RESOLUCION Nº 020-024-0000022/SUNAT - Designan auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima de la SUNAT

Fecha de disposición09 Abril 2008
Fecha de publicación09 Abril 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 9 de abril de 2008
370296
del mercado de las telecomunicaciones al atribuirse
derechos que no corresponden, de ser el caso;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal j) del
artículo 86º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado
por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Presidente del
OSIPTEL puede adoptar medidas de emergencia sobre asuntos
que corresponda conocer al Consejo Directivo, debiendo dar a
conocer dichas medidas en la sesión más próxima;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 005-2008-
OSIPTEL “Procedimiento de Fiscalización Posterior de
los Procedimientos Administrativos del Texto Único de
Procedimientos Administrativos del OSIPTEL”, la misma
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Comunicación
Corporativa (i) la publicación de la presente Resolución
en el Diario Of‌i cial El Peruano y, (ii) la publicación de la
Directiva aprobada en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) y en la página web del OSIPTEL (www.osiptel.
gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN
Presidente del Consejo Directivo
185278-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Designan auxiliares coactivos de
la Intendencia Regional Lima de la
SUNAT
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000022/SUNAT
Lima, 31 de marzo de 2008
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Lima para garantizar
el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
conforme al artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF y modif‌i catorias, se establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo; habiendo el personal propuesto
presentado una Declaración Jurada manifestando reunir
los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es
de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria
cuyo personal ingresó mediante Concurso Público;
Que, habiéndose designado auxiliares coactivos
mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 020-00-
0000077 y 020-024-0000009 publicadas en el Diario Of‌i cial
El Peruano en fechas 22 de octubre de 2003 y 06 de
setiembre de 2006 respectivamente; que por motivos del
cambio de Área es necesario dejar sin efecto dos de las
designaciones;
Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia
Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana
Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao,
Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación
Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes
Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y
en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar,
mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores
que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del
ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución de
Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT;
SE RESUELVE :
Artículo Primero.- Designar como auxiliar coactivo de
la Intendencia Regional Lima, a:
Registro Apellidos y Nombres
1 4110 GARDINI CORDOVA MILAGROS
2 6236 ALVAREZ OLAYUNCA BERTHA
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la designación
como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima
a:
Registro Apellidos y Nombres
1 2115 PAICO CASTILLO LENIN OMAR
1 6021 CHANG ROMERO MARIELLA KARIM
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HARALDO CRUZ NEGRÓN
Intendente Regional
Intendencia Regional Lima
184669-1
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia de Aduana de Paita
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 046-3K0000/2008-000174
27 de febrero del 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 046/2004-
000154 de fecha 13 de abril del 2004, se designó al Sr.
CESAR VICTOR LINARES ALCANTARA, como Auxiliar
Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Paita;
Que, es necesario designar al nuevo Auxiliar Coactivo
de la Intendencia de la Aduana de Paita para garantizar el
normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF, y modif‌i catorias, establece los requisitos que
deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de
Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado
Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos
antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la
Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia
Nº 216-2004SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana
Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao,
Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación
Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes
Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas
y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar,
mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores
que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del
ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-Dejar sin efecto la designación como
Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Paita,
al funcionario que se indica a continuación:
Registro Apellidos y Nombres
4561 LINARES ALCANTARA, CESAR VICTOR
Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo
de la Intendencia de la Aduana de Paita, al funcionario que
se indica a continuación:
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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