Avisos diversos. 2209479-1

Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónOtros
005-2209479-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104° inciso e) del TUO del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo N.º 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20° de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Ley N.º 27444, según corresponda, cumple con noticar a las personas naturales
y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser noticadas ya sea por ser NO
DOMICILIADOS, que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N.º 28008 y/o la Ley General
de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.º 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de
Intendencia decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno
ubicada en la Av. Santa Rosa N.º 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento noticado
o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de
conocimiento que el Acto Administrativo objeto de noticación podrá ser reclamado dentro del término de
veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los
resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto
de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180° y 160° de
la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N.º 1053, concordante con los artículos 235°,
242° y 243° de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF
RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN
: RD N° 000075-2023-SUNAT/3H0600 del 23.08.2023
INFRACTOR : FLEXWAY SRL con código SUNAT N.º 0705
TRANSITO ADUANERO
INTERNACIONAL
: N° 262-19-83-PE10716-BO DEL 07.JUN.2019
Liquidación de Cobranza : N° 262-2023-003764
DETERMINACIÓN:
ARTICULO ÚNICO.- SANCIONAR a la Empresa de Transporte Internacional FLEXWAY SRL con
código SUNAT N.º 0705; representada en el Perú por Angelica Oros Carrazco, identicada con RUC N.º
10013445457, con domicilio scal en la calle Los Algarrobos N.º 264 de la Urb. Los Recaudadores, del
distrito Ate, provincia y departamento de Lima; por haber incurrido en la infracción tipicada en el artículo
192°, inciso a), numeral 4 de la Ley General de Aduanas (vigente al momento de la comisión de infracción)
por no cumplir con el plazo otorgado por la administración aduanera para la Declaración de Tránsito
Aduanero Internacional N° 262-19-83-PE-10716-BO, con una multa equivalente a una (01) UIT por la
infracción cometida; multa que asciende a un total de S/ 4,200.00 Soles (CUATRO MIL DOSCIENTOS CON
00/100 SOLES), más los intereses que correspondan desde la fecha de comisión de la infracción, hasta la
fecha de cancelación.

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