solicitud. Sin perjuicio de ello, se indica que el literal d) del
artículo 7° de el “T.U.O de la Ley” establece que todo acto de disposición de los inmuebles de dominio privado
estatal a favor de particulares sea a título oneroso, teniendo como referencia el valor comercial y según los
procedimientos previstos en las normas legales vigentes, lo cual deberá ser concordado con el artículo 68º de
“el Reglamento”. Asimismo, el procedimiento implica la traslación de dominio respecto de un predio estatal a
favor de un particular, está previsto en el numeral 218.1 del artículo 218° de “el Reglamento”, según el cual,
los predios de dominio privado estatal pueden ser objeto de compraventa mediante la modalidad de subasta
pública; y, por excepción, por la compraventa directa. Finalmente, de evaluar peticionar formalmente la venta
directa de un predio, deberá tener en cuenta la normativa expuesta en el párrafo precedente, amparando
su nueva solicitud en alguna de las causales descritas en el artículo 222° del Reglamento de la Ley 29151,
debiendo a su vez adjuntar los documentos y requisitos que sustenten su pedido, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 100° y 223° del referido Reglamento y en la Directiva N° DIR-00002-2022/SBN
denominada “Disposiciones para la Compraventa Directa de Predios Estatales” aprobada con Resolución N°
002-2022/SBN.
SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO

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